OEA respaldó a México tras asalto a su embajada en Ecuador, no lo condenó por dar asilo político

La Organización de Estados Americanos (OEA) no “sancionó y condenó” a México por dar asilo a “delincuentes sentenciados”, contrario a lo que asegura una imagen  compartida más de 1.300 veces en redes sociales desde el 2 de mayo de 2024. La pieza gráfica circula luego de que el 5 de abril la policía irrumpiera en la embajada mexicana en Quito y capturara al ex vicepresidente de Ecuador Jorge Glas, que estaba asilado en la sede diplomática. En realidad, la OEA condenó “enérgicamente” el asalto a la embajada y respaldó al país norteamericano.

Equipazo de abogados que defendió al Ecuador felicitaciones. La OEA no sancionó al ECUADOR pero sí sancionó y condenó a MÉXICO , por permitir que en las embajadas la utilicen para dar asilos a delincuentes sentenciados”, dice un texto sobre una imagen, que retrata a un grupo de personas en una escalera, compartida en Facebook (1, 2), X y TikTok.

En la parte inferior de la fotografía se ve una fecha: “01-05-2024”.

La gráfica también llegó al WhatsApp de AFP Factual, al que los usuarios pueden enviar contenido visto en redes sociales si dudan de su veracidad.

<span>Captura de pantalla de una publicación en X, hecha el 3 de mayo de 2024</span>
Captura de pantalla de una publicación en X, hecha el 3 de mayo de 2024

Ecuador y México enfrentan una crisis diplomática luego de que la Policía Nacional de Ecuador irrumpiera en la embajada mexicana en Quito para detener al ex vicepresidente Jorge Glas (2013-2017), sentenciado por corrupción.

La acción generó el rechazo de la comunidad internacional y otras organizaciones multilaterales, entre ellas la OEA.

El 11 de abril, México demandó a Ecuador ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en La Haya. La acción judicial busca suspender a Ecuador como integrante de la ONU en tanto no emita una disculpa pública. El país respondió con una demanda ante la CIJ el 29 de abril, por otorgar asilo al exfuncionario.

Origen de la imagen

Una búsqueda inversa de la fotografía que se ve en la publicación condujo a una publicación en Instagram del medio ecuatoriano Radio Centro hecha el 1 de mayo de 2024.

El titular que acompaña a la imagen dice que las personas de la foto son la “delegación que defendió a Ecuador ante México en la Corte Internacional de Justicia [CIJ]”. No se menciona que tengan relación con la OEA.

Según se indica en la descripción, Ecuador contrató a cuatro abogados “con amplia experiencia en casos ante la CIJ para defender la incursión de las autoridades ecuatorianas en la embajada de México con el fin de capturar a Jorge Glas”. Entre ellos se encuentran Michael Wood, Sean Murphy, Alfredo Crosato, Omri Sender, Andrés Terán y Ana María Larrea.

Una búsqueda en Google con las palabras clave “OEA”, “embajada de México” y “Ecuador” llevó a la última resolución de la institución sobre el conflicto diplomático, publicada en X el pasado 10 de abril.

El texto condena “enérgicamente” la irrupción policial en la sede diplomática y los “actos de violencia ejercidos en contra de la integridad y la dignidad del personal diplomático de la misión”.

También se reafirma la obligación de los Estados de velar por el respeto de los privilegios e inmunidades de las misiones diplomáticas y del principio de inviolabilidad, a respetar la Convención de Viena y la Convención de Asilo Diplomático de 1954 y exhorta a los países involucrados a “tomar acciones inmediatas” para resolver el conflicto.

Un rastreo adicional con las mismas palabras clave en el sitio web de la OEA, restringido a publicaciones posteriores a la fecha del asalto, no condujo a pronunciamientos en contra de México.

Una nueva búsqueda en Google con las palabras clave “OEA” y “asilo político”, restringida al sitio web del organismo, no mostró ningún pronunciamiento de la institución sobre concesiones de asilo político particulares.

La OEA y las sanciones

La docente en la Escuela de Relaciones Internacionales del Instituto de Altos Estudios Nacionales de Ecuador, Katalina Barreiro, explicó a AFP Factual que lo que la OEA hizo fue condenar la irrupción en la embajada de México, aunque no sancionó a Ecuador.

Por su parte, el abogado internacionalista y experto en resolución de conflictos, Roberto Beltrán, dijo a la AFP el 6 de mayo que la OEA no sancionó a México, por el contrario, rechazó el ingreso a su sede diplomática en Quito, al que consideró “desmedido”, y llamó a Ecuador y a todos los Estados miembros a respetar las instalaciones diplomáticas.

Asimismo, el internacionalista Esteban Santos explicó a la AFP que la OEA es “el foro natural de solución de controversias diplomáticas” y que no tiene las funciones propias de una corte. “Lo máximo que podría hacer la OEA es separar a uno de sus Estados miembros, que no fue el caso de Ecuador”, señaló.

El especialista resaltó que la resolución del 10 de abril da dos “guiños” a favor de la posición de Ecuador al mencionar el artículo 16 de la Convención sobre Funcionarios Diplomáticos de febrero de 1928: “Uno, por ejemplo, con el hecho de que no se puede dar un asilo a personas condenadas por delincuencia común y dos, que se debe hacer un buen uso de las delegaciones diplomáticas”. Sin embargo, reiteró que el organismo es solo un foro para solventar impases y controversias de orden diplomático.

Consultado por la AFP el 8 de mayo, el abogado Héctor Pérez Rivera, socio del bufete Pérez Rivera, Salas & Peña, explicó que la OEA señala a través de comunicados cuando una situación le parece preocupante. No se presentó una sanción a México porque la OEA no es un tribunal, solo puede hacer manifestaciones políticas.

Sobre si la OEA ha hecho pronunciamientos anteriores vinculados al asilo político, el especialista recalcó que es un derecho de los países dar asilo a quien desee y citó el artículo 22, numeral 7, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos:

Toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero en caso de persecución por delitos políticos o comunes conexos con los políticos y de acuerdo con la legislación de cada Estado y los convenios internacionales”.

La oficina de prensa de la OEA compartió a la AFP la resolución del 10 de abril, “la última y única decisión” sobre el tema, y aclaró que la Carta Democrática Interamericana, que rige las funciones y competencias de la organización, contempla que la institución puede suspender a un país de su pertenencia solo en el caso de que se considere que hubo una “ruptura del orden constitucional”.

Por otro lado, la Secretaría de Relaciones Exteriores de México dijo a la AFP el 8 de mayo que en la reunión celebrada en la OEA, posterior al asalto, se llegó a una resolución que reconoce la obligatoriedad de la Convención de Viena, “tanto del uso de la embajada para funciones diplomáticas (como albergar a un asilado), como de la inviolabilidad de la embajada y de su personal diplomático”.

Referencias

10 de mayo de 2024 Agrega cuarto párrafo.