31% de las quejas por violencia política de género se debe a actos en redes sociales; INE advierte menor prevención por “plan B”

Cuartoscuro
Cuartoscuro

La violencia política en razón de género se expresa en gran medida en redes sociales. Desde la entrada en vigor de la reforma en la materia, en abril de 2020, el 31% de las 261 quejas que se han presentado ante el Instituto Nacional Electoral (INE) responde a este motivo, por lo que se han clasificado como violencia digital. 

En números absolutos, las quejas por este tipo de violencia ascienden a 82. Esto, en un contexto en el que el llamado “plan B” no garantiza la continuidad de las medidas para prevenir la violencia política contra las mujeres, y en un año en el que el tema definido por ONU Mujeres para el próximo 8 de marzo es “Por un mundo digital inclusivo: Innovación y tecnología para la igualdad de género”.  

Según las descripciones de los hechos registradas por el instituto, con frecuencia se denuncia la publicación de contenidos con lenguaje discriminatorio que demeritan el trabajo de las mujeres en plataformas digitales como Facebook, Twitter, TikTok y YouTube. En segundo lugar están las quejas por obstaculización en el ejercicio de sus funciones (32) y los ataques en medios de comunicación (22). 

Tenemos un repunte grave de ataques a través de redes sociales. Es lo que vemos cada vez con mayor recurrencia, y por lo tanto, en este tópico es en el que se han emitido más sentencias”, señaló la consejera electoral Dania Ravel. Hasta febrero, de las 261 denuncias presentadas, el INE ha tenido competencia en 97. 

Las redes sociales son uno de los principales retos en todas las campañas electorales, dijo la consejera. Específicamente en relación con el género, el mayor problema es que se ataca a las mujeres y las personas se esconden detrás del anonimato que dan las plataformas virtuales. 

“Nosotros también hemos tenido experiencia, aunque no en temas de género pero sí en otros, de intentar bajar, por ejemplo, contenidos de YouTube hace tiempo, y el efecto que se genera es completamente adverso porque entonces los medios tradicionales dan cobertura a lo que hizo la Comisión de Quejas y Denuncias, y la gente, cuando lo escucha, le genera morbo e incluso empiezan a buscarlo más”, explicó Ravel. 

Desde la perspectiva del INE, censurar contenidos en redes sociales, sin entrar en el debate de la libertad de expresión, es poco efectivo. Por ello, una de las soluciones sería trabajar con todas las mujeres candidatas para que cuando se presentan ataques sexistas y violentos, ellas y la sociedad en general sean las primeras en descalificarlos, que no se reproduzcan y no tengan impacto social.

Esto ha sucedido antes, recuerda Ravel, en casos fuera de la política, uno nacional y otro internacional, donde se ha generado una “sororidad orgánica” en medios digitales que permite que se inhiban estos contenidos. Uno de ellos fue el feminicidio de Ingrid Escamilla, en el que las mujeres usuarias de redes comenzaron a asociar a su nombre imágenes positivas para cambiar el algoritmo. El otro fue el de la primera ministra de Finlandia, Sanna Marin, a quien se respaldó tras la publicación de imágenes de ella en una fiesta. 

De acuerdo con el más reciente informe del INE en materia de violencia política de género, en 27 casos el organismo recibió peticiones de medidas de protección, que procedieron en cinco ocasiones, en las que se solicitó la prohibición de conductas de intimidación o molestia hacia las víctimas, mientras que en dos se determinó que requerían de atención psicológica.  

La medida más solicitada fue el retiro, la suspensión o la eliminación de las publicaciones en las que fueron violentadas. Dentro del total de las 261 quejas presentadas, se identificó como posibles víctimas a 343 mujeres, presuntamente atacadas por personas físicas, morales y partidos políticos. 

Las diputadas federales fueron las más agredidas, seguidas de las candidatas a diputadas federales, ciudadanas y militantes de partidos. Según los registros del INE, 14 de las víctimas se identificaron como LGBTTTIQ+, siete como pertenecientes a poblaciones indígenas, dos como adultas mayores, una como afromexicana y una como persona con discapacidad.

Violencia política de género, a tres años

A tres años de la entrada en vigor de la reforma sobre violencia política de género, para Ravel la evaluación es positiva en varios sentidos: el primero, lograr visibilizar la existencia de esta problemática. 

Antes incluso del primer protocolo publicado en 2016, las mujeres candidatas, precandidatas, aspirantes y militantes que acusaban públicamente actos de violencia en el marco de su actuación política eran desacreditadas, señaló la consejera.

“Lo que se decía es que el ambiente político es muy hostil para hombres y mujeres, y que si querían estar en ese ambiente, tenían que aguantar, pero las mujeres decían: yo estoy admitiendo un tipo de violencia que no veo que se ejerza en contra de los hombres, es decir, se ejerce en contra de mí la violencia que de por sí se da con hombres y mujeres, pero una adicional; no se les creía”, explicó.

Al existir la normativa y poder documentar o evidenciar los casos, esa violencia ha logrado visibilizarse. Por otro lado, en los hechos concretos, se han registrado casos que antes eran impensables, por ejemplo, la anulación de dos elecciones por la comisión de actos de violencia de género a nivel municipal: una en Iliatenco, Guerrero, y otra en Atlautla, Estado de México.

Te puede interesar: La violencia política contra las mujeres en los medios de comunicación

Del mismo modo, existen medidas inéditas tomadas por las personas juzgadoras, como desvirtuar el requisito de elegibilidad que consiste en tener un modo honesto de vivir a personas que aspiran a una candidatura y cometieron actos de violencia política de género, o tener un registro nacional de personas sancionadas, que permite a la sociedad ver quién ha violentado a una mujer y tiene una sentencia firme.

“Poco a poco hemos ido construyendo un modelo integral para prevenir, atender, reparar y erradicar la violencia política contra las mujeres por razón de género; es mucho más fácil poder advertir los efectos afirmatorios de este marco legal que tenemos para juzgar que no se cometa violencia política contra las mujeres en razón de género, porque eso es medible. No podemos medir quién, a lo mejor, se inhibió de cometer uno de estos actos, pero creo que ha tenido efectos en ambos rubros”, aseguró Ravel.  

Hasta el cierre de esta publicación, el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (RNPS), que conjunta la información del INE, los organismos públicos locales electorales (OPLES) y las autoridades administrativas, jurisdiccionales y penales federales y locales, cuenta con 312 registros de violencia política de género, que corresponden a 277 personas sancionadas.

De ellas, 224 son hombres y 53 mujeres. Oaxaca ocupa el primer lugar de personas sancionadas, con 90, seguido por Veracruz (35) y Tabasco (30). Las personas presidentas municipales y ciudadanas lideran la lista, cada uno con el 20%, seguidos de regidores, periodistas y autoridades de los Sistemas Normativos Internos. 

La mayor cantidad de sanciones son multas económicas (100) y amonestaciones públicas (47). Otras minoritarias han sido días de suspensión sin goce de sueldo, apercibimientos, vistas a superiores jerárquicos o a órganos internos, o únicamente la inscripción en el registro, mientras que en 146 casos se establecieron solo medidas de reparación. En el caso de 22 personas, se ha registrado reincidencia. 

En el caso de la violencia digital, el RNPS describe como hechos denunciados desde publicaciones en redes sociales y portales basadas en elementos de género, o mensajes denostativos en esas plataformas, hasta mensajes enviados al número celular de la víctima, presiones a través de visita en su domicilio y llamadas telefónicas y alimentar el clima de violencia contra ellas mediante expresiones sexistas, mensajes en Twitter con el objetivo de menoscabar los derechos de mujeres transgénero, publicaciones basadas en condiciones personales y críticas a su aspecto físico. 

En tanto, 23 casos corresponden a violencia sexual o sexual acompañada de simbólica y psicológica, ejercida mediante redes sociales. Estas fueron de la sexualización de las aspirantes o candidatas, hasta la difusión de imágenes de las denunciantes, comentarios violentos y discriminatorios, acoso sexual, así como difusión de fotografías y videos en grupos de WhatsApp sin consentimiento y acompañados de frases machistas. 

Durante 2022, además, se registraron por primera vez tres casos de violencia vicaria por parte de un candidato, un funcionario y un militante del PRI en Oaxaca. Cinco personas y el partido político fueron sancionados con una multa y medidas reparatorias. La violencia vicaria se configuró debido a que en llamadas telefónicas, le indicaron a la víctima que su candidatura afectaba a la de su padre.

Advierte riesgos de retroceso en nueva reforma

Ravel advierte que, si bien existe un saldo positivo tras la tipificación de la violencia política de género, también es necesario hacer notar algunas amenazas de retrocesos derivadas de la aprobación del “plan B”, sobre todo en relación con las medidas que permiten generar condiciones iguales y prevenir la violencia.

En la reforma electoral, se establece específicamente que no se pueden pedir mayores requisitos a quien aspira a una candidatura que los que establece la legislación, lo cual no contemplaría la iniciativa “tres de tres contra la violencia”, que refiere a que ninguna persona con antecedentes o denuncias como deudora alimentaria, acosadora sexual o agresora en el ámbito familiar puede aspirar a ser candidata a ningún cargo de elección popular. 

Esta medida, consignada en varios acuerdos previos, se ratificó en el INE/CG/335/2021 para la elección de diputaciones al Congreso en el proceso 2020-2021. En ese año se dio el hallazgo de tres candidaturas con esos antecedentes, que fueron retiradas por el INE pero restituidas en tribunales. Hasta ahora, no existen garantías de que podrá aplicarse en el siguiente proceso electoral. 

Otro ejemplo es que las reglas de paridad para las postulaciones a gubernaturas las supedita a las reglas que establezcan los propios partidos, en lugar de mediante lineamientos generales. Históricamente, estos no han sido los más igualitarios e incluyentes en el tema, lamentó Ravel. 

Respecto de la posibilidad de uso indebido o político de la violencia política de género, la consejera aclaró que, aunque no es posible descartarla y es deleznable porque le resta seriedad e importancia a un tema que puede llegar a ser muy grave, es difícil calificar de esa manera una queja porque tendría cierta carga de dolo. En los casos en los que el INE no es competente (25%), muchas veces se debe más a falta de pericia, de conocimiento de las formalidades jurídicas, carencia de especialización en el tema o hechos de violencia de género que son constitutivos de delito, pero no en el ámbito político.

Por eso, Ravel considera que parte de la evaluación a tres años es darle una mayor importancia a la capacitación no solamente para candidatas o actores políticos, sino para la ciudadanía en general, pues en la medida en que todas las personas puedan reconocer cuándo se habla realmente de un caso de violencia política de género, podría darse una reacción más orgánica ante las acusaciones que no lo son y tendrían un costo político.