Caso Infonavit: tribunal revoca órdenes de arresto contra dueño de Telra y su hijo; deja abierta la puerta a que sean investigados

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Por unanimidad, un Tribunal Colegiado de la Ciudad de México revocó las órdenes de aprehensión giradas en contra de Rafael Zaga Tawil, dueño de la empresa Telra Realty, y de su hijo Elías Zaga Hanono, tras determinar que no existe ninguna prueba para considerar que ambos empresarios cometieron los delitos de delincuencia organizada y lavado de dinero en el caso conocido como “fraude al Infonavit”. 

De acuerdo con la resolución del magistrado Ricardo Ojeda Bohórquez, titular del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal de la capital, lo anterior es así ya que la Fiscalía General de la República (FGR) no comprobó que los recursos que recibió Telra fueran ilícitos, pues al provenir de una indemnización realizada por el propio Estado son considerados como “recursos públicos”.

Por tanto, tampoco se comprobó la integración de una organización criminal. 

Sin embargo, los magistrados dejaron la puerta abierta para que la FGR siga investigando si hubo o no la comisión de otros delitos en torno a la contratación y prestación de servicios que los Zaga realizaron con el Infonavit. 

Tribunal señala falta de pruebas

Durante la sesión ordinaria del tribunal, celebrada el 12 de julio, el magistrado Ojeda explicó que en primera instancia el juez de control y luego el juez de distrito, haciendo una valoración incorrecta de los datos de prueba, concedieron las órdenes de aprehensión y negaron el amparo a los Zaga. 

Lo anterior violó los artículos 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales y 16 de la Constitución, que establecen que no se puede librar orden de aprehensión sin que los datos de prueba establezcan o acrediten claramente que posiblemente se ha cometido un hecho que la ley señale como delito. 

“El caso no acontece, ya que para que se actualice el delito de delincuencia organizada, prevista en el artículo 2, párrafo primero, de la Ley Federal de Delincuencia Organizada, es necesario que tres o más personas se organicen de hecho para organizar de forma permanente o reiterada conductas que por sí o unidas entre otras tengan como fin o resultado cometer alguno de los delitos específicos señalados en el artículo 2, en el caso concreto de lavado de dinero o bien operaciones con recursos de procedencia ilícita”, dijo el magistrado. 

La historia de este caso se remonta a 2014, cuando Alejandro Murat —después gobernador de Oaxaca— se desempeñaba como director del Infonavit, en el sexenio de Enrique Peña Nieto (2012-2018). En ese entonces, el instituto contrató a la empresa para remodelar viviendas, entre otros fines.

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Cuando Murat se fue a hacer campaña para gobernador, David Penchyna asumió la titularidad del Infonavit. Durante su administración, en mayo de 2017, el instituto decidió rescindir de forma anticipada los contratos con Telra e indemnizó a los hermanos Zaga Tawil con 5 mil 088 millones de pesos.

Para la FGR, esta indemnización fue ilícita porque dicha empresa no contaba con capital, experiencia profesional ni infraestructura para llevar a cabo el proyecto. Por ello, acusó tanto a los Zaga como a tres personas más de constituir una organización criminal para obtener contratos con el gobierno federal. 

Sin embargo, el magistrado Ojeda señaló que esta acusación fue inexacta, pues el pago de indemnización ocurrió porque el instituto consideró que no convenía seguir con esos contratos, por lo que en 2017 determinó darlos por terminados, a través de un convenio que estipuló como pena el pago de daños por terminación anticipada. 

“No se tipifica de ninguna manera todo lo que el juez de distrito de amparo consideró y también el juez de control, puesto que no se tipifica el fin ilícito que exige el tipo penal de delincuencia organizada y no se acredita mucho menos el delito previo de lavado de dinero, pues esa cantidad millonaria de dinero no es ilícita pues proviene del dinero público, del Infonavit, y desde luego del Estado, así tampoco se actualiza el delito de lavado de dinero pues no se acreditó en principio y previamente el delito previo por el cual se considera que esa cantidad obtenida mediante un convenio es ilícita”, dijo. 

El magistrado aseguró que se violaron los derechos humanos de los quejosos a la seguridad jurídica, a la exacta aplicación de la ley y a la presunción de inocencia. 

Por lo anterior, se revocó la negación de amparo del juzgado y se otorgó el amparo y la protección a los Zaga contra la orden de aprehensión emitida el 29 de junio de 2022, por el juez de distrito especializado en el sistema penal acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal del Estado de México en Almoloya, en la causa penal 469/2020. 

Además, se consideró infundado el recurso de revisión interpuesto por el agente del Ministerio Público de la Federación. 

Dejan puerta abierta a investigaciones

Respecto de la acusación contra Elías Zaga, el tribunal estableció que el simple hecho de haber sido accionista por unos cuantos días de una empresa que no celebró ningún contrato con el Infonavit no podía ser considerado como una conducta delictiva. 

“Efectivamente no puede inferirse o darse por colmado el hecho delictivo por el hecho de formar o haber formado parte como integrante de una persona moral constituida de acuerdo con los requisitos de la legislación civil y mercantil aplicables sin datos de prueba, al contrario. ¿Por qué? Porque la constitución de personas morales conforme a las propias leyes que lo regulan no implica un ilícito en sí mismo, así como ser socio o integrante de alguna de ella”, dijo el magistrado Miguel Ángel Medécigo Rodríguez. 

No obstante, explicó que este señalamiento se realiza sin prejuzgar posibles irregularidades al momento de la firma de contratos con el Infonavit y no contar con experiencia o recursos humanos, materiales o económicos para cumplir con las obligaciones contraídas.

“Esa conducta delictiva pudiera, en su caso, encuadrar en un tipo penal diverso”, dijo el magistrado. 

Se cae caso emblemático de corrupción 

El 23 de diciembre de 2020, la fiscalía a cargo de Alejandro Gertz Manero solicitó órdenes de aprehensión por delincuencia organizada y lavado de dinero en contra de Rafael y Elías, así como de Teófilo Zaga Tawil, hermano del primero, lo que consiguió dos días después. 

Meses después, el 30 de abril de 2021, la fiscalía capturó a Teófilo Zaga en Xochitepec, Morelos; fue vinculado a proceso y trasladado también al penal del Altiplano. 

Hasta la fecha, Téofilo es el único detenido por este caso y su defensa la lleva un equipo legal diferente al que representa a Rafael y su hijo.

El caso se ha transformado en uno de los de mayor atención pública durante la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador, que lo ha mencionado como un gran éxito en el combate a la corrupción. Pero a más de tres años de la apertura de las investigaciones, las autoridades no han podido comprobar la presunta responsabilidad de Rafael y Teófilo. 

Desde entonces, tanto ellos como sus defensas se han mantenido firmes en acusar que las principales autoridades del país los han perseguido, intimidado y extorsionado, habilitando el sitio web https://www.casotelra.com/ para dar a conocer los pormenores del caso.