Por omisiones de la Defensoría Pública, juzgado desecha amparo de mujeres del Cefereso 16 que buscaban atención psicológica

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Un juez desechó un amparo con el que 42 mujeres privadas de la libertad en el Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) 16 de Morelos buscaban atención médica psicológica después de que se registraron presuntos suicidios cometidos dentro del penal.

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La resolución de Salvador Flores Martínez, juez sexto de distrito en el Estado de Morelos, determinó que hubo omisiones por parte del personal del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), entre ellas, que la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos del IFDP no presentó  “peticiones administrativas”. 

De acuerdo con la Ley Nacional de Ejecución Penal, dichas peticiones son un mecanismo de control a través del cual las personas privadas de su libertad, sus familiares o sus defensores públicos pueden reclamar, sin mayores formalismos, ante la autoridad penitenciaria las omisiones que, a su vez, hayan cometido respecto a sus condiciones de internamiento que vulneran sus derechos, cosa que el IFDP no hizo. 

En el Cefereso 16 se detectaron 161 conductas de riesgo suicida. Con esta cifra dicho centro federal encabeza la lista a nivel nacional solo en 2020.
En el Cefereso 16 se detectaron 161 conductas de riesgo suicida. Con esta cifra dicho centro federal encabeza la lista a nivel nacional solo en 2020.

¿Qué ocurrió en el Cefereso 16 de Morelos?

En octubre de 2023, Animal Político y la organización CEA Justicia Social presentaron El cementerio de las vivas: el turbio negocio del Cefereso 16 de Morelos donde se detalla cómo una intoxicación masiva en el Cefereso 16 exhibió graves violaciones a derechos humanos de las internas y con ello el traslado de cientos de ellas -ordenado desde el Gobierno Federal- desde otros estados del país para llenar esta cárcel privada, alejándolas de sus familias y defensa legal.

Un mes después, en noviembre de 2023, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) informó sobre 8 supuestos suicidios de mujeres privadas de la libertad ocurridos dentro del Cefereso 16, mejor conocido como “CPS Femeninos de Morelos”.

A través de una nota informativa, la dependencia que encabeza Rosa Icela Rodríguez informó que la Fiscalía General del Estado de Morelos ya se encargaba de las investigaciones para determinar la causa de los hechos y el deslinde de responsabilidades.

Sin embargo, días después, el IFDP pidió a la Fiscalía General de la República (FGR) investigar los supuestos suicidios ocurridos en el Cefereso 16 como feminicidios, pues señaló que al ser hechos violentos cometidos dentro de una cárcel exclusiva para mujeres se debían indagar los fallecimientos bajo el protocolo de este delito. 

Según el organismo, la petición se dio luego de que el 28 de noviembre realizaron una visita al penal para documentar las condiciones en las que se encuentran las mujeres, principalmente en temas de salud mental, día en el que ocurrió un caso más de presunto suicidio. 

Dos meses después, el 9 de enero de 2024, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación en la que mencionó que 13 mujeres fueron las que cometieron suicidio dentro del Cefereso 16 de Morelos, mismas que no recibieron atención psicológica previa.

 Además, concluyó que hubo una “inadecuada” investigación en los casos por parte de la Fiscalía de Morelos, por lo que los casos pasaron a la Fiscalía General de la República (FGR); sin embargo, hasta el momento no ha dado a conocer avances.

Cefereso 16 de Morelos
El Cefereso 16 de Morelos es el único penal federal construido solo para mujeres. Foto: CNDH

¿Por qué el juez desechó el amparo?

El 1 de diciembre de 2023, la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura interpuso una demanda de amparo en favor de 42 mujeres del Cefereso 16 reclamando la actuación omisa y las fallas en la operación, supervisión, coordinación y diseño institucional que a su consideración han impactado en la falta de atención médica, psicológica y psiquiátrica, con perspectiva psicosocial, para las internas de dicho penal. 

Sin embargo, en su resolución, el juez Flores Martínez señaló que entre las fallas del IFDP también se encuentran que utilizó la expresión “la omisión de garantizar el derecho a la vida, a la integridad y a la salud” de las internas, lo que al parecer del juez se trató de expresiones “calificativas” por parte de la Secretaría Técnica, pero no a “dichos actos y omisiones en particular”. 

cefereso 16 cps femenil
Foto: Pixabay

Sobre las llamadas “peticiones administrativas”, que pueden tramitarse con carácter de no urgentes y urgentes, el juez concluyó que no se encontró “constancia o manifestación” de la que se pudiera concluir que la Secretaría Técnica promoviera dicho mecanismo de control ante la autoridad penitenciaria, por lo que determinó desechar la demanda de amparo promovida por dicho órgano. 

“El citado mecanismo de control previsto en la Ley Nacional de Ejecución Penal constituye un medio de defensa sencillo, rápido y eficaz por medio del cual la persona privada de la libertad puede reclamar omisiones inherentes a sus condiciones de internamiento, por lo que antes de acudir al juicio de amparo indirecto, debe agotarse dicho mecanismo y los medios de impugnación previstos en su contra por la ley referida”, señala la sentencia

Animal Político buscó al IFDP e informó que impugnarán la resolución del juez ante un Tribunal Colegiado, quien resolverá si confirma la resolución o la revoca. 

CEA pide atención médica y legal para las internas

La organización CEA Justicia Social presentó una solicitud de medidas cautelares en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para solicitar al Estado mexicano atención médica, asistencia legal y supervisión internacional para las reclusas.

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La atención médica es con el objetivo de garantizar servicios médicos generales y especializados, suficientes, continuos y permanentes para las mujeres privadas de libertad; la asistencia legal para pedir presencia continua de las personas defensoras públicas del IFDP en el penal para la prestación de servicios legales a la totalidad de las mujeres. 

Mientras que la supervisión internacional es para que el Estado invite y facilite a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas en México el ingreso al penal, en cualquier momento y con la mayor libertad posible, para documentar las condiciones de internamiento de las internas. 

Cefereso 16
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