Tribunal de apelaciones echa atrás fallo contra industria de cruceros por ‘traficar’ con propiedades en Cuba

Un tribunal federal de apelaciones anuló el martes un fallo de $400 millones contra cuatro compañías de cruceros que llevaban pasajeros a Cuba y que fueron demandadas por daños y perjuicios por “tráfico de propiedad confiscada” por una compañía dueña de una concesión en el Puerto de La Habana.

En 2022 un juez federal de Miami dijo que cuatro importantes líneas de cruceros con vínculos en el sur de Florida —Carnival, Norwegian, Royal Caribbean y MSC Cruises— participaron en “turismo prohibido” y “actividades de tráfico” al transportar pasajeros a Cuba y usar los muelles e instalaciones construidas por la empresa estadounidense Havana Docks, que fueron confiscadas por el gobierno de Fidel Castro sin compensación en 1960.

La jueza federal de distrito Beth Bloom había ordenado a las empresas que pagaran $439 millones, más los honorarios y costos de los abogados. Pero el martes, en una decisión por 2 a 1, el Tribunal de Apelaciones del 11no Circuito, con sede en Atlanta, revocó el fallo de la jueza de Florida.

En una declaración conjunta, MSC Cruceros, Norwegian Cruise Line Holdings y Royal Caribbean Group dijeron que estaban “satisfechos con la decisión del tribunal de apelaciones y agradecen al tribunal por su consideración exhaustiva del caso”.

Un portavoz de Carnival Corporation dijo: “Estamos satisfechos con el resultado y no haremos más comentarios sobre litigios pendientes”.

El fallode 2022 fue el primero de su tipo en virtud de una disposición clave, conocida como Título III, de la Ley Helms-Burton federal que permite a los propietarios de reclamaciones sobre propiedades confiscadas en Cuba exigir a quienes se benefician del uso comercial de dichas propiedades. Pero el Título III fue suspendido por cada presidente desde que Bill Clinton lo firmó en 1996 hasta que Donald Trump lo puso en efectoen 2019.

El tiempo que ha pasado ha hecho que estos juicios sean más complicados.

En su decisión, el tribunal de apelaciones dijo que Havana Docks tenía una concesión para explotar los muelles, no una “propiedad en pleno dominio” o propiedad absoluta de la propiedad confiscada. Y cualquier interés que tuviera en la propiedad había expirado cuando los cruceros zarparon hacia Cuba entre 2016 y 2019 porque su concesión de 99 años expiraba en 2004, dijo el tribunal.

“No creemos que el Congreso, al promulgar el Título III, haya querido convertir los intereses de propiedad que estaban limitados temporalmente al momento de su confiscación en intereses de dominio absoluto a perpetuidad, de modo que los titulares de esos intereses limitados pudieran hacer valer sus reclamaciones sobre tráfico hasta lo que Buzz Lightyear llamó ‘el infinito y más allá’”, dijo el tribunal de apelaciones.

En la opinión mayoritaria, el juez principal William Pryor y el juez Adalberto Jordán fallaron que aunque Havana Docks tiene un reclamo por la pérdida del muelle y las instalaciones y sus derechos para explotarlos, lo cual fue certificado independientemente por la Comisión de Solución de Reclamaciones Extranjeras del Departamento de Justicia, la compañía no tenía “ningún derecho de propiedad absoluta sobre ninguna propiedad en el Puerto de La Habana”.

Los jueces dijeron que la mejor manera de interpretar el lenguaje del Título III es “considerar el interés de propiedad en cuestión en una acción del Título III como si no hubiera habido expropiación y luego determinar si la conducta alegada constituyó tráfico de ese interés”.

Los guerrilleros de Fidel Castro desfilan en tanques blindados frente al edificio Havana Docks en el Puerto de La Habana. La foto probablemente fue tomada en noviembre de 1960, cuando la propiedad fue nacionalizada, dijo Mickael Behn, a quien el gobierno de Estados Unidos reconoce como el legítimo dueño de la propiedad. Courtesy
Los guerrilleros de Fidel Castro desfilan en tanques blindados frente al edificio Havana Docks en el Puerto de La Habana. La foto probablemente fue tomada en noviembre de 1960, cuando la propiedad fue nacionalizada, dijo Mickael Behn, a quien el gobierno de Estados Unidos reconoce como el legítimo dueño de la propiedad. Courtesy

En una opinión disidente, el juez Andre L. Brasher dijo que preguntar qué habría sucedido con los muelles de Havana Docks si no hubieran sido confiscados en 1960 era “contrafáctico” e “incompatible” con el propósito de la Ley Helms-Burton.

“Nada en el estatuto exige que un reclamante demuestre que, en ausencia de la confiscación, tendría un interés de propiedad actual y presente en su propiedad robada”, argumentó.

Brasher citó una decisión anterior del mismo tribunal de apelaciones que establecía que bajo la Ley Helms-Burton se consideró que los antiguos propietarios de propiedades confiscadas tenían un derecho a reclamación sobre dicha propiedad en vez de derechos sobre la propiedad como tal.

“A diferencia de los derechos de concesión originalesde Havana Docks en los muelles, su reclamación no tiene límite temporal”, argumentó.

También advirtió que la decisión podría afectar otros casos que involucren reclamos sobre otros tipos de bienes confiscados, como “patentes”, que probablemente hayan expirado desde 1959.

El caso, que está en litigio desde 2019, podría continuar si Havana Docks solicita una nueva audiencia frente a todo el panel de jueces de apelaciones o llega a la Corte Suprema.

“El Gobierno Comunista de Cuba robó por la fuerza la propiedad de Havana Docks. Eso no fue una ficción”, dijo en un comunicado Colson Hicks Eidson, la firma de Miami que representa a Havana Docks. “El régimen comunista no ha estado reteniendo las propiedades robadas esperando que sus dueños estadounidenses regresen y las recuperen. Los líderes comunistas no electos de Cuba han utilizado las propiedades estadounidenses robadas para implementar su dictadura.

“Nuestro cliente está revisando la decisión del panel mientras considera nuestros próximos pasos”.