AMLO propone ampliar la lista de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa

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En su paquete de reformas constitucionales, el presidente Andrés Manuel López Obrador propone ampliar la lista de delitos que ameriten el uso de la prisión preventiva oficiosa o “prisión automática”, pese a ser declarada como una figura inconvencional por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH). 

“Prohibir el comercio de vapeadores y de drogas químicas como el fentanilo, penalizar con severidad el delito de extorsión que lleva a cabo la delincuencia organizada y hacer lo mismo con el delito fiscal ejercido por la delincuencia de cuello blanco mediante el uso de las llamadas factureras”, dijo ayer el presidente al presentar su paquete de iniciativas que contemplan 18 reformas constitucionales y 2 legales. 

De acuerdo con el documento, entregado por la Secretaría de Gobernación al Congreso de la Unión, lo anterior tiene como finalidad prevenir y combatir dichos delitos que han aumentado, y con ello, garantizar la paz, la seguridad, la salud y continuar con acciones en beneficio de la población. 

“La presente iniciativa tiene por objeto establecer prisión preventiva oficiosa en los casos de extorsión, narcomenudeo, delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de drogas sintéticas, como el fentanilo y sus derivados, así como en los de defraudación fiscal, contrabando, expedición, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales, incluidas facturas, que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados en los términos fijados por la ley”, señala el proyecto de reforma del presidente al artículo 19 constitucional. 

No obstante, en dos ocasiones -en el caso García Rodríguez y el caso Tzompaxtle Tecpile- la CorteIDH ha ordenado a México adecuar su ordenamiento jurídico interno sobre la figura de prisión preventiva oficiosa, para que esté acorde a los estándares internacionales. 

Incluso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en la acción de inconstitucionalidad 130/2019, declaró como inconstitucional la ampliación del catálogo de delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa. 

Pese a lo anterior, la reforma constitucional no sólo agrega más delitos que ameritan esta figura, sino que modifica la redacción de la Constitución para cambiar la frase “el juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente” por “el juez debe ordenar la prisión preventiva oficiosamente”, lo que fortalece su interpretación de “prisión automática”. 

AMLO reconoce aumento en delitos en propuesta sobre prisión preventiva oficiosa

Para justificar su reforma, el presidente López Obrador reconoce en su iniciativa que los delitos relacionados a la delincuencia organizada como el narcomenudeo y la extorsión han aumentado en su administración. 

Por ejemplo, señala que, en cuanto a la distribución de drogas sintéticas, “el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) refirió que en 2021, se imputó a 3,260 adolescentes por presuntos delitos de narcomenudeo”, mientras que el Centro Nacional de Información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), en 2023, registró 83 mil 60 casos relacionados a este ilícito. 

“En consecuencia, es necesario establecer, también, el narcomenudeo como una conducta que merece tener prisión preventiva oficiosa, en virtud de que ello permitirá al Estado mexicano afrontar el creciente aumento del consumo de drogas en el país”, señala. 

Otro ejemplo es el delito de extorsión, mismo en el que reconoce que el uso de tecnología ha diversificado la ejecución del mismo, por lo que incluso “la autoridad no cuenta con las herramientas legales efectivas para combatir y abatir los diversos supuestos en que se utiliza la extorsión”. 

Discusión Prisión preventiva Oficiosa
Discusión Prisión preventiva Oficiosa

“De acuerdo con cifras oficiales del SESNSP, en el 2022 se registró el mayor número de carpetas por extorsión, con un total de 10,343 casos en comparación a 2019 cuya cifra reportada fue de 8,734. Asimismo, la incidencia de extorsión informada por el SESNSP, de diciembre de 2018 a 2023, aumentó en un 47.6%”. 

Finalmente, sobre la ampliación de los delitos fiscales, señala que en los últimos años el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha detectado que, los esquemas de facturación falsa involucran tanto a personas físicas como a morales, y en los ejercicios fiscales del 2017, 2018 y 2019, se facturaron 339 millones de pesos. 

“Derivado de lo anterior, para atender la persecución de los delitos […] así como mitigar el impacto en la sociedad, de manera conjunta el Ejecutivo Federal y el Poder Legislativo deben actualizar y fortalecer las bases constitucionales para dotar de herramientas jurídicas a las autoridades competentes y darle a la población un marco normativo adecuado que sancioné y garantice el bienestar social”, señala. 

Prisión preventiva: el arma que encarcela a pobres e inocentes

En su exposición de antecedentes, el presidente López Obrador presumió que el 12 de abril de 2019 se reformó el artículo 19 de la Constitución Política para incorporar nuevos delitos en que procede la prisión preventiva. Entre ellos estuvo el abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo a casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales y corrupción, entre otros. 

Tres años después, Animal Político y la organización Intersecta documentaron en la investigación “Prisión preventiva: el arma que encarcela pobres e inocentes” que el uso de la prisión preventiva en México se acrecentó tras la reforma que el gobierno de López Obrador hizo al artículo 19. 

En dicha investigación se evidenció que cada día 300 mujeres y hombres en México son privadas de la libertad, la mayoría sin que se haya probado si son culpables o no, mismas que permanecen en la cárcel por más de dos años, a pesar de ser algo inconstitucional. 

En septiembre de ese año, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutió un proyecto que proponía inaplicar el artículo 19 de la Constitución para eliminar la prisión preventiva oficiosa, pero el proyecto recibió sólo cuatro votos a favor y 7 en contra.

prisión preventiva en México
prisión preventiva en México

El 17 de julio de 2023, el Pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro-Norte aprobó eliminar la prisión preventiva oficiosa o “prisión automática” en 18 estados del país. 

Dicho órgano del Poder Judicial de la Federación tomó la decisión con base en las sentencias emitidas por la CorteIDH en los casos anteriormente señalados, en las que se condenó al Estado mexicano y se declaró la inconvencionalidad de esta figura. 

“Cuando el quejoso solicite la suspensión provisional ante la imposición de la prisión preventiva oficiosa, está deberá tener efecto de tutela anticipada y el juez de la causa, con base en las disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, convocará a una audiencia de revisión de medidas cautelares dentro de un plazo de 48 horas y podrá imponer una diversa previo contradictorio”, señaló el Consejo de la Judicatura Federal mediante un comunicado. 

Pero dicha sentencia, hasta donde se tiene conocimiento, no ha sido publicada. 

En tanto, en su quinto informe de Gobierno el presidente reconoce que al 30 de junio de 2023 habían 232 mil 807 personas privadas de la libertad en cárceles estatales y federales, de los cuales hay 93 mil 498 personas “procesadas”; es decir, que se mantienen en la cárcel a pesar de que las autoridades no les han podido demostrar los delitos que les imputan.