SAT pide a grandes contribuyentes revisar tasa del ISR

Leonor Flores

CIUDAD DE MÉXICO, febrero 1 (EL UNIVERSAL). - Como lo anunció en su Plan Maestro de 2023, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó las tasas efectivas que debieron declarar y pagar grandes contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los ejercicios fiscales de 2020 y 2021, es decir, durante los primeros dos años de la pandemia.

Se trata de la primera lista de la tasa efectiva que dio a conocer este martes para 40 actividades económicas de cinco sectores, que debe coincidir con la tasa del gravamen que las empresas declararon y enteraron al fisco en 2020 y 2021.

Es decir, que si pagaron una tasa menor a la efectiva que publicó ayer el SAT, tendrán que regularizar su situación presentando una declaración de impuestos complementaria para ponerse a mano o de lo contrario serán sujetos de una revisión.

Indicó que, con el objetivo de incentivar el cumplimiento voluntario, invita a los grandes contribuyentes a consultar la tasa efectiva del impuesto de la actividad económica a la que pertenezcan.

Lo anterior para que la comparen respecto a la que declararon en cada ejercicio señalado, y poder medir sus "riesgos impositivos" o en su caso corregir su situación mediante la presentación de una declaración complementaria.

Con ello, advirtió, minimizarían la posibilidad de que el SAT inicie una revisión profunda para comprobar el correcto cumplimiento de sus obligaciones.

De la lista destaca la tasa efectiva que debieron pagar los bancos en 2020 de 5.30%; si fue mayor a esa no tienen riesgo, pero si pagaron con una tasa abajo de ese nivel, están en problemas.

Para 2021, la tasa efectiva a pagar por los bancos según el SAT fue de 4.89%; mientras que para las casas de bolsa de 5.54% y 5.05%, para cada año.

La tasa efectiva del ISR considerada por el SAT para las empresas dedicadas al comercio al por mayor de perfumería es de 2.35% para 2020 y de 2.68% para 2021.

En tanto que las farmacias con minisúper debieron haber pagado una tasa efectiva del impuesto de 1.28% y 1.83% en cada año mencionado; sino tendrán que pagar la diferencia.

Otros sectores que se incluyen dentro de la lista son: industria del aluminio, industria de la minería de cobre, níquel, oro y plata, sofomes, empresas de venta de automóviles nuevos, aseguradoras, fabricación de tubos, entre otros rubros.