Sheinbaum envía iniciativa para precisar mayoría calificada en la Suprema Corte antes de la elección
La presidenta Claudia Sheinbaum envió dos reformas para fortalecer la reforma de supremacía constitucional y evitar que integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consideren como mayoría calificada seis votos de los integrantes antes de septiembre, como señala la reforma recién aprobada que reduce el número de ministras y ministros a nueve.
El segundo artículo transitorio de la reforma a la Ley de amparo señala que antes del 1 de septiembre la mayoría calificada en el pleno de la Corte deberá de ser de ocho votos para la emisión de la declaratoria de inconstitucionalidad y para que las razones que justifiquen las decisiones contenidas en las sentencias constituyan precedentes obligatorios para todas las autoridades jurisdiccionales.
Asimismo, señala que las decisiones contenidas en las sentencias que dicten las salas de la SCJN constituyen precedentes obligatorios para las autoridades jurisdiccionales cuando sean tomadas por mayoría de cuatro votos.
La reforma busca evitar casos como el del pasado 5 de noviembre, cuando integrantes de la SCJN argumentaron que de acuerdo con la reforma judicial aprobada en septiembre pasado, la mayoría calificada se lograría con seis votos, con el criterio de la reforma judicial que reduce el número personas ministras a nueve integrantes; sin embargo la reducción de integrantes se realizará hasta el 1 de septiembre de 2025.
Las dos propuestas enviadas por la presidenta tienen el objetivo de armonizar la Ley de Amparo y la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución a la reforma de supremacía constitucional, que impide que una modificación en la Carta Magna sea impugnada.
Las iniciativas fueron turnadas a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos, según informó Gerardo Fernández Noroña, presidente de la mesa directiva.
La reforma a la Ley de amparo también establece que en los juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, las sentencias que se dicten no fijarán efectos generales en ningún caso.
Algunos de los cambios propuestos son para adecuar la terminología de la ley con la reforma judicial para incorporar Tribunal de Disciplina Judicial, Órgano de Administración Judicial, entre otros.
La segunda iniciativa, que busca reformar la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución en materia de inimpugnabilidad, precisa que en ningún caso pueden dictarse suspensiones contra normas generales, ni en acción de inconstitucionalidad, ni en controversia constitucional.
Otro cambio es la posibilidad de que las partes reciban la notificación de una resolución por vía electrónica y enfatiza que en ningún caso pueden dictarse suspensiones contra normas generales, ni en acción de inconstitucionalidad, ni en controversia constitucional.
Otros cambios son los ajustes del cálculo en multas, de salarios mínimos a Unidades de Medida y Actualización (UMAs).
El Congreso tiene 90 días para adecuar las leyes generales a la reforma judicial, por lo que se prevé que ambas propuestas sean aprobadas antes de que termine el actual periodo legislativo que, según ha señalado el presidente de la mesa directiva del Senado, se prevé sea el domingo 15 de diciembre.