Movilidad social y elitismo educativo

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Recientemente, aunque de manera poco desordenada e inesperada, se dio en México un debate nacional sobre pobreza, desarrollo y movilidad social. Dicho debate, derivado del contexto electoral que ya es imperante en nuestro país, dejó ver que las historias de movilidad social llaman la atención más por excepcionalidad que por su cotidianidad. Un debate bienvenido, pues podría poner en el centro de la discusión la apremiante necesidad de revertir las diferencias estructurales que hacen ver en los casos de éxito historias novelescas de superación personal y lucha contra la adversidad, más que un resultado de políticas y acciones gubernamentales para sociedades más justas.

Dentro de ese efímero debate, diversas voces resaltaron un elemento común en el debate sobre el desarrollo y la movilidad social que es el papel que la educación puede jugar como un elemento para el ascenso social. Por eso, es relevante revisar un debate interesante que se suscitó en Estados Unidos unas semanas antes, derivado de la decisión de la Suprema Corte de Justicia en el caso conocido como Estudiantes por una Admisión Justa contra la Universidad de Harvard (SFFA vs Harvard). 1

En dicho fallo, la Suprema Corte de Justicia expresó que las acciones afirmativas en el proceso de admisión en la Universidad de Harvard violaban las cláusulas de protección igualitaria de la Catorceava Enmienda de la Constitución de los Estado Unidos de América. Es decir que, de acuerdo a la Suprema Corte de ese país, utilizar el factor racial como uno de los elementos a considerar en el análisis de la postulación de una persona a la Universidad de Harvard era inconstitucional.

Esta discusión llevaba varios lustros en el debate de las cortes e instancias judiciales de Estados Unidos. Para este caso, los Estudiantes por una Admisión Justa (SSFA por sus siglas en inglés) iniciaron en 2013 una acción legal en la Corte de Distrito de Boston contra la Universidad de Harvard, alegando que el proceso de admisión contenía un sesgo racial que afectaba negativamente a la comunidad asiática en el ingreso a esa universidad, favoreciendo a la comunidad identificada como blanca, lo que -argumentaban- era contrario al Acta de Derechos Civiles (1964).

Tras la revisión de los elementos presentados tanto por la SFFA y por la Universidad de Harvard, la Corte de Distrito en Boston dictó en 2019 que no había evidencia suficiente para argumentar que el proceso llevaba un ánimo discriminador o en prejuicio consciente, y que los postulantes asiáticos parecían no cumplir con los requisitos que buscaba la Universidad de Harvard y que sí estaban presentes en los postulantes blancos. Esta resolución fue ratificada por la Corte de apelaciones de Primer Circuito en 2019. Ante esto, al SFFA solicitó en 2021 que la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos de América conociera del caso.

En su resolución emitida en junio de 2023, la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos de América decidió que las acciones afirmativas de la Universidad de Harvard, en donde se consideraba la raza como un factor para que grupos minoritarios pudieran ingresar a la licenciatura, era inconstitucionales. Además, revirtió las decisiones de los casos de referencia anteriores revisados por esa Suprema Corte, en la cual se garantizaba el uso de factores raciales como elementos que permitieran a grupos minoritarios que se contara con su raza, aunado a otras características personales, como un elemento de acción afirmativa para el ingreso a la universidad. 2

La Universidad de Harvard, de manera inmediata y poco usual, emitió una serie de declaraciones a estudiantes en activo y exalumnos destacando dos elementos: que cumplirían el mandato de la Suprema Corte, pero que buscarían elementos para mantener la pluralidad en la comunidad de la Universidad. 3 Sin embargo, la decisión de la Suprema Corte había corrido como pólvora por toda la nación estadounidense, atizada por declaraciones de actores políticos de primer nivel de aquella nación que crearon un debate falaz. Entre estas declaraciones destacan aquellas hechas por el Presidente de los Estados Unidos de América, John Biden, quien declaró que “necesitamos mantener abierta la puerta a las oportunidades. Necesitamos recordar que la diversidad es nuestra fuerza”. Mientras que el expresidente Donald Trump dijo que “este es un gran día para los Estados Unidos de América. Las personas con habilidades extraordinarias y que cuentan con lo necesario para el éxito han sido recompensadas”. 4

Si bien la evolución de las decisiones de la Suprema Corte de Justicia merece en sí mismo un análisis jurídico, es importante destacar una serie de elementos que puede servir para tender los debates en otros contextos de manera comparada. Primeramente, si bien ilustrativas, estas declaraciones no dejan ver el verdadero centro del debate sobre el papel de la educación universitaria en las oportunidades de desarrollo de las personas, ya que son más el reflejo del ambiente político altamente polarizado que predomina actualmente en la sociedad estadounidense. Pero a su vez reflejan muchas de las falacias que existen en el debate de acciones afirmativas que permiten el acceso a la educación a diversos grupos sociales desfavorecidos.

El caso de Estados Unidos es ilustrativo ya que en el centro de su génesis como nación se conjuró la idea de que era el país de las oportunidades, el llamado “sueño americano”; un lugar donde no importando el origen y antecedentes, cualquier persona podría encontrar el sendero del éxito con el solo hecho de proponérselo. De aquí que siempre se ocuparan ejemplo de personas que habían logrado vencer la adversidad y lograr éxitos personales “haciéndose a sí mismo” o a través del esfuerzo individual. Esto ha llevado a idealizar las historias personales de los “underdogs” que inundan las librerías, los documentales televisivos o las películas hollywoodenses, haciendo creer que es suficiente el mérito personal y que las estructura económica, laboral y social no es determinante.

El mito del sueño americano, donde bastaba el trabajo duro, coraje y determinación para que cualquiera pudiera prosperar y alcanzar el éxito se extendió como un elemento casi definitorio de la democracia estadounidense, pero que encuentra poca referencia en la realidad. Debe reconocerse que las estructuras económica y laboral en Estados Unidos recompensan la ambición personal de las personas (sobre todo si es ésta empresarial). Esto se une a una serie de garantías políticas y sociales que dan base al liberalismo político estadounidense, que en realidad favorecen el liberalismo económico, la lógica de libre mercado. Es decir, la ambición es la base del sistema y este es protegido a través de una serie de estructuras que lo premian. Sin embargo, existe una gran salvedad a este principio: este se mantendrá siempre y cuando no atente contra el status quo, el cual se entiende en los “derechos ganados” por ciertas comunidades o grupos sociales, los cuales se entienden como “la mayoría” y, por ende, los derechos de grupos minoritarios pueden encontrar cabida en la medida que no atenten contra el del grupo social “mayoritario”. 5

Resultado de lo anterior es que en Estados Unidos hay una movilidad social relativamente baja, derivada principalmente de que las clases ricas tienen mayor acceso a escuelas superiores en una economía donde el salario es mayor para los trabajadores educados y donde la mayor presencia de afroamericanos y mujeres en la fuerza laboral, a lo largo de los años, sigue siendo en cargos con menos rango, autoridad, oportunidad de avance y salario que los hombres y los blancos. Es decir, que el sueño americano es exclusivo para ciertos grupos mayoritarios y limitado para los grupos minoritarios.

De ahí que sea importante mantener y defender acciones afirmativas, pero sobre todo comenzar cambios estructurales que garanticen el acceso a la educación, sobre todo a la educación superior, la cual funciona en sociedades con baja movilidad social como la mexicana 6 y la estadounidense casi como el único elemento catalizar de movilidad social para ciertos grupos minoritarios. 7

Sin embargo, muchas de las acciones gubernamentales que se hacen bajo el supuesto de la educación como elemento para la movilidad social no logran reconocer que no solo es la educación y el nivel de esta el que funciona como catalizador, sino que también debe de venir aparejada con ciertas características que permita un elemento diferenciador de otras ofertas educativas, así como una serie de elementos que acompañan la experiencia formativa —redes académicas, laborales y sociales; reducción de costos de entrada a comunidades epistémicas, elementos reputacionales, entre otros. Es decir, lo que se llama educación “de calidad” no solamente es una cuestión de elementos relacionados con el tipo de adiestramiento, sino también con la experiencia de estar en ese entorno y los elementos estructurales que permiten tomar ventaja de ese conocimiento.

También es necesario tomar en cuenta que la educación, por sí misma, no es la llave mágica a la movilidad social, sino en cómo esta se relaciona con el mercado laboral. Por lo que no solamente debe pensarse en acciones afirmativas para el ingreso a la educación superior, debe de trabajarse desde estados tempranos de la educación para que las personas adquieran conocimientos y habilidades que les permita ingresar a educación competitiva. Pero a su vez también que se tenga una relación entre la educación y el mercado laboral que permita opciones de desarrollo laboral que materialice una movilidad ascendente para las personas que vienen de grupos desaventajados. Es decir, propiciar un cambio estructural, que en un momento no haga necesaria las acciones afirmativas.

En este momento de desigualdad estructural en nuestras sociedades, mantener requisitos a la entrada a la educación que se ha reservado a algunos grupos sociales privilegiados, en la defensa del esfuerzo personal como motor del desarrollo social, es una falacia, ya que esta no reconoce los puntos de origen o las facilidades estructurales con las que nacen o se desarrollan los individuos. Es decir, competencia igual a grupos con antecedentes distintos es en el fondo una competencia desigual, lo que va en contra del principio de equidad. No se trata de suprimir o eliminar requisitos, sino reconocer que nuestras sociedades son desiguales y que se necesitan de elementos niveladores que permitan, entonces sí, a los individuos desarrollar sus capacidades. Preservando tradiciones mal reconocidas como derechos ganados de la mayoría, se corre el riesgo de aumentar las diferencias sociales, lo que eventualmente se puede convertir en tensiones sociales que no encuentran espacios para su canalización.

Por ello debe destacarse en el debate que las oportunidades para las personas que pertenecen a grupos minoritarios redundan en beneficios no solo personales, sino también para sus comunidades de origen, así como para la sociedad en general. Aquellas personas que se benefician de ellas suelen trabajar para el beneficio de sus comunidades de origen, además de realizar esfuerzos para preservar o ampliar las opciones para que otros con sus mismos antecedentes puedan beneficiarse de esas oportunidades.

Las universidades se benefician también de mantener una pluralidad en sus comunidades, pues no solo permiten a sus estudiantes conocer diferentes personas con diferentes orígenes y experiencias de vida, sino también convivir y respetar diversidad de opiniones, y con ello conocer un mayor abanico de opciones para ofrecer alternativas reales de soluciones a los problemas de la humanidad. Es decir, son mejores universidades en la medida que tienen una composición plural, además de que refuerza la cohesión social y facilita la integración social y combate el extremismo.

La protección de los derechos de las minorías a la educación que en unos casos se ha reservado a algunos grupos sociales privilegiados no es una lucha solamente de principios o ideales políticos. La educación plural es, en el fondo, la comprensión, el respeto y el diálogo entre los distintos grupos culturales, a través del reconocimiento del “otro” y sus derechos. A su vez entender que “mis derechos” no pueden atropellar los derechos y oportunidades de otros. Las universidades también deben de defender y encontrar formas de garantizar, pero todos los sectores del Estado (gobierno, sector privado y organizaciones sociales) deben de buscar reformas estructurales y así crear las bases para sociedades justas, inclusivas e igualitarias.

* Cristopher Ballinas Valdés (@crisballinas) es Doctor en Ciencia Política por la Universidad de Oxford. Cuenta además con estudios en la Escuela John F. Kennedy de Gobierno de la Universidad de Harvard; la Universidad de California – San Diego; la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales – México; y la Universidad Nacional Autónoma de México, donde se graduó con Mención Honorífica y fue condecorado con la Medalla Gabino Barreda.

 

1 Students for Fair Admissions v. Harvard, 600 U.S-2023 disponible aquí.

2 El antecedente que se utilizaba como base era el Caso Regents of the University of California v. Bakke, 438 U.S. 265 (1978), en el cual se alegaba que el “trato preferencial” a ciertas minorías podía reducir las oportunidades educacionales de la comunidad blanca sin violar la constitución. En ese momento, la decisión de la Suprema Corte fue a favor de mantener las acciones afirmativas a favor de minorías raciales de país, pero sin que se permitieran cuotas raciales. Así como el caso Grutter v. Bollinger, 539 U.S. 306 (2003) donde la misma Suprema Corte decidió que las acciones afirmativas no violaban la Catorceava Enmienda de la Cláusula de Protección Igualitaria, mientras se tomaran en cuenta otros factores también para la evaluación de cada postulante.

3 En la carta remitida a alumnos y exalumnos el presidente a la Universidad de Harvard, Lawrence S. Bacow, junto con los miembros del cuerpo administrativo, declaró que “reafirmamos el principio fundamental que la enseñanza, aprendizaje, e investigación profundas y transformativas depende de una comunidad compuesta de diferentes orígenes, circunstancias, perspectivas y experiencias […] el cambio requiere debate, desacuerdos, diversidad y diferencia como un elemento esencial para la excelencia académica”[…] Harvard debe ser siempre un lugar de oportunidad, un lugar donde las puertas deben de permanecer abiertas para aquellas que las han visto cerrado por mucho tiempo, y donde muchas personas tienen la oportunidad de vivir el sueño qui sus padres y abuelos no pusieron siquiera soñar”.

4 Por su parte, el expresidente Barak Obama declaró que “como cualquier política, las acciones afirmativas [para el proceso de admisión a la Universidad de Harvard] no era perfecta. Sin embargo, permitió a generaciones de estudiantes como a Michelle [Obama] y a mí demostrar que pertenecíamos a esa universidad. Ahora está en nosotros dar las oportunidades que merecen esos jóvenes estudiantes, así como lograr que los estudiantes en cualquier contexto se beneficien de nuevas perspectivas”. Una colección de declaraciones de diversas personas puede encontrase en Bernstein, Sharon (2023) “Affirmative action: Reactions to the US Supreme Court ruling”, Reuters, 29 de junio de 2023; disponible aquí.

5 Esta es la principal tesis de Alexis de Toqueville en su análisis sobre la democracia estadounidense (Democracy in América, Londres, Saunders and Otley, 1835). Al final concluye que las “revoluciones” estadounidenses no democratizaron al país y que la entendida “mayoría” es la encargada de crear las opciones de decisiones públicas y políticas.

6 De acuerdo al Centro de Estudios Espinosa Yglesias, 74 de cada 100 personas que nacen en la parte más baja de la escalera social durante su edad adulta no logran superar la condición de pobreza mientras que únicamente tres logran ascender al escalón más alto.

7 Una investigación presentada tan solo unos días antes de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos de América, mostró que las personas estadounidenses están cada vez más opuestos a las acciones afirmativas que consideran la raza y la etnicidad como un factor en los procesos de admisión. Cfr. Pew Research Center, June 2023, “More Americans Disapprove Than Approve of Colleges Considering Race, Ethnicity in Admissions Decisions”; disponible aquí.