CNDH determina que hubo uso excesivo de la fuerza en la muerte de Octavio Ocaña

Instagram @octavioocaa
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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) estableció que hubo un uso excesivo de la fuerza por parte de los policías municipales de Cuautitlán Izcalli en el Estado de México, durante la persecución que derivó en la muerte del actor Octavio Ocaña.

A través de una recomendación, la CNDH indica que también hubo omisiones en la preservación del lugar de los hechos y afectaciones al derecho a la intimidad e imagen pública del joven de 22 años que murió el 29 de octubre de 2021.

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“La investigación de la CNDH concluyó que en este caso existieron violaciones a los derechos humanos a la legalidad, seguridad jurídica e integridad personal por uso excesivo de la fuerza en agravio de tres víctimas y que derivó en la pérdida de la vida de una de ellas; omisiones
en la preservación del lugar de los hechos por parte de las autoridades que fungieron como primeros respondientes; así como afectaciones al derecho a la intimidad e imagen pública de la persona fallecida”.

La Recomendación 71/2023 va dirigida a la Presidencia Municipal de Cuautitlán Izcalli luego de que el organismo atrajera de oficio la investigación en la que también hubo dos personas lesionadas.

De acuerdo con el informe policial, dos agentes municipales iniciaron la persecución de una camioneta en la que iban tres personas, quienes presuntamente cometieron una falta administrativa. Esta se prolongó por una hora y 40 minutos en calles del municipio, hasta que el vehículo chocó contra un montículo de tierra.

Al realizarse la inspección, los agentes se percataron de que el conductor se encontraba lesionado.

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En la recomendación, la Comisión detalla que durante la persecución, uno de los oficiales expuso la mitad de su cuerpo por una de las ventanillas de la patrulla mostrando un arma de fuego larga, sin que existiera resistencia por parte de los tripulantes de la camioneta y realizó dos disparos poniendo en riesgo a población en general.

También mencionan que el conductor de la patrulle realizó diversos “alcances” al vehículo del actor, ocasionándole daños al vehículo que provocaron la desestabilización que lo llevó a chocar contra un montículo de tierra y que el arma que estaba adentro del auto se accionara.

“El personal especializado de esta CNDH determinó que, con alto grado de posibilidad, como consecuencia de alguna de estas maniobras de choque, se accionó un arma de fuego en el interior de la camioneta que dio como resultado una lesión en la extremidad encefálica de la víctima, de tipo mortal” y que vulneró su derecho a la vida”.

La Comisión encontró que no se realizó un resguardo adecuado de la escena, además de que hubo vulneraciones al derecho a la intimidad y la imagen pública, por la filtración de fotos y videos que llevó a que se identificara al actor, lo que puede interferir en el procedimiento penal.

Como parte de la recomendación, se solicitó a la Presidencia Municipal de Cuautitlán Izcalli inscribir a las víctimas directas e indirectas en el Registro Nacional de Víctimas para la reparación integral del daño y se les otorgue una compensación.

Y el personal de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito de la Comisaría General de ese municipio deberá tomar cursos de capacitación sobre derechos humanos, uso legítimo de la fuerza y la preservación del lugar de los hechos, y colaborar en el seguimiento de las denuncias administrativas y carpetas de investigación iniciadas por este caso.