Impugna capo resolución sobre extradición

CIUDAD DE MÉXICO, febrero 16 (EL UNIVERSAL).- Un Tribunal Colegiado admitió a trámite el recurso de revisión que Rafael Caro Quintero, alias "El narco de narcos", tramitó contra el sobreseimiento de un amparo que interpuso para frenar su extradición a Estados Unidos.

"Se admite el recurso de revisión interpuesto por ********************, autorizado del quejoso ********************, contra la resolución de veintisiete de diciembre de dos mil veintitrés [27 de diciembre de 2023], emitida en el expediente mencionado", determinó el Tribunal Colegiado en un acuerdo publicado este jueves en listas de acuerdo del Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

En septiembre del año pasado, Rafael Caro Quintero, actualmente preso en el penal de máxima seguridad de El Altiplano, ubicado en el municipio de Almoloya, Estado de México, tramitó un juicio de amparo ante el Juzgado Octavo de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales con sede en dicha entidad contra la orden de extradición 5/2023 a los Estados Unidos, país que lo reclama por el asesinato, en febrero de 1985, del agente de la DEA, Enrique "Kiki" Camarena.

El fundador del extinto Cártel de Guadalajara solicitó que se le concediera la suspensión de plano para que no se le traslade a los Estados Unidos; sin embargo, el Juzgado Octavo determinó que no era factible atender su petición, debido a que esa clase de suspensión se concederá de oficio y de plano cuando se trate de actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, proscripción o destierro, desaparición forzada de personas o alguno de los prohibidos por el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la incorporación forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aérea nacionales.

Por tanto, se determinó que no es procedente conceder la suspensión de plano que solicitó Caro Quintero, por lo que impugnó la resolución ante un Tribunal Colegiado que determinará su confirma o revoca la resolución del Juzgado Octavo.