Inmigración aclara las normas para que ciertos solicitantes logren la ciudadanía americana

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EEUU (USCIS) ha actualizado el Manual de Políticas de inmigración para aclarar cómo se aplican las disposiciones y requisitos de ciudadanía y naturalización a los niños adoptados.

Estas aclaraciones realizadas sobre la ciudadanía americana entran en vigencia de forma inmediata.

Esta guía actualizada no cambia los requisitos para que los niños menores adoptados se conviertan en ciudadanos estadounidenses.

Pero, las nuevas normas ayudan a las familias adoptivas y los hijos adoptados a comprender mejor estos requisitos, que son vitales para aportar la documentación y obtener la ciudadanía estadounidense, si son elegibles, según la actualización del Manual de Política de USCIS.

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Ley de EEUU sobre la ciudadanía de los niños adoptados

Los niños pueden obtener la ciudadanía estadounidense de otra forma que no sea el nacimiento en EEUU, según la Ley estadounidense INA.

En general, las personas nacidas fuera de EEUU, incluidos los niños adoptados, pueden obtener la ciudadanía americana después del nacimiento, antes de los 18 años, mediante un padre ciudadano.

Algunos niños que inmigran por adopción adquieren automáticamente la ciudadanía estadounidense al ser admitidos en territorio estadounidense como residentes permanentes legales.

Otros niños no adquieren la ciudadanía al ser admitidos en EEUU. En este caso, para lograr la ciudadanía a través de los padres adoptivos, estos deben tomar medidas adicionales antes de que un niño adoptivo cumpla 18 años.

Además, los hijos adoptados que no obtienen la ciudadanía a través de sus padres adoptivos antes de cumplir los 18 años pueden ser elegibles para solicitar la naturalización después de los 18 años.

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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) exhorta a los peticionarios a no enviar varias veces su solicitud si no se ha cumplido el plazo de tres meses.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) exhorta a los peticionarios a no enviar varias veces su solicitud si no se ha cumplido el plazo de tres meses.

Puntos destacados de USCIS para la naturalización de niños adoptados

USCIS ha actualizado concretamente los Volúmenes 5, parte F, y 12 del Manual de Políticas, aclarando cómo se aplican las normas de ciudadanía y naturalización a los niños y adolescentes adoptados de todas las edades.

Estas nuevas medidas reemplazan a las anteriores relacionadas con el mismo tema.

La primera aclaración está relacionada en cómo se aplican estas disposiciones de ciudadanía y naturalización a los niños adoptados para los procesos de petición de huérfanos, de La Haya, y para los procesos basados en la familia.

También, describe los requisitos para que los niños adoptados cumplan con la definición de niño y residencia a efectos de ciudadanía y naturalización, incluida la adopción que se considera completa, definitiva y completa para fines de inmigración. Esta parte aparece contemplada en el Capítulo 2, Sección C.

USCIS explica la elegibilidad a la ciudadanía estadounidense para menores adoptados que residen en EEUU y cómo obtener un Certificado de Ciudadanía.

Los niños adoptados deben tener al menos un padre adoptivo que es ciudadano estadounidense, ya sea por nacimiento o por naturalización. También, ser residentes permanentes legales y residir en EEUU bajo la custodia legal y física de los padres adoptivos estadounidenses.

Respecto al certificado de ciudadanía aclara que los que han adquirido automáticamente la ciudadanía estadounidense no están obligados a presentar una solicitud de certificado de ciudadanía a través del Formulario N-600.

Pero, otros niños que inmigran por adopción deben presentar el Formulario N-600 si buscan obtener un Certificado de Ciudadanía de USCIS.

También, se puede solicitar un pasaporte estadounidense ante el Departamento de Estado de EEUU como prueba de ciudadanía estadounidense.

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Otro proceso es el que explica la elegibilidad a la ciudadanía para los menores adoptados que residen fuera del país y cómo solicitar la ciudadanía y la emisión de un certificado.

El niño adoptado debe, además de cumplir con los requisitos aplicables a la adopción, tener al menos un padre adoptivo estadounidense que esté físicamente en EEUU —o un el abuelo ciudadano— durante los últimos 5 años, de estos al menos dos después de que el niño haya cumplido los 14 años.

El niño adoptado debe residir fuera de EEUU bajo la custodia legal y física del padre ciudadano americano o de una persona que no se opone a la solicitud si el padre del ciudadano ha fallecido.

Este niño es admitido legalmente, está físicamente presente y mantiene un estatus legal en EEUU en el mismo momento en que se aprueba la solicitud y en el momento de la naturalización.

Además, la nueva guía proporciona orientación sobre la obtención de la ciudadanía y la naturalización cuando una adopción se interrumpe o se invalida.

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