¿Quieres vivir en Costa Rica? Hay buenas noticias para migrantes de Cuba, Venezuela y Nicaragua

El gobierno de Costa Rica otorgará una Categoría Especial Temporal a ciudadanos de Cuba, Venezuela y Nicaragua que hayan solicitado refugio en el país centroamericano.

Para poder calificar, los migrantes deberán haber realizado una solicitud de refugio entre el pasado 1 de enero del 2010 y el 30 de septiembre de 2022.

Los solicitantes deben haber permanecido en Costa Rica desde que presentaron la solicitud de refugio original.

La nueva medida migratoria le otorgaría el permiso de permanecer en el país por hasta dos años, con opción a renovarse, a todos los que cumplan con los requisitos antes mencionados, incluso si su solicitud inicial fue denegada antes de diciembre del 2022.

Los interesados en beneficiarse del programa podrán obtener una cita a través del portal de la Dirección General de Migración y Extranjería o llamando al 1311. Las fechas serán otorgadas a partir del 15 de abril del 2023, según la agencia.

Quienes reciban la nueva Categoría Especial Temporal podrán trabajar legalmente en el país. Del mismo modo, no tendrán que solicitar un permiso adicional para entrar y salir de Costa Rica.

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¿Cómo solicitar a la nueva Categoría Especial Temporal en Costa Rica?

A continuación presentamos una lista de documentos que deberá presentar a la hora de solicitar la nueva Categoría Especial Temporal, según el gobierno de Costa Rica:

Completar el Formulario de Filiación que puede descargar. El documento deberá ser firmado frente a un funcionario de migración o ser autenticado por una abogado.

Su certificado de nacimiento emitido en el país de origen, legalizado o apostillado, o emitido en el consulado del país de origen en Costa Rica.

Si no puede presentar este certificado, podrá realizar una declaración jurada, donde indique su nombre, nacionalidad, lugar y fecha de nacimiento, y nombre de sus padres.

Certificación de antecedentes penales emitida en su país de origen o por el consulado de su país en Costa Rica. Las personas que hayan cometido un delito en los últimos 10 años no califican para el programa.

Fotocopia de la primera página del pasaporte, o de la cédula de identidad de su país de origen con fotografía, la cual deberá confrontarse con el original ante un funcionario de migración.

Comprobante de Huellas emitido por el Ministerio de Seguridad Pública para mayores de 12 años.

Si todavía tiene abierto su proceso de solicitud de refugio, deberá presentar el formulario de desistimiento de la solicitud o de los recursos planteados.

Tome en cuenta que si ya presentó alguno de estos documentos en su solicitud de refugio original, no tendrá que presentarlos de nuevo.

El año pasado, Costa Rica se unió al grupo de países latinoamericanos como Panamá, Perú, República Dominicana y Jamaica que comenzaron a exigir visa de tránsito a ciudadanos cubanos que hagan una parada antes de llegar a su destino final.

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