Pin parental u órdenes de alejamiento virtuales: así es la ley de protección de menores en España

Pin parental u órdenes de alejamiento virtuales: así es la ley de protección de menores en España

El Gobierno ha dado un paso al frente para la protección de los menores en los entornos digitales. El texto, aprobado por el Consejo de Ministros de este martes, recoge una serie de medidas que desde el Ejecutivo definen como "cruciales" por los riesgos y perjuicios que puede ocasionar el uso de dispositivos móviles, tabletas u ordenadores.

Además, el texto incluye una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial así como del Código Penal que ahora tendrá que ser remitida al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria, algo que en el actual panorama político se torna harto complicado y desde los ministerios que han propuesto el texto (Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Transformación Digital, Juventud e Infancia y Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, e Igualdad) prefieren no poner fechas.

Aquí se encuentran las modificaciones a la legislación española o la ampliación de algunas penas propuestas en el texto.

Lucha contra las 'deepfake'

Las imágenes realizadas mediante inteligencia artificial, ya sean estáticas o en vídeo, y que parecen completamente reales entrarán como delito en el Código Penal con el artículo 173 bis. El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.

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La pena se aplicará en su mitad superior si las imágenes o vídeos son "difundidos mediante las redes sociales, internet o mediante el uso de tecnologías" y alcanzase "a un elevado número de personas en el espacio virtual". Cabe destacar que esa ampliación de la ley no solo abarca a los menores, sino a cualquier persona aunque bien es cierto que la pena será mayor si el delito se realiza y se comete contra menores de edad (niños, niñas o adolescentes).

Esta ampliación surge para poder responder y actuar frente a delitos como el de las menores de Almendralejo (Badajoz) donde varios menores generaron y difundieron imágenes falsas mediante inteligencia artificial de sus compañeras de clase también menores de edad con contenido sexual.

Pin parental por defecto

Quizás la medida más conocida de todas. La norma incluirá la obligación de que los nuevos dispositivos incluyan un pin parental de fábrica. Este podrá ser activado en el momento de la configuración del dispositivo para evitar el acceso del menor a contenido, aplicaciones o servicios que no sean adecuados para los más pequeños.

Este servicio ha de ser gratuito para el usuario y de fácil configuración y los fabricantes tendrán que acreditar que los dispositivos cuentan con este servicio. Desde el Gobierno han advertido que, en caso de no cumplir con esta normativa, habrá "sanciones". Pero, como dice el refranero popular: "Hecha la ley, hecha la trampa". Según un estudio de la Fundación Orange asegura que seis de cada 10 menores saben como saltarse las limitaciones del sistema y opinan que estas herramientas de supervisión limitan su privacidad.

'Grooming'

Otra de las claves de esta reforma es la persecución de este delito. Consiste en que un adulto se hace pasar por un adolescente y mediante una identidad falsa, contacta con los menores en internet (redes sociales, videojuegos en línea o chats) y con el tiempo se gana su confianza para que el menor le envíe material con contenido sexual.

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Según Bolaños, el plan es que se castigue como agravante en los delitos contra la libertad sexual. La pena, recogida en los artículos del 181 al 189, se aplicará en su mitad superior cuando el infractor, para realizar el delito, hubiera usado una identidad falsa o se hubiera atribuido una edad, sexo, género u otras condiciones personales diferentes.

Alejamiento virtual

El texto legal introduce cambios en el Código Penal que contemplan la prohibición de acceso a redes sociales, plataformas de comunicación y otros espacios virtuales para aquellos condenados por delitos cometidos en el ámbito digital. Estas penas, que ya habían sido avaladas por el Tribunal Supremo en 2022, impedirán a los agresores acceder a espacios digitales relacionados con el delito durante el tiempo que dure la condena.

Restricción de redes sociales para menores de 16 años

La edad mínima para registrarse en redes sociales se eleva de 14 a 16 años. Esta medida modifica la Ley de Protección de Datos para ajustar el consentimiento necesario para el tratamiento de datos personales.

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Uno de los mayores retos de esta nueva regulación es la verificación de la edad de los usuarios. Para ello, se ha modificado el artículo 89 de la Ley General de Comunicación Audiovisual, exigiendo a las plataformas de intercambio de vídeos implementar sistemas de verificación que garanticen la seguridad, privacidad y protección de datos de los menores.

Además, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en colaboración con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, está desarrollando una herramienta de verificación de edad para bloquear el acceso a contenidos inapropiados, como la violencia o la pornografía. Aunque su lanzamiento estaba previsto para el verano de 2024, sigue en fase de pruebas.

Prohibición de 'lootboxes' para menores de 18 años

El texto también establece la prohibición de acceso a los sistemas de recompensa aleatoria, conocidos como 'lootboxes', en los videojuegos. Este mecanismo, que fomenta la obtención aleatoria de premios virtuales, quedará restringido para menores de 18 años debido a su potencial adictivo.

Chequeos en Pediatría para detectar adicción tecnológica

En el ámbito de la sanidad, se incorpora una revisión específica en pediatría para identificar posibles adicciones tecnológicas. Este chequeo permitirá detectar de forma precoz cambios en la conducta, problemas de salud física o emocional, y situaciones de violencia digital. Se pondrá especial énfasis en aquellos menores que utilicen el entorno digital de forma prioritaria para relacionarse o que puedan estar expuestos a violencia en línea.