Renuncia Zaldívar a la Corte; inconstitucional, señalan especialista

CIUDAD DE MÉXICO, noviembre 8 (EL UNIVERSAL).- Arturo Zaldívar presentó este martes al presidente Andrés López Obrador su renuncia a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que, en el caso de que la acepte, sea turnada al Senado de la República para su aprobación.

"Durante los últimos 14 años he desempeñado el honroso cargo de ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En ese tiempo he impulsado importantes criterios jurisdiccionales y políticas públicas en beneficio de los derechos humanos de todas las personas, en especial de los más vulnerables.

"Sin embargo, considero que mi ciclo en la Suprema Corte ha terminado y que las aportaciones que puede realizar desde esta posición en la consolidación de un mejor país se han vuelto marginales", redactó Zaldívar Lelo de Larrea en la carta que envió al Jefe del Ejecutivo federal.

Agregó que es de la mayor importancia sumarse a la consolidación de la transformación de México, desde los espacios que le brinden la oportunidad de tener incidencia en la construcción de un país más justo y más igualitario, en el que sean prioridad quienes menos tienen y más lo necesitan.

"Espero poder seguir colaborando hacia el México que todos soñamos… con fundamento en el artículo 98, tercer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito respetuosamente acepte mi renuncia al cargo de ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que, en su caso, se sirva turnar al Senado de la República para su aprobación. Reciba un cordial saludo con mi más alta consideración y estima", enfatizó Zaldívar Lelo de Larrea.

Abogados constitucionalistas consultados por EL UNIVERSAL consideraron como inconstitucional la renuncia del ministro al no justificar la causa grave y señalaron que no debería ser admitida por el Jefe del Ejecutivo federal, "aunque sabemos que sí lo hará", dijeron.

Francisco Burgoa, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), recordó que lo mismo ocurrió con Eduardo Medina Mora, quien también presentó en la actual administración su renuncia, pero no justificó la causa grave.

"No tiene ningún sentido jurídico que renuncie al más alto cargo que un abogado puede tener, menos cuando estamos hablando que le falta un año. Lo único que provoca es una animadversión hacia él… la dignidad que le quedaba se le está viniendo abajo por un tema político.

"Porque jurídicamente fue nombrado por 15 años y concluiría en noviembre de 2024, le quedaba un año; presenta su renuncia, pero no argumenta o justifica una causa grave y la Constitución es muy clara", refirió.

El abogado abundó que esta situación no afecta a la Corte en el sentido de que en las últimas votaciones donde se ha requerido una mayoría calificada de cuando menos ocho votos se ha mantenido en defensa de la Constitución.

Tito Garza Onofre, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, detalló que pareciera una estrategia orquestada para dejarle una posición a López Obrador, antes que la próxima persona ocupe la Presidencia de la República.

Y nombrar a un nuevo ministro durante los próximos 15 años es algo excepcional e inconstitucional.

Indicó que las renuncias no deben tomarse a la ligera y menos para buscar un puesto político.

Garza Onofre también manifestó que la propia Constitución refiere que se requieren por lo menos dos años para que una persona que se desempeñó como funcionario judicial pueda ejercer un cargo público.

"Tenemos que entender que existen reglas del juego y que Zaldívar no puede ser juez y parte, y no hay manera de defender esto. La Constitución es muy clara, no se puede renunciar como si fuera cualquier otro trabajo. La Corte tiene plazos fijos de 15 años precisamente para salir de las coyunturas e ir más allá del poder político en turno y del Presidente que los haya propuesto", enfatizó.

Arturo Espinosa Silis, abogado y consultor en temas electorales y constitucionales, expresó que es un tema en el que se gana políticamente y se profundiza el discurso de la necesidad de reformar el Poder Judicial de la Federación.

"A Zaldívar sólo le quedaba un año… Se habilita para ocupar un cargo en un par de años en la fiscalía o en la Secretaría de Gobernación y le permite a Andrés Manuel López Obrador nombrar a un quinto ministro adicional para apuntalar algunos temas que le interesan, por ejemplo, los fideicomisos, y se gana en el discurso de la necesidad de reformar al PJF y también en la posibilidad de nombrar a un ministro afín durante los próximos 15 años", señaló.

Javier Martín Reyes, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, dijo que es inconstitucional la renuncia porque el artículo 98 en el párrafo tercero dice que la renuncia sólo procederá en casos graves y tiene que ser aprobada por el Presidente y el Senado, porque son los que ellos designan, y esto busca independencia y perfiles con la autonomía necesaria.

Dijo que la carta de Zaldívar es clara al señalar que su ciclo en la Corte ha terminado. "Es claro que se suma a Morena", aseveró.

¿Qué sigue?

Luego de que este martes Arturo Zaldívar Lelo de Larrea presentó al presidente Andrés Manuel López Obrador su renuncia como ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Ejecutivo deberá analizar sí la acepta y, en su caso, la enviará al Senado de la República para su eventual aprobación.

El artículo 98 de la Constitución Política señala que las renuncias de los ministros del Máximo Tribunal sólo procederán por "causas graves":

"Artículo 98. Cuando la falta de un ministro excediere de un mes, el Presidente de la República someterá el nombramiento de un ministro interino a la aprobación del Senado, observándose lo dispuesto en el artículo 96 de esta Constitución. Si faltare un ministro por defunción o por cualquier causa de separación definitiva, el presidente someterá un nuevo nombramiento a la aprobación del Senado, en los términos del artículo 96 de esta Constitución.

"Las renuncias de los ministros de la Suprema Corte de Justicia solamente procederán por causas graves; serán sometidas al Ejecutivo y, si éste las acepta, las enviará para su aprobación al Senado".

El artículo 96 detalla que para nombrar a los ministros el Presidente someterá una terna a consideración del Senado, el cual, previa comparecencia de las personas propuestas, designará al ministro.

Se indica que la designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, dentro del improrrogable plazo de 30 días.

Se advierte que si el Senado no resolviera dentro del plazo ocupará el cargo la persona que dentro de la terna designe el Presidente.

"En caso de que la Cámara de Senadores rechace la totalidad de la terna propuesta, el Presidente de la República someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior".