Cómo agregar el apellido materno al DNI, paso a paso

El trámite para agregar el apellido materno en el DNI se puede hacer en un Registro Civil o en un Centro de Documentación Renaper
El trámite para agregar el apellido materno en el DNI se puede hacer en un Registro Civil o en un Centro de Documentación Renaper - Créditos: @Renaper

Desde hace un tiempo, muchos argentinos optan por utilizar su apellido materno, además del paterno, al Documento Nacional de Identidad (DNI), siempre y cuando este no haya sido incorporado desde el momento en que nacieron a su documento. En la Argentina es posible hacer este trámite de forma sencilla, gracias a la ley 26.618.

A través de esta normativa se establece que los hijos matrimoniales de cónyuges de distinto sexo llevarán el primer apellido del padre. De todos modos, a pedido de los progenitores podrá inscribirse el apellido compuesto del padre o agregarse el de la madre. Igualmente, en caso de que solo tenga el apellido del padre, el individuo puede solicitar sumar el materno: “Si el interesado deseare llevar el apellido compuesto del padre, o el materno, podrá solicitarlo ante el Registro del Estado Civil desde los 18 años”. En el caso de los menores de edad, es posible que realicen esta gestión, pero necesitan la autorización con la firma certificada de ambos padres.

Sin embargo, para que esta modificación en el nombre de una persona en nuestro país sea considerado legal y aparezca en el documento, se debe llevar a cabo todo un procedimiento que implica dos pasos. A continuación, todo lo que hace falta hacer para sumar el apellido materno al DNI.

Cómo agregar el apellido materno al DNI

En primera instancia, es necesario realizar una rectificación de la partida de nacimiento del interesado. Este trámite se puede hacer en el Registro Civil más cercano al domicilio.

Una vez realizado esta gestión, es necesario sacar un nuevo DNI que incluya las modificaciones hechas. Vale aclarar que para avanzar con este segundo paso, es necesario que presentar la partida de nacimiento con las modificaciones ya realizadas. Por lo tanto, no se puede solicitar un nuevo documento sin primero rectificar la partida.

La gestión tiene una duración de aproximadamente 15 minutos y cuesta $3000. Además, este tiene una vigencia de 15 años para aquellas personas que son mayores de 14 años. En tanto, para los menores de esa edad deberán renovar su documento obligatoriamente una vez que cumplan los 14.

A continuación, el paso a paso para sacar el nuevo DNI con el apellido materno:

  • Elegir el Registro Civil más cercano, dentro de la jurisdicción donde el solicitante tenga su domicilio o sacar turno para un Centro de Documentación Renaper en la app Mi Argentina.

  • Dirigirse a la oficina elegida para realizar la gestión. Si es en un Centro de Documentación Renaper, se debe presentar con la constancia de turno.

  • Una vez que se presentó la documentación requerida, guardar la constancia de solicitud de trámite y hacer el seguimiento online del envío del DNI nuevo con el ID desde el sitio Mi Tramite de Renaper.

  • Cuando vaya el correo al domicilio del solicitante, lo puede recibir el dueño del documento o alguien mayor de 18 años con la constancia de solicitud de trámite. En caso de ir a retirarlo a una oficina, se debe presentar con la constancia de solicitud de trámite.

Para llevar adelante este proceso, se necesita presentar la siguiente documentación:

  • Copia certificada de la partida de nacimiento rectificada con o sin oblea, la que deberá contar con sello y firma ológrafa del oficial público o extendida con firma digital, sin importar su fecha de expedición.

  • Si la persona es menor de 14 años, debe ser acompañado por el padre, madre o representante legal; y su DNI. Además, debe presentar la acreditación del representante legal cuando corresponda:

    • Oficio judicial o testimonio de tutela de la persona menor de edad. Es otorgado por el juzgado. Debe contar con sello y firma del juez/a o del secretario/a o funcionario/a autorizado a extender oficios en cumplimiento de mandas judiciales.

    • Autorización de representación firmada y sellada por la autoridad competente que corresponda si la persona menor se encuentra en una institución de cuidado u hogar de menores

    • Oficio judicial o testimonio de guarda provisoria con fines de adopción. Debe contar con sello y firma del juez/a o del secretario/a o funcionario/a autorizado a extender oficios en cumplimiento de mandas judiciales.