¿Quieres traer a tus familiares a EEUU? Hay cambios en la visa de reunificación familiar

Estar de nuevo con la familia es el sueño de muchos inmigrantes y Estados Unidos ofrece oportunidades de hacer realidad ese anhelo.

Una de las formas más seguras es la de solicitar la visa por reunificación a las autoridades pertinentes, a través del Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero.

De sus respectivos procesamientos se encarga el Servicio de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos (USCIS), que este miércoles publicó una actualización de las guías de reunificación familiar a seguir por quienes aspiran a algunas de las mencionadas visas.

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¿Cuáles son las novedades que publica USCIS en torno a la visa?

La agencia federal destaca que antes generalmente retenía las peticiones aprobadas que no tenían claro si el beneficiario deseaba un ajuste de estatus o un procesamiento consular.

La actualización brinda detalles de los procedimientos cuando la preferencia del beneficiario por el procesamiento consular o el ajuste de estatus no está clara o ha cambiado o se necesita una corrección.

Queda también a discreción de USCIS la decisión de enviar la petición aprobada al Centro Nacional de Visas (NVC) para procesamiento consular o mantener el procesamiento de la petición de ajuste de estatus basándose en la evidencia de la ubicación más reciente del beneficiario, incluyendo la dirección del beneficiario indicada en la petición.

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USCIS apunta que, cuando retiene la petición porque el documento contiene información inexacta, generalmente el interesado en la visa debe presentar un Formulario I-824 o Solicitud de Acción sobre una Solicitud o Petición Aprobada, con la tarifa correspondiente, para transferir la petición al NVC.

De igual modo, las guías actualizadas explican cómo usted puede comunicarse con la agencia para corregir un error o actualizar un Formulario I-130 pendiente o aprobado. Incluye actualizar la dirección del beneficiario e indicar si este desea realizar un procesamiento consular o un ajuste de estatus.

Asimismo, las guías actualizadas proporcionan informaciones generales sobre cómo USCIS decida o aprueba una petición de inmigrante basada en la familia, incluidas las notificaciones relevantes.

¿Quiénes pueden beneficiarse de visa de reunificación familiar?

Pueden llenar el Formulario I-130 aquellas personas con estatus de ciudadano americano, residente permanente legal o nacional de Estados Unidos.

Los peticionarios necesitan demostrar la relación cualificada que tiene con un familiar elegible (el beneficiario) que desea inmigrar o permanecer de manera permanente en Estados Unidos y solicitar una Tarjeta de Residente Permanente (también conocida como Green Card o Tarjeta Verde).

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La presentación o aprobación de esta petición no le otorga a su familiar ningún estatus o beneficio de inmigración.

Si su familiar ya se encuentra en Estados Unidos y hay una visa de inmigrante disponible, podrá ser elegible para solicitar su Tarjeta de Residente Permanente presentando un Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.

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