Qué pasó con el caso de la obra pública de Santa Teresita que colapsó en 2018 y dejó seis muertos

La obra en construcción que colapsó en 2018 en la localidad balnearia de Santa Teresita, y que dejó seis muertos
La obra en construcción que colapsó en 2018 en la localidad balnearia de Santa Teresita, y que dejó seis muertos - Créditos: @Mauro V. Rizzi

VILLA GESELL.– Los cinco detenidos que tiene por el momento la causa por el derrumbe del Apart Hotel Dubrovnik, que suma dos muertes, una mujer herida y seis desaparecidos, afrontan acusación por estrago culposo agravado por muerte, un delito para el cual el Código Penal prevé condenas de hasta seis años de prisión.

El antecedente judicial más cercano —incluso en lo geográfico— de un hecho de estas características data de 2019, también en el Departamento Judicial Dolores que alcanza a Villa Gesell. Se trata del fallo contra los responsables de la muerte de seis obreros que se encontraban en plena tarea de llenado de una losa correspondiente al Centro Cultural de Santa Teresita, en el partido de la Costa, hecho ocurrido el 2 de marzo de 2018. Cedió la estructura y 12 trabajadores quedaron atrapados entre la tirantería que apuntalaba, la mezcla de hormigón armado y escombros.

El derrumbe del hotel Dubrovnik en Villa Gesell
El derrumbe del hotel Dubrovnik en Villa Gesell - Créditos: @Mauro V. Rizzi

Los condenados en ese caso de obra pública fueron cuatro: el contratista, un arquitecto que dirigía los trabajos, el capataz de la cuadrilla involucrada en esa construcción y un funcionario municipal que debía controlarlos. En proceso de juicio abreviado recibieron penas de hasta tres años de prisión en suspenso, más algunas inhabilitaciones. Ninguno terminó preso.

El juez en lo Correccional N°2 del Departamento Judicial Dolores, Emiliano Lázzari actuó en esa causa caratulada “Chirico Víctor; Maurizi Fabio; García Juan Pablo; Taranti Danilo y Villca Camacho Máximo s/ Estrago culposo y otro”.

La acusación que afrontaron todos fue por estrago culposo agravado por causar la muerte de seis personas y por poner en riesgo de vida a otras, contemplado en el artículo 189 del Código Penal.

En Santa Teresita se había derrumbado una losa en una obra en construcción
En Santa Teresita se había derrumbado una losa en una obra en construcción - Créditos: @Mauro V. Rizzi

El magistrado llegó a la conclusión que el arquitecto Maurizzi, el contratista Chirico y el capataz Vilca Camacho actuaron de manera “imprudente, negligente, e imperita” al permitir el llenado de esa loca “sin contar con los cálculos de estructura correspondientes, planos aprobados, plan de seguridad alguno, medidas de seguridad e higiene que requiere esta tarea ni comunicaciones de inicio” de obra a los organismos competentes.

Les imputaron además que no actuaron con la “capacitación e idoneidad necesaria del personal y propia e observando las leyes, reglamentos y ordenanzas vigentes en materia de obra pública”.

Cuarenta minutos después

Taranti, por su parte, era director General de la Secretaría de Infraestructura, Servicios y Ambiente del Partido de la Costa y estaba a cargo del contralor de la obra de construcción del Centro Cultural Santa Teresita en calle Costanera, entre 42 y 43. Le cuestionaron falta fiscalización amplia, desde no designar inspector de obra hasta no certificar si el personal allí afectado estaba registrado y con los debidos seguros y normas de seguridad.

El derrumbe se produjo después del mediodía del 2 de marzo de 2018. Colapsó la estructura de planta superior en plena tarea de hormigonado de la plataforma que se habían montado. Se venció y provocó el derrumbe de gran parte de lo que ya estaba construido. Fue 40 minutos después de que el intendente de entonces, Juan Pablo De Jesús, y otros colaboradores realizaran una recorrida por la planta baja para mostrar en la prensa los avances de obra.

Con aquel incidente provocaron la muerte de Eduardo Gustavo Barreto, León Daniel Rairo Cayhuara, Grover Edson Condori Morales, Uber Silvio Quispe Cayhuara, Luis Alberto Ruiz Camacho y Estanislao Sosa Alvarenga y lesiones a otros seis obreros.

La obra en cuestión había sido licitada por el municipio de la Costa y adjudicada a Grupo Perfil Construcciones, cuyo representante era Chirico y tenía a Maurizi como representante técnico designado. Villca Camacho era el capataz que acercaba personal a su cargo y, según se advierte en la investigación, no poseía título habilitante alguno, ni experiencia en la realización de lozas de gran envergadura. García, por su parte, era abogado y Secretario de Obras Públicas del municipio.

En su fallo, el juez Lázzari cita una larga lista de incumplimientos en los que incurrieron los responsables de la obra, tanto ejecutores como quienes debían controlarla. Por ejemplo, que no se aprobaron los planos de obra ante el Colegio de Arquitectos, al que solo se los había remitido vía mail, ni se presentaron debidamente los informes de avance de obra.

A la hora de dictar sentencia, dispuso absolver a García al no encontrar elementos probatorios contundentes en su contra ya que por su profesión de abogado lo considera ajeno a conocimientos específicos del tema. Sí considera culpables y condena, en cambio, a Chirico, Maurizzi y Villca Camacho a tres años de prisión en suspenso y costas y dos años, también en suspenso, a Taranti.

A Maurizi también se le sumó inhabilitación por mismo tiempo para ejercer la profesión de arquitecto, a Taranti la prohibición de desempeñar cargos públicos, a Chirico y Vilcca Camacho abstenerse de ejecutar obras públicas de cualquier nivel de gobierno y a todos la obligación de realización de estudios en el arte de la construcción.