Permite INE reelección de legisladores acusados

CIUDAD DE MÉXICO, septiembre 21 (EL UNIVERSAL).- Los legisladores que hayan cometido violencia política de género podrán aspirar a la reelección en el Congreso, a menos de que la sanción señale explícitamente el impedimento de ocupar un cargo de elección popular, determinó el Instituto Nacional Electoral.

Además, estableció que los partidos políticos nacionales deberán valorar la postulación de personas inscritas en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, aunque no será un impedimento para buscar

la candidatura.

Sin embargo, puntualizó que no podrán postularse personas con sentencia firme por delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo sicosexual, por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual y por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.

Lo anterior está contemplado en los lineamientos para la elección consecutiva de diputaciones y senadurías en el proceso electoral de 2024.

Si bien no es obligatoria la separación del cargo, deberán notificar su intención de reelegirse tanto al INE como a la respectiva cámara del Congreso, por conducto de su Secretaría General y su Junta de Coordinación Política, así como a la dirigencia de su partido.

El INE también podrá negar el registro de la candidatura o cancelarla en caso de determinar que los legisladores utilizaron módulos de atención ciudadana u oficinas para llevar a cabo actividades que pudieran constituir irregularidades o ilícitos que incidan en la equidad de la contienda. Además, está prohibido que un módulo de atención u oficina de gestión de un legislador se adecue o utilice para actividades proselitistas.

En caso de que decida abrir una oficina específica para su actividad proselitista, deberá informar al INE sobre su ubicación, los servicios a proporcionar, horarios de atención, fuentes de financiamiento para el sostenimiento de dichas instalaciones y el personal que laborará en dicha oficina.

Los legisladores que decidan contender por la elección consecutiva deberán hacerlo por la misma entidad federativa, distrito electoral federal o circunscripción por la cual fueron electas.

Podrán buscar la reelección por un partido diferente al que los postuló en la elección pasada, con la condición de haber renunciado a su militancia o grupo parlamentario a más tardar en la mitad de su periodo.