Reforma laboral en Colombia prevé licencia por menstruación incapacitante, no “días libres”

La Cámara de Representantes de Colombia aprobó en octubre de 2024 varios artículos de la reforma laboral presentada por el gobierno. En ese contexto, publicaciones compartidas más de 1.700 veces en redes sociales aseguran que la iniciativa otorgaría “días libres” a las mujeres “cuando les llegue” su periodo menstrual, lo que generará que “los empresarios no les den trabajo por ausentarse”. En realidad, el proyecto sólo concede licencias médicas a las trabajadoras con ciclos menstruales incapacitantes ya diagnosticados.

“Este gobierno es una payasada; según la reforma laboral a las mujeres se les dará licencia cuando les llegue el periodo ¡Prepárense para el aumento del desempleo femenino!”, escribió el congresista del partido Centro Democrático, Miguel Polo Polo, en X.  

“Los empresarios de Colombia estarán mentalizados en NO darle trabajo a mujeres porque si las contratan, de los 30 días que se les debe de pagar, estas solo le trabajaran 25 y los otros 5 días libres con el periodo, el empresario se los tendrá que pagar igual”, añadió el legislador.

El mensaje también fue difundido por otros usuarios en Facebook (1, 2).

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Captura de pantalla de una publicación en X hecha el 15 de octubre de 2024

El 8 de octubre de 2024, la Cámara de Representantes de Colombia aprobó 53 artículos del proyecto de reforma laboral presentado por el gobierno del presidente Gustavo Petro en 2023.

Entre ellos, el número 18, que hace referencia a las licencias laborales. Pero en ningún lugar consigna que se otorgarán “cinco días libres” a las mujeres “cuando les llegue” su periodo menstrual.

El debate del proyecto continúa en la cámara baja. De aprobarse, pasará a discutirse en el Senado antes de convertirse en ley.

Licencia para atención médica

Una búsqueda en el sitio web de la Cámara de Representantes permitió hallar el texto del proyecto que se discutió el 8 de octubre, en su segundo debate.

El artículo 18 de la iniciativa modifica el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual se ocupa de la concesión de licencias o permisos que puede solicitar el trabajador en ciertas circunstancias, como en caso de embarazo, de calamidad doméstica o la muerte de un familiar, o para desempeñar actividades sindicales, entre otras.

La modificación añade que asistir a una cita médica programada o de urgencia también es un motivo para conceder una licencia laboral, y esto incluye los casos de “ciclos menstruales incapacitantes, dismenorreas o cuadros de tensión abdominal por la menstruación, asociados a endometriosis ya diagnosticada”.

La dismenorrea y la endometriosis son trastornos caracterizados por derivar dolores intensos en la parte baja del abdomen durante el periodo menstrual de una  mujer, estos pueden ocasionar hemorragias intensas, vómitos, fatigas, entre otros aspectos.

Andrés García, experto en economía laboral y decano de la facultad de Economía de la Universidad del Rosario, explicó a AFP Factual que “esto no quiere decir que las mujeres tendrán un permiso automático para ausentarse durante su ciclo menstrual, sino que permite que las trabajadoras con ciclos menstruales incapacitantes puedan ir a urgencias o citas médicas programadas”.

“Por supuesto que para validar la licencia ante el empleador, el empleado tiene cómo demostrar la citación, así como las demás modalidades de licencia de las que trata el artículo 18, que tienen cómo ser comprobadas”, informó la representante María Fernanda Carrascal, ponente del proyecto, a través de su perfil en X.

La reforma no pretende modificar el artículo 227 del Código Sustantivo del Trabajo que obliga la presentación de la incapacidad a todos los trabajadores”, explicó a la AFP Carlos Acero Castellanos, abogado y magíster en Derecho Internacional de la Universidad de los Andes.

Y añadió: “Realmente esta norma más que crear la licencia menstrual, crea una licencia para la atención médica, de hombres y mujeres. Y pone el ejemplo de las menstruaciones incapacitantes, pero es un ejemplo apenas de muchos cuadros clínicos”.

En un boletín de prensa, el 8 de octubre, la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, también aclaró que la licencia por cuadros clínicos como la endometriosis se podrá conceder sólo “cuando está diagnosticada”.

Referencias