Dos partidos a Cheikh Sarr por su expulsión y dos encuentros a puerta cerrada al Sestao

Madrid, 3 abr (EFE).- El Juez Disciplinario Único de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha impuesto dos partidos de sanción al portero senegalés del Rayo Majadahonda Cheikh Sarr por su expulsión en el campo del Sestao, que tendrá que jugar a puerta cerrada sus dos próximos encuentros en casa por los insultos racistas de su público al jugador.

La resolución del juez multa también al club vizcaíno por estos hechos con 6.001 euros y al madrileño con 3.006 por retirarse del campo en el minuto 68, además de darle el choque por perdido por 3-0 y descontarle tres puntos en la clasificación.

Sarr fue expulsado el pasado sábado en el partido de la última jornada del grupo 1 de la Primera Federación por saltar la valla y encararse con un aficionado del Sestao, situado detrás de su portería, que profería insultos racistas contra él.

Su equipo, el Rayo Majadahonda, decidió por este motivo abandonar el terreno de juego en el minuto 84 y fue suspendido el partido que se disputaba en Las Llanas.

Además de los dos partidos, el jugador tendrá que abonar una multa accesoria de 600 euros en aplicación del artículo 129 del Código Disciplinario de la RFEF.

El Rayo Majadahonda en su defensa alegó que el futbolista desde el minuto 50 recibió insultos racistas como "mono" por parte de numerosos aficionados ultras radicales y que ese comportamiento del público "se agudizó cuando después de recibir un gol, un espectador, de forma hostil, se acercó al portero diciéndole "mono, negro de mierda".

El juez afirma que Sarr no puede tomarse la justicia por su mano

El juez, en su resolución, entiende que el jugador, pese a ser "el sujeto pasivo ofendido gravemente, y titular del máximo derecho de defensa", debería haber ejercitado ese derecho siguiendo los cauces legales específicos, y en tiempo y forma, cuando comenzaron los insultos racistas en el minuto 50 como él ha manifestado.

"Debería haberlo puesto en ese momento en conocimiento del árbitro, y éste hubiera activado el Protocolo de Actuación sobre Incidentes de Público", que conlleva la detención del partido, el aviso por megafonía y de persistir los insultos decretar incluso la suspensión definitiva del encuentro.

"El jugador no puede tomar ninguna iniciativa antijurídica ni tomar la 'justicia por su mano' tomando a un espectador por la bufanda, a riesgo, además, de agravar las posibilidades de que los incidentes deriven en otros de mucho mayor calado, poniendo incluso en riesgo su propia integridad física", añade.

Para el juez, la defensa de su dignidad debe realizarse sin vulnerar la normativa deportiva aplicable, siguiendo por tanto los cauces legales adecuados y por supuesto, en definitiva, respetando el estado de derecho.

"Su actuación, saltando la valla de separación y actuando con cierta leve violencia -aunque no que conste haya llegado al insulto ni a la agresión- es plenamente reprochable, actuación soliviantada que prosiguió cuando el árbitro le mostró la tarjeta roja lo que nos obliga a considerarle autor de la infracción leve de conducta contraria al buen orden deportivo", añade.

El juez explica que este comportamiento podría sancionarse con hasta cuatro partidos, de acuerdo al artículo 129 del Código Disciplinario, pero le impone solo dos al entender que no llega a constituir una infracción grave por "la existencia de una indudable provocación".

El fallo apunta que la retirada del Rayo Majadahonda del terreno de juego "es una infracción cometida consciente y voluntariamente, contemplada en el artículo 82 Código Disciplinario, por lo que multa al equipo con 3.006€; le da el partido por perdido por 3-0 y le descuenta tres puntos en la clasificación.

Dos partidos a puerta cerrada para el Sestao, ampliables si hay reincidencia

Respecto al Sestao, que no ha remitido alegaciones, el juez le sanciona con disputar a puerta cerrada los dos próximos partidos que juegue como local y a pagar una multa de 6.001 euros, por no haber pedido, a través de su capitán, la activación del protocolo de incidentes de público, "pasividad" que deriva en el presente caso.

El juez argumenta su decisión de cerrar el campo en que la clausura parcial del mismo, medida adoptada hasta ahora en casos similares, "carece del necesario efecto disuasorio", ya que los autores de los insultos racistas pueden ubicarse libremente en otros sectores del estadio, que no suele completarse en Sestao.

"La medida punitiva de clausura parcial pierde la necesaria eficacia y ello, amén de constatarse una y otra vez, la extendida ausencia de medidas de control específicas para que, en cada partido, se identifiquen y se repriman, de inmediato, actitudes que conculcan derechos humanos elementales, lo que sin duda justifica que haya de modificarse el criterio, sustituyéndole por medidas como la de celebración de partidos a puerta cerrada, medida coercitiva que será que será reproducida, e incluso ampliada, en el indeseado supuesto de repetición de hechos similares que se produzcan en el futuro", agrega.

(c) Agencia EFE