Eliminación de terapias de conversión sexual pasa al pleno de Diputados; se prevén hasta 12 años de prisión para quien las realice

Cuartoscuro/Archivo
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La prohibición a nivel nacional de las llamadas terapias de conversión sexual y las sanciones contra esas prácticas, aprobadas ya por el Senado, avanzaron en la Cámara de Diputados al ser avaladas por mayoría en comisiones y turnadas al pleno.

Las sanciones incluyen hasta 12 años de prisión, multas económicas y destituciones o inhabilitaciones temporales para funcionarios o integrantes del personal de salud que practiquen dichas terapias.

Así, la minuta con la iniciativa enviada por el Senado fue aprobada este miércoles con 56 votos a favor, 12 abstenciones y un voto en contra en las comisiones unidas de Justicia, de Salud y de Diversidad de la Cámara baja.

PAN no avala prohibir las terapias de conversión sexual

Los diputados del PAN se abstuvieron y una de las legisladoras blanquiazules, Anabey García, votó en contra de las reformas.

Los panistas no avalaron la minuta por considerar que es ambigua y podría llevar a prisión a los padres que canalicen a sus hijos a los llamados ECOSIG o Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género.

En respuesta, la diputada trans de Morena Salma Luévano explicó que es una mentira que con la reforma las madres o los padres vayan a ir a la cárcel.

“Esa es una gran mentira; desafortunadamente, hay muchas”, expuso Luévano.

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“Este es un tema de derechos humanos, de amor y de dignidad; hay que aprender a respetar, a amar y a educar”, sostuvo la diputada de Morena.

Así, la minuta que fue enviada al pleno, donde será discutida probablemente este jueves, fue avalada en comisiones por los legisladores de Morena, MC, PRI, PRD, PT y PVEM.

Legisladores advierten sobre los daños de las terapias de conversión sexual en la salud

En México, a 500 mil personas se le intentó “corregir” su orientación sexual y a 700 mil su identiad de género, según datos del Inegi citados en el dictamen.

Los legisladores consideraron que las terapias de conversión sexual menoscaban la integridad de las personas LGBTI+ al forzarlas a cambiar su orientación o identidad.

La forma correcta de referirse a “las mal llamadas terapias de conversión” es Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género.

Estas prácticas causan daños graves a la salud física y mental y atentan contra la dignidad de quien las padece, indica la minuta.

Qué son las terapias de conversión sexual o ECOSIG

Las terapias de conversión son intervenciones que se basan en la creencia de que la orientación sexual, la identidad de género y la expresión de género de las personas deben cambiarse o reprimirse si no se ajustan a lo que otros consideran normal o deseable.

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Estas terapias de conversión pueden incluir palizas, violaciones, desnudez forzada, alimentación forzada o privación de alimentos, aislamiento, confinamiento, medicación forzada, agresiones verbales, humillaciones y electrocuciones.

Qué modificaciones propone la iniciativa para prohibir las terapias de conversión sexual

Los cambios planteados en la minuta consisten en reforma y adición al Código Penal Federal y adición del artículo 465 Bis a la Ley General de Salud.

La propuesta establece sanciones a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie estas prácticas.

Cuáles son las reformas al Código Penal Federal y las sanciones

Las comisiones aprobaron adicionar el Capítulo IX, denominado “Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas”, al Título Octavo del Código Penal Federal.

En ese capítulo, se reforma el artículo 209 Ter y se adiciona el artículo 209 Quáter.

Cuántos años de cárcel proponen contra quien realice ECOSIG

Se impondrán sanciones que van de los dos a los seis años de prisión y multas de mil a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Mexica y Actualización (UMA) a quien: “Realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona” (artículo 209 Ter).

Dichas sanciones se aumentarán al doble, es decir, hasta 12 años de cárcel, si esas conductas o prácticas se realizan contra menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad.

Terapias conversion diputados
Comisiones Unidas de la Cámara de Diputados votaron a favor de prohibir terapias de conversión sexual. Foto: @EmmanuelReyesC

¿Qué pasa si papás o mamás someten a sus hijos a ECOSIG?

Si quienes incurren en esas prácticas son el padre, la madre o el tutor de la víctima, se les aplicarán sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración de un juez.

Las penas de cárcel o multas subirán al doble si la persona autora de la conducta tipificada tuviera una relación con la víctima de tipo laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima.

También, si el autor se vale de una función pública para cometer el delito, y cuando emplee violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima.

Sanciones incluyen desticiones de cargos o inhabilitaciones

Las sanciones incluyen destituciones o inhabilitación para desempeñar el cargo por un tiempo igual a la pena impuesta.

Además, el artículo indica que bastará solo la denuncia para iniciar la investigación de los hechos.

El Ministerio Público deberá solicitar dictámenes para conocer la afectación a la víctima a su libre desarrollo de la personalidad por ser sometitda a los ECOSIG, según el artículo 209 Quáter.

De no hacerlo, el Ministerio Público será sancionado.

Qué sanciones aplicaría la ley si personal de salud practica ECOSIG

Mientras tanto, los diputados avalaron agregar un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud.

Así, en ese artículo se establece que los profesionales de la salud que incurran en ECOSIG serán sancionados con las penas de cárcel o multas que corresponsan según el Código Penal y, además, serán suspendidos en el ejercicio profesional de uno a tres años.

En México, el 22.2% de las personas que se identifican como transexual, transgénero o con una identidad de género diversa y lo informaron así a sus madres o padres fue molestado, sufrió agresiones o fue corrido de su casa.

Mientras tanto, el 13.9% fue obligado a asistir con médicos, psicólogos, autoridades religiosas o instituciones para que “corrigieran” su comportamiento.