Advierten fraude a la Constitución salvadoreña con el uso de flagrancia permanente

San Salvador, 2 sep (EFE).- El uso de la figura de "flagrancia permanente" por las autoridades de El Salvador para realizar detenciones sin una orden de captura durante el régimen de excepción, vigente desde finales de marzo, es un "fraude a la Constitución", según dijo a Efe el abogado Jonatan Sisco.

A finales de julio pasado, el Estado salvadoreño envió a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh) un informe en el que se menciona dicha figura, sin que esta se encuentre en la legislación penal.

Según el Estado salvadoreño, la Ley de Proscripción de Pandillas habilita desde 2010, aunque no se mencione en su articulado, la figura de la "flagrancia permanente".

"Debido a que por constituir delitos de mera actividad (la pertenencia a pandillas), su consumación se está realizando de manera permanente mientras la persona sea parte de la organización criminal; y en ese marco, la detención de estas personas no requiere la existencia previa de una orden escrita", indicó el Estado.

Sisco, abogado de la organización humanitaria Cristosal, dijo que "la interpretación que ha hecho el Estado es más bien un fraude a la Constitución".

El letrado recordó que la Constitución salvadoreña estipula que "ningún órgano gubernamental, autoridad o funcionario podrá dictar órdenes de detención o de prisión si no es de conformidad con la ley" y que estas "deberán ser siempre escritas".

La Carta Magna, indicó Sisco, sostiene que "cuando un delincuente sea sorprendido in fraganti, puede ser detenido por cualquier persona, para entregarlo inmediatamente a la autoridad competente".

"Esa parte de la ley están interpretándola para eludir la prohibición constitucional", acotó.

Agregó que el Código Penal precisa que la flagrancia "es cuando se sorprende a la persona en la comisión de un delito" y que esta "se extiende hasta por 24 horas después del delito".

"Aquí vemos un problema grave, que se estaría penalizando a las personas por su forma de ser, por su apariencia, por tener un tatuaje", indicó el abogado.

Dijo que "aquí estamos incurriendo en algo prohibido por Constitución, (...) que se establezca como un delito la forma de ser, la forma de pensar de cualquier ciudadano, de cualquier persona".

"Según lo expresado por el mismo estado en una comunicación oficial, parecería que estamos llegando a un derecho penal de autor, en donde se penaliza la persona por su forma de ser, por su apariencia, por tener tatuajes, aunque sean tatuajes artísticos" y esto es sumamente grave", indicó.

"Si la Constitución establece el principio de presunción de inocencia y está organizado todo el Estado de Derecho en este principio, en el respeto al debido proceso, en la práctica se está haciendo todo lo contrario", añadió.

"Se presume que una persona es culpable por vivir en ciertas zonas geográficas, por tener características físicas, por su forma de hablar" o vivir en zonas "económicamente deprimidas, con marginalización", sostuvo.

Afirmó que sí "es necesario que se investigue a toda persona que esté involucrada en crimen organizado, pero se está utilizando el poder del Estado de manera indiscriminada".

"La ciencia penal ha llegado a un grado de sistematización tal que ya hablamos de dogmática jurídico penal, pero esta figura de la flagrancia permanente es una figura que no existe en ningún país del mundo", subrayó.

Una escalada de homicidios a finales de marzo dio pie a que la Asamblea Legislativa, a petición del Ejecutivo del presidente Nayib Bukele, aprobara un régimen de excepción y lo ampliara ya en cinco ocasiones.

En este marco, las autoridades dicen haber detenido a más de 51.000 supuestos pandilleros, pero organizaciones humanitarias y la oficina del ombudsman han recabado más 6.400 denuncias de atropellos, principalmente de detenciones arbitrarias.

(c) Agencia EFE