Es falso que el Congreso peruano prohibió contratar o vender casas a los ciudadanos venezolanos

En noviembre de 2023, el gobierno de Perú anunció un endurecimiento de las medidas contra los migrantes extranjeros en situación irregular. Un año después, en diciembre de 2024, más de 2.900 usuarios en redes sociales afirman que el Congreso peruano aprobó una ley que “prohíbe” contratar, vender vehículos o arrendar viviendas a cualquier ciudadano venezolano. Pero se trata de una tergiversación del mismo decreto legislativo de 2023, el cual no especifica que aplique solo a los venezolanos.

“Perú: El Congreso aprobó ley que prohíbe contratar a venezolanos, que le vendan casas, prohibido que puedan comprar vehículos, prohibido que arrienden casa o departamento. Si no tienen documentos son expulsados en 48 horas”, se lee en publicaciones en Facebook, X e Instagram.

Las entradas incluyen un video de dos minutos en el que se anuncia una “ley de expulsiones” y en el que se narra: “Venezolanos, tienen que regresar a su país. Con estas contundentes palabras, el premier peruano anunció que los venezolanos sin carnet de extranjería tienen 48 horas para salir del Perú”.

La secuencia se centra en los “foráneos que permanecen en el Perú de manera ilegal”. Menciona que las empresas ahora deben pedir “papeles” antes de contratar a un extranjero y que se sancionará a las personas que arrienden viviendas, locales y medios de transportes a “venezolanos indocumentados”.

<span>Captura de pantalla hecha el 17 de diciembre de 2024 de una publicación en Facebook</span>
Captura de pantalla hecha el 17 de diciembre de 2024 de una publicación en Facebook

La grabación lleva una marca de agua que reza “LaPeruanidad”. Una búsqueda en Google con ese término arrojó un canal en YouTube llamado “Tío Liberal”. Allí se ubicó que el video utilizado en los mensajes virales en realidad fue publicado el 15 de noviembre de 2023.

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El video, originalmente de seis minutos y medio, alude a la norma emitida por el gobierno peruano en noviembre de ese año, que reducía a 48 horas el tiempo para expulsar del país a los ciudadanos extranjeros en situación migratoria irregular o que cometan actos que atenten contra la seguridad ciudadana.

Estas disposiciones quedaron enmarcadas en el Decreto Legislativo N° 1582, aprobado por el Consejo de Ministros de Perú y no por el Congreso, en el marco de una ley que delegaba facultades legislativas al Poder Ejecutivo en materia de seguridad ciudadana. La norma entró a modificar el Decreto Legislativo N° 1350 (Decreto Legislativo de Migraciones), con el fin de “fortalecer el marco normativo en materia migratoria”.

Sin embargo, el DL N° 1582 no incluye ningún artículo que restrinja la contratación laboral, la venta de casas o de vehículos “a venezolanos”, como afirman las publicaciones virales. La norma apunta principalmente a cualquier ciudadano extranjero en Perú que se encuentre en una situación migratoria irregular.

Por ejemplo, estipula que las entidades públicas y privadas que, para el cumplimento de sus funciones y actividades, requieran la “contratación o la generación de un acto administrativo” en beneficio de un ciudadano extranjero, “tienen la obligación de verificar que este se encuentre en situación migratoria regular”.

Con respecto al arrendamiento de inmuebles, el decreto también exige que los ciudadanos extranjeros presenten los documentos que acrediten su situación migratoria regular.

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Además, establece la “salida obligatoria del país” para los extranjeros irregulares “por exceder el tiempo de permanencia otorgado y no haber solicitado su regularización en el plazo fijado por el reglamento”, así como la expulsión para los migrantes que incurran en diversas faltas, como incumplir la salida obligatoria, ingresar al país sin realizar el control migratorio, poner en riesgo el orden interno, entre otros supuestos.

Si bien un migrante venezolano puede ser expulsado de Perú si infringe el marco normativo, el decreto N° 1582 no especifica su alcance a ninguna nacionalidad en particular ni busca restringir a todos los extranjeros que se encuentran en el país.

Una búsqueda en el portal de las Normas Legales del diario oficial El Peruano arrojó que, en junio de 2024, la Superintendencia Nacional de Migraciones emitió una resolución que solo afecta a los ciudadanos venezolanos. La norma dispone que, al ingresar en territorio peruano, los venezolanos deben presentar la documentación correspondiente a su calidad migratoria, sea esta temporal, residente o humanitaria.

No se halló ningún decreto relacionado a una prohibición para contratar venezolanos, arrienden casa o compren un automóvil.

Frase de Otárola tergiversada

Por otra parte, en el video viral se ve la imagen del ex primer ministro de Perú Alberto Otárola. Según la narración, Otárola supuestamente dijo: “Venezolanos, tienen que regresar a su país”. Sin embargo, en la transmisión original, difundida el 13 de noviembre de 2023 por el canal estatal TVPerú Noticias, el entonces primer ministro no utilizó el vocativo “venezolanos” ni se dirigió a una nacionalidad específica.

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En realidad, la frase surgió en el contexto de una pregunta hecha por un periodista, acerca de “a dónde” serían expulsados los migrantes irregulares con el nuevo marco sancionador. Otárola respondió, en el minuto 31:30: “En el caso de los extranjeros, tienen que regresar a su país. Así de claro y de sencillo: tienen que regresar a su país”.

Referencias