Cómo enviar una solicitud de ayuda al CIS Ombudsman, el defensor del pueblo en Inmigración
Si ya lo has probado todo para solucionar tus problemas con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración pero necesitas ayuda, el Defensor del Pueblo de inmigración— oficina del CIS Ombudsman— actúa como mediador para quitarte dolores de cabeza con USCIS.
Inmigrantes, empresarios, abogados y representantes autorizados son quienes pueden preparar y presentar una solicitud de asistencia de caso ante el defensor del pueblo.
Hay varias maneras de enviar una solicitud de asistencia de caso al Defensor del Pueblo de inmigración Ombudsman de CIS.
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Opciones para hacer la petición
▪ Puedes hacer la petición en línea, enviando el Formulario 7001 del DHS, Solicitud de asistencia de casos.
Si eres un solicitante de estatus T, U, VAWA, refugiado o ya te otorgaron este previamente el estatus, deberás proporcionar tu firma real. Para ello, firma la parte de consentimiento del Formulario 7001, lo tienes que escanear y cargar como documento de respaldo para enviarlo en línea.
▪ Otra opción es por correo electrónico. Primero descargas el formulario DHS 7001 con las instrucciones. Una vez completado con toda la información requerida, hay que enviarlo por correo electrónico a cisombudsman@hq.dhs.gov. Se recomienda guardar este correo como contacto para evitar que los futuros correos vayan a la carpeta de spam.
▪ Por correo regular, puedes enviar tanto el formulario como los documentos que respaldan tu caso a la dirección: Office of the Citizenship and Immigration Services Ombudsman. Department of Homeland Security. ATTN: Case Assistance. Mail Stop 0180. Washington, D.C. 20528.
▪ Si es un abogado o un representante acreditado quien presenta la solicitud, debe incluir un Formulario G-28.
▪ Los miembros de la familia, los trabajadores sociales del Congreso, entre otros, pueden ayudar a preparar la solicitud de asistencia en el caso.
En tal caso, debes incluir el consentimiento por escrito del solicitante o peticionario. Es importante poner el nombre del solicitante como la persona que tiene dificultades con USCIS en la Sección 1 del Formulario 7001 del DHS, y no el nombre del beneficiario, abogado o representante acreditado.
Formulario 7001 del DHS, Solicitud de asistencia de casos
▪ Si una familia presenta el caso, cada miembro que tenga dificultades con USCIS debe presentar un formulario DHS 7001 por separado y dar su consentimiento a la oficina del defensor del pueblo de CIS, que trata cada caso pendiente en una familia por separado, aunque los padres completen el formulario DHS 7001 para un hijo menor.
▪ Si un empleador o inmigrante presenta varias peticiones en nombre de diferentes personas, también debe presentar un Formulario 7001 del DHS por separado para cada número de recibo distinto.
▪ Si un inmigrante tiene varias solicitudes pendientes con USCIS, la oficina solo trata un número de recibo por solicitud, con algunas excepciones:
Si aún están pendientes tu solicitud del Formulario I-130, Petición de familiar extranjero y el Formulario I-485, Solicitud de registro de residencia permanente o ajuste de estatus, puedes incluir ambas en el Formulario 7001 del DHS.
Otra excepción es si están pendientes las solicitudes del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo y el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje.
También, si has presentado el Formulario I-751, Petición para eliminar las condiciones de residencia y el Formulario N-400, Solicitud de naturalización, y aún están pendientes.
De lo contrario, si necesitas la asistencia con más de una solicitud o petición pendiente, tienes que completar un formulario DHS 7001 por separado e incluir las fechas de contacto de USCIS y los números de confirmación o las respuestas de USCIS para el número de recibo específico.
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Después de la solicitud de ayuda
▪ Si envías tu solicitud en línea, recibirás automáticamente un correo electrónico de confirmación con tu número de solicitud de CIS Ombudsman incluido.
▪ También recibirás una copia de la información compartida.
▪ Si envías un Formulario 7001 del DHS en papel, recibirás el número de solicitud del CIS Ombudsman por correo electrónico o correo postal.
▪ La oficina del defensor del pueblo revisa todas las solicitudes dentro de los dos días hábiles para identificar problemas y priorizar los casos en los que su intervención puede ser más efectiva.
▪ La oficina te notificará en cuanto se ponga en contacto con USCIS sobre tu caso y tras recibir una respuesta por parte de USCIS.
▪ Si estás solicitando, o ya solicitaste, el estatus T, U, VAWA o refugiado, y no tienes un abogado, asegúrate de que tu dirección coincida con la dirección en los sistemas de USCIS. Para cumplir la ley, y mantener la confidencialidad, solo se comunican contigo a través del correo postal estadounidense.
▪ Tras enviar la solicitud, no hay que hacer un seguimiento a menos que cambien tus circunstancias. Enviar un correo electrónico a la oficina del defensor del pueblo con el número de solicitud de asistencia si USCIS resuelve tu caso tras enviar la solicitud. Y si cambias de dirección, comunícaselo a USCIS.
▪ Guarda los números de recibo de todas las solicitudes o peticiones pendientes, los vas a necesitar.