El Tribunal Europeo de DDHH valida la ley francesa que penaliza a los clientes de la prostitución

El interior del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en la ciudad francesa de Estrasburgo, en una imagen del 7 de febrero de 2019 (Frederick Florin)
El interior del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en la ciudad francesa de Estrasburgo, en una imagen del 7 de febrero de 2019 (Frederick Florin)

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) falló este jueves que un Estado puede penalizar a los clientes de los trabajadores sexuales, validando una ley francesa de 2016 sobre la prostitución.

Un grupo de 261 hombres y mujeres trabajadores sexuales recurrieron en 2019 al tribunal paneuropeo para denunciar el impacto en sus condiciones laborales de esta ley --que castiga a los compradores de sexo con multas de hasta 1.500 euros (1.630 dólares) pero que rara vez van a juicio.

Las asociaciones que buscan terminar con la prostitución aplaudieron esta ley, considerada como un gran avance en su lucha.

Pero los demandantes, apoyados por una veintena de asociaciones, señalan que la ley forzó a los trabajadores sexuales a entrar en la clandestinidad, exponiéndolos a más a agresiones y al riesgo de enfermedades infecciosas.

"Al tener menos clientes, mi posibilidad de escoger se ha reducido [...] Me he visto aceptando prácticas [y tarifas] que antes tenía la posibilidad de rechazar", explica bajo anonimato A.M., haciendo hincapié en "la gran dificultad (o imposibilidad) de imponer el preservativo".

En su auto, el TEDH dice ser "plenamente consciente de las dificultades y los riegos –-innegables-– a los que las personas prostituidas se exponen en el ejercicio de esta actividad".

La corte indica sin embargo que estos "fenómenos ya estaban presentes y se observaban antes de la aprobación de la ley" de 2016, atribuidos en aquel momento al entonces delito de captación de clientes.

Para los jueces, "no hay unanimidad sobre la cuestión de saber si los efectos negativos descritos por los demandantes fueron directamente causados por [...] la penalización de la compra de actos sexuales, o su venta".

Según la corte, no hay consenso sobre si estos efectos son "inherentes e intrínsecos al fenómeno de prostitución [...] o serían el resultado de todo un conjunto de factores sociales y de comportamiento".

El tribunal estima que las autoridades francesas "han encontrado un justo equilibrio entre los intereses rivales en juego".

"Estamos decepcionados porque la corte reconoce que la penalización de los clientes tiene un impacto negativo en los trabajadores sexuales [...] pero se niega a condenar a Francia", reaccionó por su parte Sarah-Marie Mafessoli, de la oenegé Médecins du Monde France.

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