España tiene 31 sentencias de Estrasburgo por ejecutar, una cifra a la baja

París, 6 abr (EFE).- España tiene 31 sentencias por ejecutar ante el Tribunal de Estrasburgo, cifra que ha caído desde el pico de 37 de 2021 y aunque es más elevada que las de Alemania o Reino Unido, está a una distancia sideral de los países peor clasificados, que son Turquía, Ucrania y, sobre todo, Rusia.

El comité que supervisa la ejecución de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) explica en su informe anual publicado este jueves que España tenía a fecha de 31 de diciembre un caso bajo vigilancia reforzada de los llamados "de referencia", por su significación importante.

Los casos pendientes a fecha del 13 de marzo se refieren sobre todo a condenas por no haber garantizado el derecho a un recurso efectivo a migrantes contra los que se había dictado la expulsión en un procedimiento acelerado pese a que habían solicitado asilo y también por la violación de la libertad de expresión.

Una veintena de los 47 países cubiertos por el TEDH tenían al finalizar 2022 más sentencias por ejecutar que España, en especial Serbia (97), Azerbaiyán (285), Bulgaria (182), Hungría (219), Italia (187), Moldavia (153), Polonia (125) y, sobre todo Turquía (480), Rumanía (509), Ucrania (716) y Rusia (2.352).

El de Rusia es un caso aparte, no solo porque arrastraba desde hace años incumplimientos masivos y repetidos, sino porque en marzo pasado fue expulsado del Consejo de Europa por la invasión de Ucrania y desde entonces ha cesado toda cooperación con el TEDH aunque formalmente sigue vinculada a esa instancia en virtud de los tratados.

Hay algunos países de un entorno geográfico más inmediato de España que no arrastran tantas sentencias incumplidas, como ocurre con Alemania (14) o Reino Unido (14).

El asunto de referencia bajo vigilancia reforzada de España se refiere a una sentencia de abril de 2014 en la que se obligaba a España a acoger a 30 saharahuis que habían llegado a Fuerteventura en patera y a los que se denegó el asilo aunque temían sufrir tratos inhumanos si se los expulsaba a Marruecos.

En una respuesta del 15 de diciembre, las autoridades españolas informaron de una nueva doctrina del Tribunal Supremo para garantizar un recurso efectivo a las personas que solicitan asilo para que no sean expulsadas mientras la jurisdicción competente examina su expediente.

Ninguno de los 30 saharahuis ha sido expulsado y todos ellos siguen residiendo en España. Para 11 de ellos se han concluido los procedimientos y para los 19 restantes el Supremo ha instado al Ministerio del Interior a que se examinen sus casos aplicando el principio de que la orden de expulsión quede suspendida en cada una de las etapas de recurso.

Según las conclusiones transmitidas, si se diera una situación similar a la de esas 30 personas, las órdenes de expulsión quedarían en suspenso hasta que hubiera una decisión definitiva, de acuerdo con la citada jurisprudencia.

El Consejo de Europa también recibió otras comunicaciones de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado y del Alto Comisariado de la ONU para los Refugiados (ACNUR), que estiman que las medidas provisionales no responden a las exigencias de un recurso efectivo tal y como hay que interpretarlo en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Para estos dos organismos, habría que acordar una suspensión automática del control judicial para los solicitantes de asilo, en contra de las decisiones del departamento de Interior de rechazar las demandas de protección de asilo en el procedimiento acelerado.

Sobre la violación de la libertad de expresión, España tiene que ejecutar la condena de marzo de 2018 por la demanda de Enric Stern Taulats y Jaume Roura Capellera, que fueron sentenciados por injurias a la Corona por un acto en Girona el 13 de septiembre de 2007 en el que quemaron una foto de los reyes durante una visita del monarca a la ciudad.

Aunque inicialmente se les impuso una pena de prisión, dado que no tenían antecedentes se convirtió en una multa de 2.700 euros.

Los jueces europeos consideraron que la quema del retrato de los reyes durante aquella manifestación independentista entra dentro de la crítica legítima de las instituciones que no iba más allá de una escenificación provocadora para llamar la atención de los medios.

(c) Agencia EFE