Suprema Corte México ratifica derecho al aborto en todo el país, allana camino para acceso federal

FOTO DE ARCHIVO: Una pancarta en la que se lee: "Aborto fuera del Código Penal" cuelga de un edificio durante el Día Internacional de la Mujer, en la Plaza del Zócalo en Ciudad de México

Por Gabriella Borter

CIUDAD DE MÉXICO, 6 sep (Reuters) - La Suprema Corte de Justicia (SCJ) de México derogó el miércoles una ley federal que penalizaba el aborto, reafirmando una sentencia anterior que declaraba inconstitucionales sanciones penales por abortar y abriendo la puerta para que el sistema federal de salud preste servicios.

El máximo tribunal mexicano declaró inconstitucionales las sanciones penales por aborto en 2021, pero la sentencia sólo se aplicaba al estado norteño Coahuila, donde se originó el caso.

Desde entonces, los 32 estados del país y el gobierno federal han tardado en modificar sus códigos penales en consecuencia.

El miércoles, La SCJ se puso del lado de los grupos de defensa del derecho al aborto en un recurso contra el código penal federal y declaró que el artículo de la ley nacional que penalizaba el aborto ya no podía estar vigente.

Según los defensores del derecho al aborto, la sentencia permitiría que el sistema federal de salud practique abortos, lo que podría ser cada vez más importante a medida que México estudia la centralización de los servicios de salud.

El grupo de defensa legal del derecho al aborto que presentó el caso celebró la decisión.

"Con esta resolución (...) cualquier institución de salud federal deberán brindar el servicio de aborto a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten", dijo el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) en un comunicado.

Un portavoz de la Secretaría de Salud, que supervisa los servicios en esa materia en todo el país, no respondió inmediatamente a una solicitud de comentarios.

El estado central Aguascalientes se convirtió en el duodécimo estado mexicano en despenalizar el aborto el mes pasado, cuando la SCJ dio la razón a GIRE en un recurso similar contra el código penal de ese estado.

(Reporte de Gabriella Borter; editado por Aurora Ellis; escrito por Adriana Barrera)