Normativa electoral venezolana permite ingresar a los centros de votación con teléfonos celulares

Es falso que no se permitirá el ingreso con teléfonos celulares a los centros de votación en Venezuela durante las elecciones del 28 de julio de 2024. Publicaciones compartidas más de 3.600 veces en redes sociales días antes de los comicios difunden una placa con el logo del Consejo Nacional Electoral que informa sobre la presunta prohibición, en virtud de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Pero expertos consultados por AFP Factual aclararon que la gráfica malinterpreta la norma, que establece que no se pueden usar celulares durante el acto de votación.

Operación República 2024. Nadie podra entrar con celulares a los centros electorales”, se lee en la supuesta gráfica, que también contiene el logo de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) de Venezuela, y fue compartida en TikTok y Facebook (1, 2).

<span>Captura de pantalla de una publicación en Facebook, hecha el 25 de julio de 2024 </span>
Captura de pantalla de una publicación en Facebook, hecha el 25 de julio de 2024

La llamada Operación República 2024, a la que se adjudica el mensaje viral, consiste en el despliegue de funcionarios militares que cumplirán labores de acompañamiento logístico y de seguridad durante las elecciones presidenciales del 28 de julio.

Los comicios definirán la permanencia en el poder de Nicolás Maduro por seis años más, o bien el inicio de la gestión de su principal rival de la oposición, Edmundo González Urrutia, representante de la líder inhabilitada María Corina Machado.

Gráfica falsa

La imagen viral cita el artículo 292 del reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Según indica, ningún votante “podrá utilizar en el acto de votación” equipos fotográficos o equipos electrónicos audiovisuales.

Una búsqueda inversa de la imagen en Google permitió hallar un mensaje en X del comandante general de la GNB, Elio Estrada Paredes, quien aclaró que la gráfica es falsa.

Una búsqueda en Google con las palabras clave “prohibición”, “votación” y “teléfonos” condujo a una publicación en X del periodista y experto electoral Eugenio Martínez, en la que indica que el contenido viral es una “mala interpretación” de la norma. Si bien la ley no permite filmar o fotografiar el acto de votación, no limita el ingreso de personas con teléfonos al centro.

Contactado por AFP Factual el 26 de julio, el especialista comentó que una restricción de este tipo afectaría el trabajo de testigos y observadores, quienes necesitan reportar incidencias en tiempo real y, al final del proceso, escanear el código QR que permite descargar el resumen del acta de escrutinio. La prohibición impediría, por ejemplo, transmitir los resultados a los centros de cómputo.

Por su parte, el sociólogo y director del Observatorio Electoral Venezolano, Ignacio Ávalos, aclaró a la AFP que no existe la restricción que se menciona en la placa viral. “A los efectos del trabajo es imposible que los miembros o los testigos no puedan usar el celular”, comentó.

Referencias

  • Reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales

  • Mensaje en X del comandante de la GNB