Si entraste legalmente a EEUU con estas visas, habrá un cambio para permanecer más tiempo
Aquellas personas que ingresaron a EEUU con ciertas visas de no inmigrante y desean permanecer en el país, tendrán que solicitar el ajuste bajo una nueva regla a partir del 1 de octubre.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), hizo un aviso importante desde sus redes sociales a los usuarios que cumplen los requisitos para extender su permanencia legal.
En particular, la agencia federal se refirió a los extranjeros que aplican al Formulario I-539 o Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante.
¿Qué cambió para los extranjeros con visa en EEUU?
En su cuenta de X, antes Twitter, USCIS lanzó el aviso a manera de recordatorio, poniendo como fecha límite el próximo 1 de octubre de 2024.
#FilingTip: REMINDER- Starting on Oct. 1, 2024, USCIS will only accept the 07/27/2024 edition of Form I-539, Application to Extend/Change Nonimmigrant Status. For the most current form version or to file online, visit: https://t.co/hgCnBNIoV0
— USCIS (@USCIS) September 11, 2024
Según el mismo, a partir de ese día, USCIS solo aceptará la edición actualizada del 27 de julio de 2024 del Formulario I-539. Para obtener dicha versión del formulario o presentarla en línea, debes visitar el sitio oficial de ese documento.
¿A quiénes afecta el cambio?
Solo determinados grupos, bajo ciertas categorías de visas, tienen permitido legalmente prorrogar su estancia o cambiar a otro estatus de no inmigrante en EEUU. Ellos son:
▪ Determinados no inmigrantes que prorrogan su estancia o cambian a otro estatuto de no inmigrante.
▪ Residentes de la Commonwealth de las Islas Marianas del Norte (CNMI) que solicitan una concesión inicial de estatus.
▪ Los no inmigrantes, bajo las categorías F y M (estudiantes), que soliciten el restablecimiento de su estatus.
▪ Personas que soliciten el estatus de no inmigrante V o una prórroga de estancia como no inmigrante V.
¿Quiénes pueden cambiar o extender su estatus para permanecer en Estados Unidos?
▪ Ingresaron legalmente a EEUU con estatus de no inmigrante.
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▪ No cometieron un delito que los prive del derecho a obtener beneficios migratorios.
▪ No tienen ningún otro motivo que lo obligue a salir de EEUU antes de regresar con una clasificación de visa diferente.
▪ Presentan su solicitud de cambio de estatus por correo o electrónicamente antes de la fecha de caducidad que aparece en su Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida de EEUU.
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