Jueza: viuda de militar debe recibir pensión

CIUDAD DE MÉXICO, enero 29 (EL UNIVERSAL).- El Juzgado Quinto de Distrito de Morelos concedió la protección de la justicia a una mujer, luego de que el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas le suspendió el pago de pensión que recibía tras la muerte de su esposo, quien se desempeñó como cabo del Arma Blindada de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

La jueza Martha Eugenia Magaña López resolvió el amparo indirecto 374/2023 y determinó que debe seguir recibiendo la pensión por viudez sin importar las decisiones que la quejosa haya tomado en relación con su vida privada, tras sostener una relación sentimental años después del fallecimiento de su esposo.

Destacó que de no recibir el derecho, el Instituto de Seguridad Social castrense limitaría el libre desarrollo de la personalidad de la viuda.

El amparo que se le concedió a la mujer obliga a la Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud del instituto a inaplicar las normas declaradas inconstitucionales, así como a dejar sin efectos el formato en el que la quejosa fue presionada a renunciar a la pensión por viudez y continuar con el pago de dicho beneficio en los términos y porcentajes sobre los que fue otorgado con el respectivo pago retroactivo a la fecha en que fue suspendido.

La jueza señaló que el artículo 52 de la ley del instituto es violatorio del principio de igualdad y seguridad social, al restringir el derecho a percibir los beneficios de seguridad social que el uniformado generó durante su vida laboral para procurar la subsistencia de su cónyuge o concubina al momento de su muerte.

En enero de 2017, el cabo del Arma Blindada falleció y su esposa comenzó a recibir la pensión por viudez; sin embargo, en marzo de 2023 la mujer renunció al beneficio, luego de que una trabajadora social del instituto castrense en una visita a su domicilio la obligó a hacerlo, al enterarse de que había tenido una relación sentimental.