¿Tu green card peligra? No olvides este trámite esencial para conservarla
En EEUU existen diversas formas de obtener residencia permanente o green card, dependiendo de las circunstancias de quienes soliciten el ansiado documento para regularizar su estatus migratorio.
Uno de estos caminos requiere enviar un formulario adicional al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), no solo para mantener la residencia permanente en EEUU, sino también para abrir el camino hacia la ciudadanía americana.
USCIS ofrece una guía sobre los casos en cuestión, así como de los pasos a seguir por parte de los solicitantes.
¿Obtuviste green card por matrimonio?
Uno de los métodos legales para obtener la green card es el matrimonio con un ciudadano estadounidense o alguien que tenga estatus de residente permanente legal (LPR).
Aquellos que llevaban casados menos de dos años cuando fueron admitidos en EEUU con un visado de inmigrante, o cuando ajustaron su estatus en el país, recibieron una green card o residencia permanente de carácter condicional.
Después de haber vivido en EEUU como residente permanente condicional (RPC), las leyes migratorias exigen presentar el formulario I-751, Petición para eliminar las condiciones de residencia, con el fin de remover las condiciones aplicadas. Esto debe hacerse durante los 90 días anteriores al segundo aniversario de la concesión del estatus.
Esta exigencia aplica a todos los casos en condiciones semejantes, a menos que solicite una exención. La presentación del formulario no necesita esperar hasta el período de 90 días previo al segundo aniversario, pero la solicitud debe realizarse antes de una orden final de exclusión, deportación o expulsión, según una hoja informativa actualizada de USCIS.
Presentación del formulario de manera conjunta
La presentación del Formulario I-751 puede ser una petición conjunta, hasta que el matrimonio se termine legalmente por medio de la anulación o el divorcio, o hasta que el ciudadano estadounidense o el LPR peticionario retire su apoyo.
Al conocer la disolución del matrimonio, USCIS envía una Solicitud de Pruebas para documentación de la sentencia definitiva de divorcio o anulación y la buena fe del matrimonio.
Es responsabilidad del solicitante notificar a USCIS sobre la finalización del matrimonio. A partir del mismo, la agencia federal ya no puede procesar el I-751 como una presentación conjunta; sin embargo, puede ofrecer la oportunidad de enmendar la presentación con una solicitud de exención por buena fe (divorcio).
¿Cómo saber si tienes un estatus de residente permanente condicional?
Si obtuviste la residencia permanente por matrimonio con un ciudadano estadounidense o un residente (LPR), y llevabas casado menos de dos años cuando fuiste admitido en EEUU con un visado de inmigrante o cuando ajustaste tu estatus en el país, tu green card te fue concedida de forma condicional.
En ese caso, debes presentar el formulario I-751, Petición para eliminar las condiciones de residencia, para eliminar dichas condiciones y avanzar en el camino hacia la la ciudadanía.
Vigilancia sobre fraudes
▪ El Congreso de EEUU promulgó las Enmiendas contra el Fraude Matrimonial en la Inmigración de 1986 (IMFA) para desalentar los matrimonios fraudulentos para obtener residencia permanente en los Estados Unidos.
▪ Las agencias constatan la buena fe del matrimonio y, en consecuencia, eliminan las condiciones de su estatus de residente permanente. La eliminación de estas condiciones te permitirá seguir tu trayecto migratorio hacia la naturalización.
▪ Si contrajo el matrimonio calificado de buena fe, pero ahora es viudo o viuda, debe proporcionar a USCIS una copia del certificado de defunción registrado civilmente y una traducción al inglés por un traductor certificado si el documento está en cualquier idioma que no sea inglés.
Hijos con estatus de residente permanente condicional
Un hijo con estatus de residente permanente condicional (CPR) puede ser incluido en la solicitud I-751 si obtuvo dicho estatus el mismo día que progenitor, o dentro de los 90 días posteriores.
Un hijo con estatus CPR que necesite presentar un formulario separado puede hacerlo en cualquier momento, incluso antes del período de 90 días previos al segundo aniversario de la obtención del estatus CPR, siempre que el menor no esté sujeto a una orden definitiva de expulsión.
Ejemplos de hijos que presentan formularios individuales:
▪ Un hijo que obtuvo el estatus CPR más de 90 días después que el progenitor.
▪ El progenitor CPR falleció antes de presentar el Formulario I-751.
▪ Cualquier otra circunstancia que impida que el hijo sea incluido en el formulario I-751 del padre, padrastro o madrastra.
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