¿Quién tuvo la culpa? Pasajero de un auto abre su puerta y derriba a un ciclista

El 26 de abril la usuaria de Twitter @jamonarosas, quien vive en la Ciudad de México, compartió una grabación donde se observa que el pasajero de un automóvil abre la puerta del vehículo y ocasiona que un ciclista se estampe con esta. Discutieron respecto a quién ocasionó el accidente pero ¿Qué dice el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México?.

En la grabación se aprecia que el automóvil se detiene en medio de la vialidad, entonces se abre la puerta trasera izquierda y al hacerlo el ciclista que se disponía a rebasar el vehículo por el lado izquierdo impacta con esta y termina cayendo sobre el pavimento.

Tras incorporarse reclama al causante del incidente: “no mam$% cab#$%, fíjate wey. ¿Y si me pasa algo a mí?”, a lo que el pasajero responde: “sí perdóname”, el de la bicicleta le contesta: “no, no perdóname, fíjate y ya, wey”, pero el otro se excusa: “no sabía que iba a pasar”.

Luego una mujer que también iba sobre su bicicleta le reclama al conductor del auto: “wey, estás parado en medio, pero mira tienes espacio. Ibas manejando, no te pares en medio”. Y este señala: “pero le estoy diciendo, ‘viene una bicicleta’”. Otras personas le reclaman por quedarse en medio de la calle, y el chofer se excusa: “sí, ya lo sé, yo no pensé que vinieran también para acá”.

Sobre el video, @jamonarosas comentó: “un automóvil se para en la mitad de la calle, ciclista rebasa por la izquierda, como se debe hacer, y lo tiran por portazo. ¿Cuándo van a aprender los automovilistas a compartir la vialidad?”.

Todos defendieron su punto de vista pero la ley ¿a quién le da la razón? De acuerdo al Artículo 8 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, los conductores de todo tipo de vehículos deben: “realizar el ascenso y descenso propio o de los ocupantes del vehículo contiguo a la acera. En caso de que algún ocupante del vehículo tenga que hacerlo del lado contiguo al carril vehicular inmediato, extremará precauciones al abrir o cerrar las portezuelas, sin sobrepasar las rayas de división de carril de manera que no haga un corte de circulación”.

Además, señala, “los conductores de vehículos motorizados que infrinjan la presente disposición serán sancionados con una multa equivalente a 5, 7 o 10 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente y tres puntos de penalización a la licencia para conducir o en caso de infracciones captadas a través de sistemas tecnológicos se sancionará con un punto a la matrícula vehicular”. Por lo que el conductor del video, podría ser sancionado con una multa que puede ir de los $518 pesos hasta $1,037 pesos; equivalentes a unos 27 y 55 dólares respectivamente.