Crónica de una pesadilla judicial: Yolli García, extitular de Transparencia de Veracruz, lleva tres años presa pese a anomalías

Cuartoscuro
Cuartoscuro

Yolli García, la extitular de Transparencia de Veracruz, lleva casi tres años privada de la libertad pese a las múltiples irregularidades que persisten tanto en la acusación de la fiscalía estatal como en el proceso judicial que la mantiene recluida. 

La detención fue en marzo de 2020, pocos meses después de que el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) ordenara transparentar información que perjudicaba al actual gobierno morenista de Cuitláhuac García. 

Yolli fue denunciada por presunto ejercicio indebido del servicio público en el nombramiento de dos funcionarios de la Contraloría interna de este organismo autónomo. Durante casi un año, la denuncia no arrojó resultado alguno en la fiscalía veracruzana, hasta que se reactivó luego de la destitución del fiscal general Jorge Winckler y el nombramiento en su lugar de Verónica Hernández, que venía de la Secretaría de Gobierno del Ejecutivo morenista. 

La exfuncionaria fue detenida por sorpresa, sin previo citatorio para poder defenderse antes de llegar ante un juez, y encarcelada de inmediato a pesar de que los delitos que le imputan no ameritan prisión preventiva automática. 

Entre los argumentos para justificar la prisión preventiva, la fiscalía expuso en la audiencia inicial del caso que Yolli tenía un pasaporte vigente que sacó en la Ciudad de México; que en 2019, un año antes de su detención, salió dos veces del país, y que ella y su marido tienen recursos económicos y otras propiedades fuera de Veracruz. 

La defensa alegó que tener un pasaporte y otros domicilios no prueba un intento de fuga, y acreditó que la exfuncionaria tenía arraigo en Veracruz por más de 15 años. 

Sin embargo, en primera instancia, el juez de control aceptó los argumentos de la fiscalía y decretó prisión preventiva, aunque solo por 72 horas, que era el plazo que la defensa tenía para reunir pruebas a favor de Yolli antes de la audiencia donde se decidiría si se vinculaba o no a proceso. Pero, en la siguiente audiencia, el juez vinculó a proceso a Yolli y además mantuvo la prisión preventiva sin permitir el debate entre el Ministerio Público y la defensa para discutir la necesidad de imponer alguna medida cautelar, lo cual sería una violación del Código Nacional de Procedimientos Penales. La pesadilla judicial acababa de comenzar.

Por este mismo caso, la fiscalía imputó a otros dos excomisionados del IVAI, quienes también fueron vinculados a proceso por los mismos delitos; aunque ellos, en cambio, sí fueron dejados en libertad por este proceso penal. Por el contrario, en el caso de Yolli, la justicia estatal ha negado en reiteradas ocasiones cambiar la prisión preventiva por otra medida menos restrictiva. Ello, a pesar de que la exfuncionaria padece una grave afección cardiaca por la que tuvo que ser operada estando en prisión.  

La defensa de la exfuncionaria recurrió a la justicia federal, la cual, tras una serie de amparos, determinó por un lado que el juez de control veracruzano cometió irregularidades a la hora de decretar la prisión preventiva; y por otro, que esta medida no se justifica en el caso de una mujer cuyo riesgo de fuga es “mínimo”. 

Gracias a la sentencia de amparo, en la que se determina que la justicia veracruzana está sometiendo a la exfuncionaria a una “condena anticipada” bajo el disfraz de la prisión preventiva, la defensa logró tumbar la prisión preventiva en este proceso. Sin embargo, la pesadilla judicial no ha terminado, pues la fiscalía ha ido abriendo más procesos penales —por ahora suman tres— en contra de Yolli. 

Adán Armenta, esposo de la extitular del IVAI y también abogado, denuncia que lo anterior es el resultado de una “venganza política” y “del uso del aparato de justicia” veracruzano para castigar a funcionarios incómodos.

“El caso de Yolli es un claro ejemplo de que el sistema de persecución penal en el estado de Veracruz está a disposición de los intereses políticos del gobierno de Cuitláhuac García”, acusa Armenta.  

Animal Político buscó a la Fiscalía General del Estado de Veracruz para conocer su postura al respecto, pero no obtuvo respuesta. 

El origen de la denuncia

La denuncia que originó el tortuoso proceso legal contra Yolli García se remonta a 2018. En ese año, se llevó a cabo una reforma al sistema anticorrupción que establecía que los Órganos Internos de Control (OIC), que son las contralorías que vigilan el funcionamiento de los entes de gobierno, ya no dependieran de esos entes y tuvieran autonomía técnica y financiera, además de que los contralores tuvieran facultad para nombrar a su personal.  

Sin embargo, surgió un problema: con la reforma, dentro de los organismos autónomos, el IVAI en este caso, estaría operando otro organismo autónomo, el OIC, al que el IVAI tendría que seguir brindándole parte de su presupuesto para que operara. Es decir, el OIC sería un organismo autónomo pero financiado con dinero de la instancia que vigila, lo cual, a entender del IVAI, vulneraba su “autonomía financiera”, además de que no contaba con el presupuesto suficiente para sufragar sus gastos y también los del OIC. La problemática y la complejidad de la coexistencia de dos autonomías en una misma institución fue señalada por el IVAI en un comunicado público del 24 de octubre de 2018.

“Ahí se originó el problema”, subraya en entrevista el abogado Benito Carpinteiro, que lleva la defensa de la extitular del IVAI. 

Inconforme con la reforma por considerarla “inconstitucional”, el IVAI recurrió el 7 de noviembre de 2018 a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para interponer una controversia constitucional, misma que quedó en análisis y pendiente de resolución bajo el número de expediente 96/2018. 

Aquí, el abogado Carpinteiro resalta que un punto importante a tener en cuenta es que, mientras duró el análisis en la Corte, la reforma quedó sub judice, es decir, en una pausa legal que impedía que entrara en vigor. No obstante, la ley que regula la tramitación de las controversias constitucionales prevé que la suspensión del acto que da origen a la controversia (es decir, la reforma impugnada por el IVAI) no puede concederse si se trata de normas generales, como sucede en este caso. Esta reforma se derogó cuando Yolli García ya estaba privada de la libertad. Sin embargo, previo a la derogación, el entonces titular del OIC del IVAI, Alfonso Velázquez Trejo, solicitó a Yolli el nombramiento de una subdirectora de quejas y de un subdirector de responsabilidades administrativas, mismos que él propuso según documentación oficial, y le pidió presupuesto para operar. 

Ante este requerimiento, el 8 de marzo de 2019, el pleno del IVAI integrado por Yolli García como presidenta y por otros dos comisionados, José Rubén Mendoza Hernández y Arturo Mariscal Rodríguez, votó a favor de los nombramientos propuestos por el contralor, tal como queda reflejado en el acta de sesiones de ese día.  

Poco después, el 3 de abril de 2019, el contralor mandó otro memorándum en el que señaló que, una vez que le dotaran de presupuesto, no tendría “inconveniente”en firmar el acta de la sesión de ese 8 de marzo donde se autorizó los nombramientos. 

Sin embargo, no se produjo la entrega del dinero y el 20 de mayo de 2019 el contralor denunció ante la Fiscalía Anticorrupción a Yolli García por presunto ejercicio indebido del servicio público. La acusó de nombrar a los dos funcionarios del OIC cuando esa atribución debía ser suya, según la reforma. 

Y es aquí donde hay una diferencia de interpretación entre las partes. 

Por un lado, la defensa de Yolli considera que, uno, al seguir la discusión de la controversia constitucional por la reforma en la Suprema Corte, el contralor aún no tenía facultad para contratar a los dos empleados del OIC; dos, que el IVAI no tenía presupuesto suficiente para darle al OIC, y tres, que el contralor fue quien propuso a los dos funcionarios para su dependencia: “No es que Yolli llegara un día al pleno y, de la nada, decidiera nombrar dos funcionarios. El mismo titular del OIC fue quien circuló los CVs de las personas que fueron designadas, él las propone. Y él emitió un oficio donde nunca se queja del nombramiento del pleno”, plantea el abogado Carpinteiro. 

Por otro lado, el equipo jurídico del contralor interno, que encabeza el abogado Arturo Salazar Rivera, expone en entrevista que en el presupuesto que el Estado otorgó al IVAI venía etiquetada la parte que debería asignarse al OIC para que este operara de manera autónoma. “El problema radicó en que ese dinero nunca se lo destinaron a la Contraloría”, señala el abogado. “Es decir, todo se hubiera resuelto si, del presupuesto que le dieron al IVAI, le hubieran dado la parte proporcional que le tocaba al OIC para sus atribuciones. Ese fue realmente el único detalle en todo este tema”, agrega. 

“A Yolli la pusieron para que la detuvieran” 

A raíz de la denuncia, la fiscalía veracruzana, que en mayo de 2019 aún estaba dirigida por Jorge Winckler, el fiscal nombrado por el entonces gobernador panista Miguel Ángel Yunes, abrió una carpeta de investigación. Pero durante casi un año, hasta marzo de 2020, la carpeta no arrojó resultados. 

Lo que sí sucedió en ese lapso fue una cadena de acontecimientos que se fueron entretejiendo hasta terminar con la exfuncionaria en la cárcel. 

El 5 de julio de 2019, a medio año del nuevo gobierno de Cuitláhuac García, el IVAI emitió su primera resolución incómoda para el Ejecutivo estatal: el pleno ordenó a las secretarías de Finanzas y de Seguridad y a la Contraloría que buscaran, localizaran y transparentaran la información solicitada sobre los costos de la compra de 160 patrullas de policía, misma que había sido negada y que derivó en 17 recursos de revisión de ciudadanos. 

Poco después, en septiembre de 2019, Winckler fue destituido del cargo y se designó a Verónica Hernández como nueva fiscal. La ratificación se produjo en el Congreso veracruzano con el voto mayoritario de Morena, el partido del gobernador. 

Un mes más tarde, el 9 de octubre de 2019, a tan solo días de la designación de la nueva fiscal, el IVAI emitió otra resolución incómoda: revocó la respuesta que la Contraloría General del Estado dio a seis solicitudes negando información para conocer los resultados de una investigación interna acerca del supuesto parentesco entre el gobernador García y el subsecretario de Finanzas, Eleazar Guerrero, quien medios locales señalaron que es su primo, situación que le valió al mandatario críticas y acusaciones de nepotismo y conflicto de interés, que este siempre ha rechazado públicamente. 

Y cinco meses después, la Fiscalía Anticorrupción, que, aunque es autónoma en el papel, depende de la Fiscalía General de Verónica Hernández, llevó el 25 de marzo la carpeta con la denuncia contra Yolli García ante un juez veracruzano que vio elementos suficientes para girar una orden de aprehensión.

Al día siguiente, el 26 de marzo, Adán Armenta, el esposo de la exfuncionaria, narra que la nueva titular del IVAI, Naldy Rodríguez, quien previamente se había desempeñado como titular de Transparencia también en la Secretaría de Gobierno de Erick Cisneros, uno de los hombres fuertes en el nuevo gobierno veracruzano, citó a su esposa. 

“Le habló y le dijo: ‘Ayúdame con unas cosas del instituto que no entiendo. Te veo en tal restaurante’. Y, como no debía nada, Yolli fue a verla. Y cuál fue la sorpresa que cuando iba llegando, la señora (Naldy Rodríguez) hizo una señal a unos policías y ahí mismo la agarraron. Es decir, ella (Naldy Rodríguez) la puso”, asegura Armenta.

Animal Político buscó a Naldy Rodríguez, quien por medio de un escrito rechazó tener responsabilidad alguna en la detención. 

“Es claro que intentan desprestigiar a una servidora (el esposo y un amigo de la excomisionada, quienes han vertido esa falsa versión) para desviar la atención del tema de fondo: la crisis financiera y jurisdiccional en la que se encontraba el IVAI y que dio origen a las denuncias que interpuso el OIC en su contra. Además, es evidente que fue un juez quien otorgó y giró una orden de aprehensión en contra de la excomisionada al encontrar elementos para ello. Una servidora no ha tenido ninguna de esas facultades ni injerencia en un proceso judicial”, escribió Rodríguez, quien incorporó documentación sobre la mala situación financiera del IVAI que se encontró cuando llegó al cargo. 

“En casa tenemos sus lentes rotos, se los tumbaron de un golpe”

Sobre cómo se produjo la detención de Yolli, el artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales señala que las formas para hacer comparecer a una persona imputada frente a la justicia son: en primer lugar, enviar un citatorio para que la persona pueda acudir voluntariamente a una audiencia inicial a dar explicaciones, o para aportar testimonios o pruebas que desvirtúen la denuncia y evitar así el proceso judicial; en segundo, girar una orden de comparecencia a través de la fuerza pública, en el caso de que el citatorio no tenga respuesta, y en tercer lugar, si nada de lo anterior funciona, o si el Ministerio Público justifica con pruebas ante el juez la necesidad de cautela para evitar una posible fuga, girar una orden de aprehensión. 

En el caso de Yolli, aunque el delito imputado no amerita prisión preventiva automática, y a pesar de que tenía arraigo en la ciudad de Xalapa donde llevaba viviendo más de 15 años con sus hijos y familia, el Ministerio Público se fue directo a la solicitud de una orden de aprehensión. Por ello, la extitular de transparencia fue detenida sin previo aviso ni notificación. 

“En casa tenemos sus lentes rotos, se los tumbaron de un golpe. La Policía Ministerial la detuvo como si fuera la peor criminal”, denuncia Armenta. 

Ya frente al juez en la audiencia inicial del caso, fue cuando Yolli se enteró de que había una denuncia en su contra por el nombramiento de los dos funcionarios del OIC, y de que, además, le imputaban otros delitos. 

“Dentro de una sola conducta, los fiscales le encajaron tres nombres: ejercicio indebido del servicio público, abuso de autoridad y coalición”, expone el abogado Carpinteiro, que tilda la imputación por coalición de “una locura”, pues se trata de un delito en el que varias personas se ponen de acuerdo para atentar contra el Estado mexicano, como sedición o motín; acusación, dice el abogado, que la fiscalía no ha probado. 

Al final de la audiencia, la extitular del IVAI pidió que se suspendiera la audiencia inicial y que resolviera su situación jurídica dentro de las 72 horas que le permite la ley, para que su defensa pudiera prepararse. Antes de concluir, la defensa argumentó que ninguno de los delitos que se imputaban era grave, y pidió que la mujer quedara en libertad durante el transcurso de su proceso penal, pero la fiscalía alegó que existía riesgo de fuga. 

El juez Gregorio Esteban Noriega Velasco dio la razón a la fiscalía y decretó que, al menos durante 72 horas, la extitular del IVAI quedara recluida en Pacho Viejo hasta el 1 de abril, cuando se reanudó la audiencia. Ese día, los fiscales volvieron a exponer las mismas imputaciones, y la defensa insistió en que el contralor no se había opuesto a los nombramientos que él mismo propuso.  

Aun así, el juez vio indicios suficientes para vincular a proceso. Y, a continuación, se produjo el momento clave por el que la defensa denuncia que en este caso hay una “clara consigna política” para encarcelar “a como dé lugar” a funcionarios incómodos con el poder: el juez argumentó que las condiciones que permitirían una posible de fuga de Yolli no habían variado desde la audiencia anterior, y para desconcierto de los abogados decretó la prisión preventiva sin permitir antes el debate entre las partes sobre la necesidad y pertinencia de las medidas cautelares, tal como establece el artículo 157 del Código Nacional de Procedimientos Penales. 

—Señoría, lo que está haciendo es ilegal. Si se va a pronunciar por una medida cautelar, debe permitir a las partes debatir para que pueda decidir si las condiciones han cambiado o no. Usted está violando la ley flagrantemente —le dijo el abogado Carpinteiro, según consta en el video de la audiencia al que este medio tuvo acceso. 

Pero el juez, sin inmutarse, le respondió que podía recurrir su decisión y desechó de plano la solicitud de revisión de la medida de prisión preventiva. 

Yolli se fue directo a la cárcel. 

“El Estado te puede aplastar”

Dos años después de su encarcelamiento, el 10 de marzo de 2022, la exfuncionaria fue operada a corazón abierto, luego de que se le detectara una afección cardiaca grave. 

En ese entonces, su defensa ya había recurrido en múltiples ocasiones a la vía del amparo para combatir la decisión del juez de control de mandarla a prisión preventiva sin permitir el debate y para que se le cambiara la prisión por otra medida menos restrictiva, como el resguardo domiciliario. Pero la respuesta de la justicia veracruzana fue siempre negativa, alegando que hay personas que se recuperan de una afección cardiaca y que ello no era impedimento para que permaneciera presa. En paralelo, la fotografía de la mujer convaleciente y esposada a la cama del hospital era nota nacional. 

No fue hasta el 25 de octubre del año pasado cuando un juez federal, Fermín Santiago Santiago, revocó la prisión preventiva. En la sentencia del juicio de amparo indirecto 523/2022, de la que este medio guarda copia, el juez federal consideró que el juez veracruzano que negó cambiar la prisión por otra medida no era un experto médico para determinar si una persona se recupera o no de una dolencia cardiaca, y lo más importante: señaló que la posibilidad de fuga era mínima en una persona que requiere “de cuidados extremos”.

“La sustracción de la quejosa implica un mayor riesgo que el que conlleva enfrentar la imputación de la fiscalía, ya que no afrontar la acusación y darse a la fuga podría poner en riesgo su salud y con ello su vida”, determinó el juez federal, que incluso señaló que el actuar del juez veracruzano que negó el cambio de medida a Yolli “es francamente inconstitucional”. 

Asimismo, el juez federal acusó al estatal de no examinar a fondo los documentos presentados por la defensa que acreditaban el arraigo de la extitular del IVAI en Veracruz, y deslizó la hipótesis de que la justicia veracruzana estaría “disfrazando” la prisión preventiva automática por la justificada para mantener a la exfuncionaria presa más allá de los dos años que, como máximo por ley, puede permanecer alguien en prisión preventiva. 

Sin embargo, pese a que se revocó la prisión preventiva en este proceso, la odisea no ha terminado, pues la fiscalía estatal abrió otras dos carpetas de investigación por las que también fue vinculada a proceso y en las que la justicia veracruzana, de nuevo, dictó prisión preventiva con el mismo argumento del riesgo de fuga. 

Del segundo proceso, que se abrió en diciembre de 2020 y en el que la acusación es por un supuesto incumplimiento del deber legal al no dotar de presupuesto al OIC, la defensa de Yolli ya logró el pasado mes de enero revocar también la prisión preventiva por las irregularidades en la determinación del juez. 

Pero aún queda vigente la prisión de la tercera carpeta, en la que ahora se le acusa de un presunto uso indebido de recursos públicos. 

“Estamos ante un claro ejemplo de cómo el Estado te puede aplastar”, resume el abogado Carpinteiro los tres años de odisea de Yolli. 

Ahora, la pesadilla judicial continúa.

* Este reportaje fue posible gracias al apoyo parcial del Departamento de Estado de los Estados Unidos y la Fundación Panamericana para el Desarrollo. Su contenido es responsabilidad de Animal Político, en colaboración con México Evalúa, y no necesariamente reflejan el punto de vista del Departamento de Estado o el Gobierno de los Estados Unidos ni de la Fundación Panamericana para el Desarrollo.