Jueza federal concede suspensión definitiva para no enviar la reforma judicial a congresos estatales

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Una jueza federal otorgó la suspensión definitiva para que no enviar a los congresos estatales la reforma al Poder Judicial, la cual llegó al Senado la mañana de este miércoles tras ser aprobada por diputados. 

Así lo resolvió Martha Eugenia Magaña López, Jueza Quinto de Distrito en el Estado de Morelos, quien también informó que tanto el presidente Andrés Manuel López Obrador como la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados no respondieron a las solicitudes de “informe previo”, obligación que las autoridades tienen cuando se les acusa por alguna violación a un derecho humano. 

Por esta misma razón la jueza ordenó informar a las autoridades que la violación de esta suspensión definitiva, así como la negación para atender el juicio, podría constituir un delito equiparable al de “abuso de autoridad”. 

trabajadores poder judicial
Trabajadores Poder Judicial realizan protestas contra la reforma propuesta por AMLO. Foto: Cuartoscuro

Desde este fin de semana se dio a conocer que la jueza Magaña López concedió la primera suspensión de oficio (provisional) para evitar que el Pleno de la Cámara de Diputados discutiera la reforma judicial, luego de que diversos juzgadores tramitaron un juicio de amparo donde acusaron que, de aprobarse la reforma, serían separados de sus cargos “sin procedimiento previo ni derecho de audiencia, con las consecuencias jurídicas, laborales, psicológicas y económicas” que ello implica. 

Debido a que esta reforma fue discutida y aprobada en lo general, con 359 votos a favor, 135 en contra y cero abstenciones, y en lo particular con 357 votos a favor, la jueza concedió la suspensión definitiva para evitar que el proceso continúe avanzando. 

“(Por ello), no podrá ser considerado y menos aprobado por la nueva legislatura y, deberán abstenerse de enviarlo a las Legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México para su aprobación, hasta en tanto se resuelva en definitiva el juicio de amparo”, señaló la jueza en su resolución.  

Además, señaló que la suspensión definitiva procedió debido a que, al no haber sido votada aún por la Cámara de Senadores para turnarla a los Congresos estatales para su total aprobación, “es factible suspender el acto reclamado para analizarlo” antes de que se concrete la violación a los derechos de los jueces que solicitaron el amparo. 

“No es factible considerar que la afectación a los quejosos (los jueces que promovieron el amparo) se dará cuando culmine el procedimiento de reforma, pues precisamente una vez que el proyecto es discutido, votado y aprobado por el Poder Constituyente y a su vez refrendado por el Poder Reformador para ser sancionado y publicado, es claro que habría materializado el acto que impactará en los quejosos y los dejaría en estado de indefensión”, señaló. 

Suman tres suspensiones contra reforma judicial, pero Congreso se niega a obedecerlas

Como se mencionó con anterioridad, desde el pasado sábado 31 de agosto la jueza Magaña López concedió la primera suspensión de oficio (provisional) contra la reforma judicial, pero ese mismo día se dio a conocer sobre una segunda suspensión concedida por juez Felipe Consuelo Soto, del juzgado Tercero de Distrito de Amparos y Juicios Federales en el estado de Chiapas. 

Esta también fue concedida con el objetivo de que la reforma judicial no sea enviada a los congresos estatales en caso de que se apruebe, pues para que una reforma constitucional sea aprobada en México no solo se necesita que la Cámara de Diputados y el Senado la aprueben, sino que también la modificación debe ser validada por al menos 17 congresos estatales.

En el caso de su suspensión de oficio, el juez Consuelo Soto especificó que la Cámara de Diputados y el Senado no pueden enviar la reforma judicial a los congresos locales hasta que no se resuelva la suspensión definitiva del amparo tramitado por los jueces, lo cual se realizará hasta este viernes 6 de septiembre.

Es de recordar que, en un juicio de amparo, cuando un juez recibe una denuncia por la presunta violación a un derecho humano cometido por alguna autoridad, lo primero que debe de hacer es estudiar si existen las pruebas suficientes para conceder una suspensión de oficio o provisional para evitar que se siga causando un daño. 

Más tarde, una vez que las autoridades mandan sus “informes previos” en las que se deben adjuntar pruebas que nieguen la violación a derechos humanos, el juez determina si concede o no la suspensión definitiva con base en las pruebas y esta se mantiene hasta que llega el fin del procedimiento, en el que se determina si se concede o no el amparo. 

Ayer se dio a conocer sobre una tercera suspensión provisional emitida contra la reforma judicial por la que la jueza Magaña López por la que ordenó frenar provisionalmente la votación y aprobación del dictamen de reforma que era discutido por la Cámara de Diputados. 

La decisión de la jueza ocurrió luego de que diversos jueces vencedores en el nuevo sistema de justicia laboral, todos ellos sin adscripción, promovieran un juicio de amparo a efecto de combatir el artículo 186 del Reglamento de la Cámara de Diputados. 

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Reforma poder judicial aprobada diputados sesion sede alterna
Foto: Sharenii Guzmán

Este artículo, a su vez, señala que los dictámenes que no sean resueltos por la legislatura original que los conoció, y que no llegue a resolver, quedarán con el “carácter de proyectos” bajo resguardo de la Mesa Directiva, cosa que no sucedió debido a que los diputados decidieron ignorar las órdenes judiciales.