Prisión preventiva para narcomenudeo abre la puerta a criminalización, extorsiones y detenciones arbitrarias
Incluir el delito de narcomenudeo en el catálogo de los que implican prisión preventiva oficiosa, como busca la iniciativa de reforma al artículo 19 constitucional propuesta por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, criminalizaría aún más el consumo de drogas, y aumentaría el riesgo de extorsiones y detenciones arbitrarias pero sin afectar a las grandes estructuras de criminalidad.
Así lo advierten especialistas y organizaciones como Elementa DDHH e Intersecta, pues la prisión preventiva oficiosa para los casos de narcomenudeo implicaría perseguir delitos relacionados con drogas sólo por las cantidades que porte una persona, sin considerar el contexto en que se den los casos.
Por ejemplo, en el caso de la mariguana, el máximo para consumo personal e inmediato es de cinco gramos. Y con lo que plantea la reforma, portar seis gramos o más podría implicar ir a prisión automática.
La sanción del delito de narcomenudeo con cárcel automática no considera que hay personas en situación de vulnerabilidad, ya sea en pobreza por la falta de empleo, la marginación social, así como la coacción de algún grupo de la delincuencia organizada, que cometen estos delitos, y que los llevaría a la cárcel.
En El Sabueso te explicamos qué es la prisión preventiva oficiosa, el narcomenudeo y lo que dice al respecto la reforma que se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados:
Para saber más: Morena ampliará el uso de la prisión preventiva oficiosa; ahora incluyen extorsión, tráfico de fentanilo y otros delitos
¿Qué es la prisión preventiva?
La prisión preventiva es una medida cautelar que implica la privación de la libertad de una persona acusada de un delito de forma automática, sin que la persona juzgadora evalúe la situación particular del caso.
“Dentro de la prisión preventiva, que es entrar sin sentencia a la cárcel, hay dos formas a su vez: la prisión preventiva justificada que, como su nombre lo indica, hay una justificación, y la prisión preventiva oficiosa, que se impone en automático cuando una persona es acusada o señalada de haber cometido algún delito”, dice Constanza Carrasco, líder de Incidencia en Intersecta.
Actualmente, los delitos que implican prisión preventiva oficiosa, según el artículo 19 constitucional, son abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, desaparición forzada de personas, entre otros. La iniciativa de reforma busca añadir otros como el narcomenudeo, la producción y distribución de fentanilo y la defraudación fiscal.
“El juez debe ordenar la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de narcomenudeo”, establece la reforma.
Por lo tanto, al no hacerse un estudio del caso, si alguien es detenido por la presunta comisión de un delito que está enlistado en el artículo 19 constitucional, ingresa a prisión.
“Es decir, ya no analizo el contexto ni de la persona que cometió el delito ni de la víctima, sino que, automáticamente, por incluir un delito en esta lista, en este catálogo, la persona una vez que es detenida y procesada ingresa a un centro penitenciario”, explica Adriana Muro, directora ejecutiva de Elementa DDHH.
¿Cuál es la diferencia entre narcotráfico y narcomenudeo?
Las especialistas coinciden en que hay que distinguir entre narcomenudeo y narcotráfico para entender por qué la iniciativa de reforma al artículo 19 de la Constitución impacta en los derechos humanos.
Así, las autoridades del fuero común, como los ministerios públicos de las entidades, se encargan de perseguir el narcomenudeo, que incluye suministro, comercio y posesión de una cantidad de droga menor a la dosis máxima establecida para uso personal, según el artículo 479 de la Ley General de Salud.
Mientras que las autoridades federales, como la Fiscalía General de la República, intervienen cuando la cantidad de la sustancia es igual o superior a ese límite, y contempla conductas como el transporte y la producción de drogas o que haya indicios de ser parte de una red de delincuencia organizada. Es decir, el delito de narcotráfico, según el Código Penal Federal.
Por ejemplo, la tabla a continuación muestra que la dosis mínima de consumo personal de cannabis es de cinco gramos, mientras que se considera narcomenudeo portar desde seis gramos hasta mil veces la dosis personal máxima, es decir, cinco kilos. Al portar una cantidad superior, ya se considera como delito de narcotráfico.
Actualmente, “las actividades que son consideradas menores o no graves, entran dentro de la bolsa de narcomenudeo y por tanto, que no ameritan una persecución tan grande como lo que corresponde al narcotráfico”, se lee en un comunicado de Elementa DDHH.
Datos de esta organización revelan que del total de las personas en prisión preventiva oficiosa por delitos relacionados con drogas, 96.1% están en la cárcel por narcomenudeo, un delito que no implica un daño físico o emocional directo a una persona. Mientras que 3.9% están por narcotráfico.
“La distinción más importante entre ambos corresponde a las cantidades de narcóticos pero ¿con la cantidad máxima para autoconsumo ya eres susceptible de ir a prisión?”, cuestiona Constanza Carrasco.
En una publicación en X, antes Twitter, Patricia Mercado, diputada federal de Movimiento Ciudadano, comparó que mientras hace tres años el Congreso de la Unión discutía la regulación de la mariguana –que quedó congelada en el Senado–, ahora el debate es sobre la prisión preventiva oficiosa.
“Lamentablemente, hoy estamos en un lugar peor, con la intención de la mayoría legislativa de agregar el delito de narcomenudeo al catálogo de prisión preventiva oficiosa, lo que sólo aumenta la vulnerabilidad de personas consumidoras y de bajos recursos que pueden ser privadas de la libertad bajo cargos que no necesariamente se van a demostrar”, sostuvo.
¿Por qué la prisión preventiva oficiosa por narcomenudeo afecta los derechos humanos?
La iniciativa sostiene que el narcomenudeo forma parte de una de las problemáticas sociales que mayores efectos negativos ocasiona en los grupos vulnerables, como las niñas, niños y adolescentes por ocasionar violencia e inseguridad.
Sin embargo, las especialistas concuerdan en que con esta reforma no se está afectando a las grandes estructuras de criminalidad, simplemente se va contra las personas que están en el eslabón más bajo.
“Una persona usuaria de cannabis que traiga más de la dosis personal; una persona habitante de calle que esté suministrándole a otra fentanilo también es candidata a la prisión preventiva oficiosa por narcomenudeo; o mujeres, por ejemplo, que se ha documentado que por coacción por parte del crimen organizado o por parte de sus parejas, también comercializan sustancias”, enlista Adriana Muro, directora ejecutiva de Elementa DDHH.
Las detenciones deberían traducirse en juicios justos, condenas efectivas, mejoras en la seguridad pública pero la reforma al artículo 19 constitucional no lo garantiza.
Naciones Unidas ha señalado que México ha adoptado un enfoque mucho más punitivo hacia el uso de drogas, pues la posesión a niveles relativamente bajos puede ser suficiente para calificar como narcomenudeo.
“Los índices de extorsión por parte de autoridades van a crecer, porque ya hemos documentado que el hecho de que existan estos delitos ya genera extorsiones y detenciones arbitrarias a personas usuarias de drogas. Ahora no solamente es el riesgo o el miedo de que te lleven al ministerio público, es el miedo o el riesgo que ingreses a un centro penitenciario”, lamenta Adriana Muro.
Con Morena en el gobierno ya habían aumentado las detenciones por narcomenudeo. En 2019 y 2020 se registraron 46 y 47 mil casos, respectivamente. En 2021 hubo 62 mil y registraron su máximo nivel en 2022, al superar los 66 mil, de acuerdo con el conteo de delitos de los Censos Nacionales de Seguridad Pública Estatal del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
La prisión preventiva oficiosa por narcomenudeo, además, desvía recursos y atención que podrían dedicarse a combatir los niveles más altos de la cadena del narcotráfico o un enfoque en el derecho a la salud de las personas usuarias de drogas.