Despenalización del aborto da un paso en Puebla; gobierno se desiste de acciones contra amparo
El aborto en Puebla avanza, luego de que el gobierno del estado se desistiera de impugnar el amparo que impedía la interrupción del embarazo y aunque las mujeres y personas gestantes ya podrán acceder a dicho servicio, aún hace falta la aprobación del Congreso local para despenalizarlo.
De acuerdo con el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) el ‘desistimiento a la impugnación’ implica que no se le podrá negar el servicio médico ni se criminalizará a quien aborte o ayude a abortar a las mujeres o gestantes que reciban asesoría, asistencia o defensa por parte de las organizaciones GIRE, CAFIS y ODESYR.
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🟢| @GIRE_mx y organizaciones como @CAFIS_AC y @REDefinePuebla ganan amparo para conseguir que autoridades sanitarias otorguen los servicios de salud a las mujeres que deseen abortar y que sean asesoradas por ellas.
Se abre la puerta para despenalizar el aborto, indican. pic.twitter.com/arvFeax8eh
— Manatí – Noticias desde Puebla (@Manatimx) March 15, 2023
Actualmente el aborto está despenalizado en la Ciudad de México, Hidalgo, Veracruz, Oaxaca, Baja California, Coahuila, Colima, Sinaloa y Guerrero, Baja California Sur y Quintana Roo.
Y mientras sigue la lucha por la aprobación en Puebla, de abril de 2007 a diciembre de 2022, mil 604 poblanas han acudido a la Ciudad de México para acceder el aborto, por lo que es la tercera entidad con más personas acogidas a este derecho después de la propia CDMX y el Estado de México, detallan estadísticas del programa de Interrupción Legal del Embarazo (ILE).
La lucha por el aborto en Puebla
El 18 de febrero de 2022, las organizaciones GIRE, CAFIS y ODESYR promovieron un amparo, como parte de una estrategia para la despenalización legal y social del aborto.
El 14 de octubre de ese mismo año, un Juez de Distrito estableció en su sentencia que los artículos del Código Penal del Estado de Puebla que regulan el aborto autoprocurado y consentido son violatorios de derechos humanos y que es inconstitucional tanto su prohibición como la sanción al personal que brinde apoyo a la mujer o persona con capacidad para gestar.
El juez también determinó que si bien la Constitución local reconoce que la vida debe ser protegida desde la concepción, esto no implica que se deba sancionar a quien decide interrumpir su embarazo.
💜💚⚖️🎉Ya no hay obstáculos para que #mujeres y otras #PersonasGestantes en #Puebla puedan acceder al #ABORTO si son acompañadas por @CAFIS_AC, @odesyr y @GIRE_mx, y por extensión @CoatlicueViva y @REDefinePuebla
🟣Aún no se #Despenaliza, pero es un triunfo legal histórico pic.twitter.com/Az9r4ptvyn
— Info Quórum (@quorum_mx) March 15, 2023
El 11 de noviembre de 2022 el Gobierno del Estado impugnó la sentencia al argumentar que la Constitución local protege el derecho a la vida desde la concepción, lo que presuntamente impediría que se pueda interrumpir el embarazo; además de que “no tendría que hacerse el aborto en Puebla porque existen los anticonceptivos”.
Sin embargo, el 8 de marzo de 2023, el Tribunal Colegiado informó que el Ejecutivo había presentado el desistimiento, por lo que la sentencia de amparo se mantiene.
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Los pendientes para la interrupción del embarazo en Puebla
En Puebla, tres artículos del Código Penal local señalan sanciones no solo a quienes aborten sino a quienes ayuden en dicho procedimiento, por lo que corresponde al Congreso de la entidad legislar, aunque hasta el momento, han dejado las iniciativas en la congeladora.
De acuerdo con la diputada de Morena, Yolanda Gamez, no se requiere el consenso de los 41 legisladores para aprobar el aborto legal, pues solo se necesita la mayoría simple.
La diputada local de Morena, Yolanda Gamez, señala que no se requiere del consenso de los 41 legisladores del @CongresoPue para votar y aprobar el aborto legal en #Puebla
Deja entrever que la oposición es del resto de los legisladores de Morena. pic.twitter.com/Ns7ZTM1Ixe
— Bryan Rivera (@Bryan_TheSounds) March 14, 2023
Hasta ahora, el artículo 340 establece una pena de uno a tres años de prisión a quien interrumpa su embarazo voluntariamente. Asimismo, el 341 detalla que si es causado por un médico o partera, además de la prisión, se le suspenderán de dos a cinco años el ejercicio de su oficio o profesión.
También, de acuerdo con el 342, se imponen de seis meses a un año de cárcel a quien voluntariamente procure su aborto o dé su consentimiento para que otra persona le haga abortar.
Por otro lado, los casos en que no se sanciona son cuando el embarazo es a causa de una violación, si hay peligro de muerte o cuando se deba a causas eugenésicas graves, si así lo determinan dos peritos médicos.
Al respecto, organizaciones hicieron un llamado al Congreso local para que reforme su legislación con base en la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de 2021, “que establece la inconstitucionalidad tanto de la criminalización absoluta del aborto como del uso del derecho penal para prohibirlo, así como a los servicios de salud para que garanticen el acceso al aborto seguro”, detallaron en un comunicado.
¡Grandes noticias en Puebla!
Conforme a la @SCJN, tenemos una sentencia a favor del derecho a decidir en esta entidad:
A ninguna mujer o persona gestante que reciba asesoría, asistencia o defensa por parte de GIRE, @CAFIS_AC y @odesyr se le podrá negar el servicio de aborto. pic.twitter.com/PLHnzkN5Td
— GIRE (@GIRE_mx) March 15, 2023