Violaciones al principio internacional de no devolución en México

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Este 28 de julio se conmemoran 72 años de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 que, junto con el Protocolo de 1967, sentaron las bases de la protección internacional de las personas refugiadas.

Un principio central reconocido en esta Convención es el de No devolución, considerado como “piedra angular de la protección de los refugiados” para garantizar que ninguna persona sea devuelta al país en el que su vida, seguridad o libertad corren grave peligro; independientemente de si las personas ingresaron al país de solicitud de acogida de manera regular o no, o si ingresaron individualmente o de manera masiva.

En México, la Ley sobre refugiados, protección complementaria y asilo político reconoce este principio en su artículo 5, junto con los principios y criterios de No discriminación, Interés superior del niño, Unidad familiar, No Sanción por ingreso irregular y Confidencialidad.

Desde la sociedad civil hemos documentado los distintos obstáculos y barreras que enfrentan las personas en movilidad para solicitar refugio en México.

A la debilidad institucional de la COMAR para atender la creciente demanda de personas que son obligadas a salir de sus países de origen porque sus estados nacionales son incapaces de garantizarles protección, o bien, son sus persecutores; se suman violaciones sistemáticas para ejercer el derecho al refugio, como a ser informadas y auxiliadas por la autoridad migratoria para acceder a este derecho, la ausencia de intérpretes y de asistencia legal gratuita para llevar adecuadamente sus procesos, entre otras.

Barreras que se intensifican al limitar el ingreso de organizaciones de sociedad civil a las estaciones migratorias para brindar asesoría a las personas privadas de su libertad y la ausencia de mecanismos efectivos de coordinación con el Instituto Federal de Defensoría Pública para asegurar condiciones adecuadas que protejan a la población solicitante y garanticen su derecho al refugio y a la no devolución.

De acuerdo con las estadísticas de la Unidad de Política Migratoria (UPM), del 1 de enero del 2018 al 31 de mayo del 2023, más de medio millón de personas en contexto de movilidad (590,807) fueron “devueltas” por las autoridades migratorias mexicanas. De este total, 34, 841 fueron niñas, niños y adolescentes. Las entidades con más deportaciones fueron Chiapas (196,903), Veracruz (85,700) y Tabasco (68,015) en el sur de México, mientras que en el norte fueron: Tamaulipas (29,223), Sonora (26,335) y Coahuila (23,390). (Ver mapa interactivo).

Fuente: Elaboración propia con datos de la UPM

El análisis de estos datos, en un contexto de contención y expulsión provocado por política migratoria mexicana, nos permite asegurar que el gobierno mexicano incumple el principio de no devolución y otros estándares internacionales para la protección de las personas refugiadas, pues no hay certeza de que los eventos de deportación estén debidamente fundamentados, ni que los llamados eufemísticamente eventos de “retorno asistido” y de “retorno asistido de menores” hayan tomado en cuenta la situación de cada persona. Sabemos, por testimonios, que las personas devueltas, muchas veces firman un documento para retorno asistido no porque esa sea su decisión, sino porque no ven -o nunca les informaron- otra alternativa.

Estas cifras también son un indicador de la intensificación en las medidas de control migratorio que refuerzan las denuncias de la sociedad civil sobre las devoluciones en caliente al sur y al norte del país que violan la Convención del 51, pues no hay garantía de que las personas hayan recibido información adecuada y veraz para ejercer su derecho de solicitar la condición de refugio en México; que hayan recibido asistencia legal, y que se hayan considerado sus circunstancias individuales y/o vínculos familiares.

Y lo más grave, constatan que, al violarse este principio, se están violando y poniendo en riesgo otros derechos, como el derecho a la vida y a la seguridad personal, al ser “devueltos” a sus países de origen en donde su vida, seguridad o libertad corren grave peligro.

@RedodemMx