Cuatro conclusiones de los alegatos sobre las píldoras abortivas

Grupos que defienden el derecho al aborto se congregan afuera del edificio de la Corte Suprema, en Washington, la mañana del martes 26 de marzo de 2024. (Maansi Srivastava/The New York Times)
Grupos que defienden el derecho al aborto se congregan afuera del edificio de la Corte Suprema, en Washington, la mañana del martes 26 de marzo de 2024. (Maansi Srivastava/The New York Times)

La mayoría de la Corte Suprema de Estados Unidos pareció inclinarse el martes por rechazar un intento de limitar de manera drástica el acceso a las píldoras abortivas.

Durante los cerca de 90 minutos que duró el debate, la mayoría de los magistrados pareció dudar de que los demandantes, que no recetan píldoras abortivas ni atienden en su consulta habitual a pacientes que abortan, estuvieran legitimados para presentar la demanda. Los jueces, incluidos varios de la mayoría conservadora, se preguntaron si los demandantes podían demostrar que se habían enfrentado al daño moral que decían sufrir por la disponibilidad de la píldora, la mifepristona.

El caso se centra en si los cambios realizados por la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA, por su sigla en inglés) en 2016 y 2021, que ampliaron el acceso al fármaco, tendrían que ser revocados.

Esos cambios hicieron posible que las pacientes obtuvieran recetas de mifepristona por telemedicina y recibieran píldoras abortivas por correo, lo que ha aumentado bastante la disponibilidad del aborto con medicamentos.

Varios magistrados cuestionaron el remedio que buscan los demandantes: aplicar restricciones a escala nacional al medicamento en un caso que tendría implicaciones muy extendidas porque sería la primera vez que un tribunal cuestiona la autoridad reguladora de la FDA.

“Este caso parece un excelente ejemplo de convertir lo que podría ser una pequeña demanda en una asamblea legislativa a nivel nacional sobre una norma de la FDA o cualquier otra acción del gobierno federal”, dijo el juez Neil Gorsuch, nominado por el entonces presidente Donald Trump.

A continuación, algunas conclusiones:

Los alegatos de los demandantes de tener derecho a presentar la demanda fueron recibidos con gran escepticismo.

Para tener legitimación, los demandantes deben demostrar que se enfrentan a un daño concreto de la política o acción que están impugnando en la corte. En este caso, los demandantes, un grupo de médicos y organizaciones antiabortistas, afirman que están ante un daño moral porque las pacientes que toman píldoras abortivas podrían buscar ser atendidas después en los servicios de urgencias de los hospitales donde trabajan algunos de esos médicos.

La fiscal general Elizabeth Prelogar, quien representa al gobierno, dijo que los demandantes “no se acercan por mucho al tipo de circunstancias que este tribunal ha identificado antes” como motivo de legitimación. Citó el hecho de que los médicos no recetan píldoras abortivas y no están obligados a tratar a mujeres que las toman. Y lo que es más importante, señaló que, dado que las complicaciones graves derivadas de las píldoras abortivas son muy poco frecuentes, estos médicos no se encontrarían a menudo con una mujer que hubiera sufrido una complicación grave que los obligara a proporcionarle tratamiento.

La abogada de los demandantes, Erin Hawley, contraatacó diciendo que los médicos habían tratado a pacientes que tomaban píldoras abortivas en los servicios de urgencias. Citó las declaraciones escritas en el caso de las doctoras Christina Francis e Ingrid Skop.

La magistrada Amy Coney Barrett cuestionó que esas doctoras hubieran dado ejemplos de “participar realmente en el aborto para acabar con la vida del embrión o del feto”. Y añadió: “No interpreto que ni Skop ni Francis dijeran que alguna vez participaron en eso”.

Los magistrados también cuestionaron la legitimidad de las organizaciones antiabortistas en el caso. Dichas organizaciones sostienen que se han visto perjudicadas porque, para hacer frente a la píldora abortiva, han tenido que desviar recursos de otras actividades de defensa.

El magistrado Clarence Thomas se mostró escéptico ante ese alegato, pues dijo que tener que establecer prioridades en la manera en la que una organización gasta su tiempo y su dinero también aplicaría a “cualquiera que sea agresivo o esté atento a presentar demandas. El mero hecho de utilizar recursos para defender su postura en los tribunales, como dicen ahora, causa un perjuicio. Eso parece fácil de fabricar”.

Se habló mucho sobre las protecciones de conciencia.

Las protecciones federales de conciencia permiten a los médicos y otros proveedores de atención sanitaria optar por no prestar atención a la que se oponen por motivos morales o religiosos. En muchos hospitales, los médicos registran de antemano sus objeciones de conciencia para que nunca se les pida que participen en una atención a la que se oponen.

Los abogados del gobierno y de un fabricante de mifepristona, Danco Laboratories, afirmaron que si los médicos que se oponen al aborto se encontraran ante una paciente que quiere practicarse uno, podrían invocar sin problemas las protecciones de conciencia y pasar el caso a otro médico que no tuviera objeciones morales. Los demandantes son “personas que no utilizan este producto, no lo recetan y tienen derecho de conciencia a no tratar a nadie que haya tomado este producto”, declaró Jessica Ellsworth, abogada que representa a Danco.

Hawley mencionó que a veces se presentaban casos en los servicios de urgencias en los cuales los demandantes no tenían tiempo de optar por no aceptarlo, lo cual los obligaba a “elegir entre ayudar a una mujer con una enfermedad que podía ser mortal o violar su conciencia”.

La magistrada Ketanji Brown Jackson dijo que había “un desajuste” entre lo que los médicos antiabortistas afirman haber experimentado y el remedio que buscan. “El remedio obvio de sentido común sería proporcionarles una exención, que no tengan que participar en este procedimiento”, dijo Jackson.

Al señalar que tal remedio ya existe en forma de protecciones de conciencia, dijo: “Supongo, pues, que lo que piden en esta demanda es más que eso. Están diciendo: ‘Como nos oponemos a que se nos obligue a participar en este procedimiento, pedimos una orden que impida que nadie tenga acceso a estos medicamentos’”.

La magistrada Barrett preguntó sobre el alegato de los demandantes de que la Ley de Tratamiento Médico de Emergencia y Trabajo de Parto Activo (o EMTALA, por su sigla en inglés), que obliga a los servicios de urgencias de los hospitales a tratar a pacientes con problemas médicos urgentes, anularía las objeciones de conciencia de los médicos y los obligaría a atender a pacientes que han tomado píldoras abortivas. Prelogar dijo que eso no sucedería porque EMTALA se aplica a los hospitales, no a los médicos por separado, por lo que los médicos con objeciones morales podrían optar por no hacerlo.

El caso podría afectar la participación del gobierno en la regulación de los medicamentos y, probablemente, en la regulación de cualquier cosa.

Muchos expertos en política regulatoria y líderes de la industria farmacéutica han dicho que si el tribunal decide socavar la pericia científica de la FDA, disuadiría a las empresas de desarrollar medicamentos nuevos y, en última instancia, perjudicaría a los pacientes que no dispondrían de esos medicamentos. Dicen que también podría poner en entredicho la autoridad reguladora de otras agencias gubernamentales.

Varios magistrados preguntaron sobre este tema. “¿Le preocupa que los jueces analicen los estudios médicos y científicos?”, preguntó Jackson a Ellsworth, la abogada del fabricante. Ellsworth comentó que era una preocupación y señaló que dos estudios que citaron los demandantes para demostrar que la mifepristona no era segura habían sido retirados hacía poco tiempo.

“Por eso la FDA tiene cientos de páginas de análisis en el expediente de lo que mostraban los datos científicos”, dijo Ellsworth. “Y los tribunales no están en condiciones de analizarlos ni rebatirlos”.

Una ley antidrogas del siglo XIX hizo acto de presencia.

La Ley Comstock, promulgada en 1873, prohíbe el envío por correo de fármacos que puedan utilizarse para interrumpir embarazos.

Los magistrados Samuel Alito y Thomas preguntaron si la ley, que no se ha utilizado en décadas y ha sido restringida por los tribunales y el Congreso, era aplicable, como afirman los demandantes.

“Las disposiciones de Comstock no entran en la competencia de la FDA”, contestó Prelogar, quien afirmó que la responsabilidad de la FDA era determinar la seguridad y eficacia de los medicamentos y regularlos. También señaló que el Departamento de Justicia emitió un dictamen según el cual la Ley Comstock solo se aplicaba si el remitente pretendía que el destinatario de los materiales “los utilizara para fines ilegales”.

Ellsworth advirtió lo que podría ocurrir si el tribunal decidiera que la ley es aplicable. “Creo que este tribunal debería pensar con detenimiento en el daño que provocaría si permitiera que los organismos empezaran a tomar medidas basándose en responsabilidades que por ley el Congreso ha asignado a otros organismos”, dijo.

c.2024 The New York Times Company