Inhabilitan al juez de la causa Oil Combustibles que benefició a Cristóbal López y Fabián De Sousa

El juez Gustavo Toquier, ahora inhabilitado, durante el juicio que se sustanció en su contra en Comodoro Rivadavia.
MPFChubut

COMODORO RIVADAVIA.- La Justicia de Chubut condenó a una “inhabilitación perpetua y absoluta” y a pagar una multa de 75 mil pesos al juez Gustavo Toquier por las irregularidades cometidas en 2016 durante el concurso preventivo de la empresa Oil Combustibles, propiedad de los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa.

La semana pasada, el propio Toquier había sido declarado penalmente responsable del delito “prevaricato y retardo de justicia” durante la tramitación del polémico concurso.

En una audiencia desarrollada este viernes en los tribunales de Comodoro Rivadavia, la fiscalía solicitó la pena de inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y una multa de 75 mil pesos. En tanto, la defensa de Toquier planteó una multa de $30 mil, pidió la no aplicación de la inhabilitación y reclamó la inconstitucionalidad de la norma respecto de que no perciba la jubilación como juez.

Finalmente, el juez Mariano Nicosia consideró en su fallo la “gravedad” de los hechos y la “capacidad económica del imputado”. El magistrado sumó como circunstancias agravantes la naturaleza de la acción y “la extensión del daño causado y la trascendencia del delito, su trascendencia social y el descreimiento en la Justicia”.

Toquier fue condenado por su actuación en el concurso preventivo de Oil Combustibles SA, que tiene como damnificada a la administración pública de justicia de Chubut. El tribunal unipersonal de debate fue integrado por el juez penal Mariano Nicosia, la fiscal Verona Dagotto y las defensoras María de los Ángeles Garro y María Cristina Sadino.

Cristóbal López presentó Oil Combustibles en concurso de acreedores
Fernando Massobrio / LA NACION


El empresario Cristóbal López, uno de los dueños de Oil Combustibles. (Fernando Massobrio / LA NACION/)

El hecho incluido en la acusación ocurrió entre el 8 de abril y el 23 de agosto de 2016, cuando Toquier -que era juez de primera instancia a cargo del Juzgado de Ejecución 1-, admitió la presentación y se abocó al concurso preventivo de Oil Combustibles SA.

Toquier fundó su competencia territorial en un domicilio ficticio, pese a que surgían de las circunstancias reales del concurso preventivo que el domicilio social denunciado sobre avenida Yrigoyen, de Comodoro Rivadavia, inscripto en la Inspección General de Justicia, no se correspondía con la realidad de la actividad económica y comercial de la sociedad, ni la de sus acreedores.

El juez tampoco consideró la “cuasi simultánea inscripción del domicilio” en Comodoro y la presentación concursal, según quedó demostrado durante el juicio.

Según el juez, tras decretar la apertura del concurso preventivo “sobre la base de un hecho falso, consistente en el referido domicilio ficticio”, Toquier decidió continuar con el proceso “no obstante haber tomado conocimiento directo y fehaciente de hechos nuevos que demostraban que la concursada había falseado su domicilio para propiciar una competencia inexistente”.

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Según el fallo, el juez ahora condenado omitió declararse incompetente de oficio por la aplicación de la ley de concursos y quiebras.

En el expediente consta que sumó a las pruebas una nota emitida por la Inspección General de Justicia de la Nación recibida por el Juzgado de Toquier mediante la cual se lo pone en conocimiento que la sociedad comercial Oil Combustible aún se encontraba bajo su órbita y la sede social era sobre la avenida Córdoba 657, de la Ciudad de Buenos Aires.

Toquier “incurrió en una gama de transgresiones legales que alteraron el normal funcionamiento del órgano de Justicia retardando maliciosamente lo requerido por las partes y lo que le exigía la Ley. Recién el 23 de mayo de 2016 decidió darse por notificado de la resolución de inhibitoria por parte del Juez Federal”, consideró la Justicia de Chubut.