¿Buscas empleo? Senado aprueba reformas para eliminar requisito de carta de no antecedentes penales

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El Senado de la República aprobó reformas a la Ley Federal del Trabajo para que empleadores privados y de instituciones públicas no puedan solicitar la carta de antecedentes no penales para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo.

Con 69 votos a favor, las y los legisladores avalaron el proyecto que prohíbe a los patrones o a sus representantes negarse a aceptar trabajadores por razón de antecedentes penales.

Al presentar el proyecto, el presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado, Napoleón Gómez Urrutia, afirmó que se busca impulsar una verdadera oportunidad de reinserción social para las personas que hayan cometido algún delito.

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Gómez Urrutia dijo que quienes salen de la cárcel ven truncada sus oportunidades para acceder a un empleo digno, lo que ocasiona que sólo tengan oportunidad a empleos precarizados, por lo que podrían recaer en actos delictivos.

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El senador Napoleón Gómez Urrutia presentó la iniciativa de reforma. Foto: Cuartoscuro.

La senadora Martha Cecilia Márquez Alvarado, del PT, consideró que para la Iniciativa Privada el no pedir la carta de antecedentes penales está bien, pero no en la Administración Pública.

Indicó que, en el caso de Aguascalientes, hay funcionarios corruptos, “por lo que me parece un error en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, el no pedir la carta de antecedentes penales”.

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Feria del empleo en CDMX. Foto Cuartoscuro.

Qué plantea la reforma

La reforma modifica la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B) del artículo 123 Constitucional, en el que se detallan los derechos y obligaciones de los trabajadores y de los titulares.

Esto, para evitar la discriminación por razones de género, edad, discapacidad, origen étnico, condición social, salud, religión, preferencias sexuales, estado civil o antecedentes penales, para ingresar, permanecer o ascender en los puestos de trabajo.

La única excepción a esta reforma serán los supuestos establecidos por el artículo 27 fracción IV de la Ley Nacional de Ejecución Penal, donde se establece que las instituciones de seguridad pública o privada seguirán solicitando este documento en sus procesos de contratación.

El proyecto se remitió a la Cámara de Diputados para su análisis.