¿Cumples los requisitos para obtener el ‘parole’? Estas personas no pueden aplicar al nuevo programa

Los ciudadanos de Cuba, Nicaragua o Venezuela interesados en entrar a Estados Unidos ahora cuentan con una vía legal y segura, pero antes deben asegurarse de que cumplen con los requisitos necesarios para ser beneficiarios del parole que les otorgaría el permiso de permanencia en el país por hasta dos años.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios del programa de parole?

Según el Servicio de Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) las personas que quieran aplicar al nuevo parole deberán hacerlo a través de una persona de apoyo, y asegurarse de cumplir con los siguientes requisitos:

Vivir fuera de Estados Unidos.

Ser nacionales de Cuba, Haití, Nicaragua o Venezuela, o ser un familiar inmediato (cónyuge, pareja de hecho o hijo soltero menor de 21 años) que viaja con un cubano, haitiano, nicaragüense o venezolano elegible.

Tener una persona de apoyo radicada en Estados Unidos que haya presentado un Formulario I-134A en su nombre que USCIS haya investigado y confirmado.

Poseer un pasaporte vigente y válido para viaje internacional. Las extensiones certificadas de la validez del pasaporte sirven para cumplir con este requisito.

Costear su propio viaje comercial a un aeropuerto de Estados Unidos o un destino final en Estados Unidos.

Someterse y aprobar las verificaciones e investigaciones requeridas.

Cumplir con los requisitos de vacunación y de salud pública o certificar que es elegible para una exención de estos.

Demostrar que la concesión de permanencia temporal está justificada en función de un beneficio público significativo o de razones humanitarias urgentes, y que de otro modo amerita un ejercicio favorable de la discreción.

Es importante recalcar que tener un caso de inmigración pendiente con el USCIS no afecta su elegibilidad para el aplicar al parole.

¿Quiénes no califican para este nuevo programa migratorio de Biden?

A continuación, presentamos una lista de razones que descalificarían al posible beneficiario de ser elegible para el nuevo programa migratorio, según el USCIS:

No aprobar la investigación de antecedentes de seguridad nacional y seguridad pública o se considera que no amerita un ejercicio favorable de discreción.

Ha recibido una orden de remoción de Estados Unidos en los cinco años previos o está sujeto a un veto de inadmisibilidad basado en una orden de expulsión anterior.

Ha cruzado irregularmente a Estados Unidos, entre los puertos de entrada, después de la fecha en que se anunció el proceso (para venezolanos, después del 19 de octubre de 2022; para cubanos, haitianos y nicaragüenses, después del 9 de enero de 2023).

Ha cruzado irregularmente la frontera mexicana o panameña con posterioridad a la fecha de anuncio del proceso (para venezolanos, después del 19 de octubre de 2022; para cubanos, haitianos y nicaragüenses, después del 9 de enero de 2023).

Es menor de 18 años y no viaja a través de este proceso acompañado por un padre o tutor legal, y como tal es un menor que el oficial de inspección determinaría que es un menor no acompañado.

Es un residente permanente o tiene doble nacionalidad de cualquier otro país, o tiene estatus de refugiado en cualquier otro país. Sin embargo, los hijos menores o los cónyuges de los beneficiarios elegibles pueden tener doble ciudadanía.

Personas esperan en un parque para ser llamados por la embajada estadounidense el día de su reapertura de visas y servicios consulares en La Habana, Cuba, el miércoles 4 de enero de 2023. (AP Foto/Ismael Francisco)
Personas esperan en un parque para ser llamados por la embajada estadounidense el día de su reapertura de visas y servicios consulares en La Habana, Cuba, el miércoles 4 de enero de 2023. (AP Foto/Ismael Francisco)

¿Qué información necesita proveer el beneficiario en Cuba?

Si el USCIS aprueba el Formulario I-134A presentado por el patrocinador, el posible beneficiario recibirá un correo electrónico de parte de la agencia en donde se especifique las instrucciones sobre los próximos pasos del proceso de patrocinio.

Como parte de los requisitos en esta etapa del proceso migratorio, el beneficiario cubano deberá proveer la siguiente información:

¿Qué pasa si el patrocinador de familiar no es aprobado?

Si USCIS determina que la persona de apoyo no cumple con los requisitos para ser patrocinador económico del beneficiario enviará un correo de notificación a ambas partes.

De no estar de acuerdo con la decisión, el patrocinador puede presentar otro Formulario I-134A con información adicional que certifique su capacidad de apoyar monetariamente al beneficiario.

Como opción alterna, otro patrocinador puede presentar un Formulario I-134A para solicitar ser la persona de apoyo del beneficiario que no haya recibido autorización debido a la falta de calificación del patrocinador inicial.

El programa de parole fue creado en octubre pasado, pero para ese entonces solo beneficiaba a ciudadanos de Venezuela. Con los cambios actuales, la administración de Biden busca permitir la entrada de hasta 30,000 migrantes de los cuatro países vengan mensualmente para vivir y trabajar en Estados Unidos por hasta dos años.

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