Congreso de Baja California Sur aprueba Ley de Infancias Trans; podrán cambiar su identidad de género en acta de nacimiento

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El Congreso del Estado de Baja California Sur aprobó este jueves la Ley de Infancias Trans, la cual permitirá a infancias y adolescencias de esta comunidad realizar el cambio de identidad de género y nombre en el acta de nacimiento sin restricciones.

Hace apenas siete días, el estado de Baja California también aprobó esta ley para permitir a personas menores de 18 años que soliciten la rectificación de su acta de nacimiento en la que se reconozca el género con el que se identifican.

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Ahora en Baja California Sur, con 16 votos a favor y 5 en contra y en acato a una orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), legisladores aprobaron las modificaciones al artículo 144 Ter del Código Civil.

Con ello queda eliminada la porción normativa para “mayores de edad” que impedía a las infancias y adolescencias trans hacer modificaciones en el documento oficial.

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Foto: Comunidad Cultural de Tijuana LGBTI AC

¿Cómo será el trámite para las infancias y adolescencias trans?

Tras la aprobación a la reforma, en el artículo 144 Ter quedó establecido: “Pueden pedir el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género y cambio de nombre, previa la anotación correspondiente en su acta de nacimiento primigenia, quienes requieran el reconocimiento de su identidad de género”.

Dicho reconocimiento deberá llevarse a cabo ante las instancias y autoridades correspondientes del Registro Civil de Baja California Sur.

Asimismo, se estableció que el trámite para menores de edad se realizará a través de la madre, el padre o la persona tutora legal con la asistencia de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado.

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Foto: Comunidad Cultural de Tijuana LGBTI AC

El Registro Civil recabará el consentimiento expreso, libre e informado de la persona menor, donde señale su deseo y que tiene conocimiento de los alcances del trámite.

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De acuerdo con un comunicado del Congreso, cuando las autoridades adviertan que el desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez de la persona no sea óptimo para su edad, un especialista médico psicológico deberá determinar si comprende el significado y alcance de el trámite que busca realizar “a efecto de que no sea manipulado”.

Por último, se determinó que cuando haya una negativa o no sea posible obtener el consentimiento del padre, madre o quien tenga la custodia legal, ésta podrá presentarse en la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado para que le brinden asistencia legal y priorizar el interés de las infancias y adolescencias trans, así como sus derechos humanos.