Tribunal federal concluye que plazo de prisión sin sentencia a la que ha estado sujeto Israel Vallarta por 18 años es “razonable”

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Un tribunal federal concluyó que el plazo de prisión preventiva sin sentencia a la que ha estado sujeto Israel Vallarta Cisneros por 18 años es “razonable”, por lo que le negó la oportunidad de seguir su proceso en libertad, informó el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP).

Así lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Segundo Circuito al justificar que lo prolongado del procedimiento en contra de Vallarta ha sido consecuencia “principalmente en el ejercicio de su derecho de defensa”.

De esta forma, el tribunal le dio la razón a la Fiscalía General de la República (FGR) que pidió que Israel Vallarta permanezca en prisión preventiva justificada, pese a estar encarcelado desde el 2005 sin que se le haya demostrado aún cargo alguno.

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El 8 de diciembre de 2005, la extinta Agencia Federal de Investigación (AFI) a cargo de Luis Cárdenas Palomino desplegó un operativo en el rancho “Las Chinitas” que derivó en la detención de Israel Vallarta y la francesa Florence Cassez, quienes fueron señalados por ser presuntos líderes de una banda de secuestradores identificada como “Los Zodiaco”.

israel vallarta florence cassez
israel vallarta florence cassez

 

 

No obstante, la noticia se dio a conocer hasta la mañana siguiente cuando la AFI decidió recrear la detención frente a las cámaras de los dos principales noticieros televisivos del país, quienes grabaron la detención y posterior tortura en tiempo real de Vallarta.

Pruebas como estas fueron las que lograron que años después la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) lograra la liberación de Cassez, no así la de Vallarta.

“Para esta Defensoría, el ejercicio del derecho a la defensa constituye un derecho que de ninguna manera puede ser considerado como una acción deliberada de las personas procesadas para alargar el proceso y, por ello, no puede operar en su perjuicio. Por lo tanto, cuando el plazo de prisión preventiva sobrepasa lo razonable, procede establecer medidas menos lesivas que no impliquen la privación de la libertad”, señaló el IFDP mediante un comunicado.

Por ello, calificó como preocupante que al analizar el cese de la prisión preventiva en contra de Israel Vallarta se haya considerado que el ejercicio del derecho a la defensa que tiene como derechos se haya transformado en una justificación para prolongar una “medida tan lesiva que implica la privación de la libertad sin contar con sentencia”.

“Más aún, en un caso en el que el propio imputado solicitó expresamente el cierre de instrucción e incluso obtuvo un amparo para analizarlo en el menor tiempo posible”, subrayó.

Familiares de Israel Vallarta exigen su liberación.
Familiares de Israel Vallarta exigen su liberación.

En criterios anteriores, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que al analizar la razonabilidad del plazo que una persona debe pasar en la cárcel sin sentencia se debe considerar la complejidad del asunto, la actuación de las autoridades y lo que ha ocurrido dentro del proceso, determinando que debe reinar el derecho a la defensa.

 

Asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señala que, al analizar prisión preventiva como medida cautelar y el derecho de toda persona a ser juzgada en un plazo razonable, el Estado debe establecer medidas distintas a la privación de la libertad, cuando el plazo de la prisión preventiva sobrepasa lo razonable.

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En ese sentido, el IFDP señaló que a todo lo anterior se suma que en la sentencia del Tribunal Federal erróneamente se justifica la medida de prisión preventiva en su carácter de justificada sin considerar el análisis de riesgo emitido en favor de Vallarta Cisneros por la Guardia Nacional, que incluso estableció la existencia de arraigo.

Adicionalmente, acusó que la resolución del tribunal desatendió lo establecido por el Comité contra la Tortura de Naciones Unidas, el que determinó, en este caso, que se impusiera una medida provisional distinta a la privación de la libertad, considerando el impacto de la prisión preventiva en la salud de Israel Vallarta Cisneros, así como lo excesivo que ha sido el proceso sin dictar sentencia.