La odisea de rescatar un plan de pensiones

Acceder a un plan de pensiones no es fácil. Puesto que su objetivo es ir acumulando dinero para disponer de él una vez llegada la jubilación, recuperarlo antes del tiempo estipulado acarrea una serie de trabas complejas de solventar. Concretamente, los problemas empiezan en un momento determinado del trámite: la entrega de documentación necesaria para acceder al capital invertido.

Y es que esta documentación no es algo universal para todas las gestoras, sino que cada una cuenta con su propio reglamento que, en función de lo permisivo o no que sea, facilitará poder disponer del dinero rápidamente o, por el contrario, alargará la operación más tiempo del previsto por el usuario.

Pero, vamos por partes. ¿Cuáles son los supuestos que permiten acceder a nuestro plan de pensiones antes de la jubilación? Hay diversos motivos estipulados, como desempleo de larga duración, incapacidad laboral, dependencia severa o gran dependencia, enfermedad grave y fallecimiento. A estos supuestos hay que añadirle la posibilidad de retirar los fondos de un plan de pensiones con 10 años de antigüedad. Aunque esto tiene sus matices. Se trata de un cambio sustentado por el Real Decreto de Modificación del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones en Materia de Liquidez y Reducción de Comisiones, aprobado en consejo de ministros en febrero de 2018. Por él se establece que a partir de 2025 se podrán recuperar las aportaciones y los rendimientos generados por planes de pensiones que tengan al menos diez años de antigüedad. Es decir, las aportaciones hechas hasta 2015. Y de ahí en adelante.

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¿Cuáles son los supuestos que permiten acceder a nuestro plan de pensiones antes de la jubilación? Foto: Getty Creative.
¿Cuáles son los supuestos que permiten acceder a nuestro plan de pensiones antes de la jubilación? Foto: Getty Creative.

Entonces, si se cumple alguno de estos requisitos, ¿en qué punto del proceso aparecen las trabas? Como comentábamos anteriormente, la problemática llega a la hora de tener que entregar la documentación que cada gestora solicita al poseedor del plan de pensiones. Unos requisitos que, según denunció recientemente la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), “son extremadamente difíciles”, por lo que ha pedido al Gobierno que sea él quien determine qué documentación es necesaria, quitando así esta potestad a las gestoras.

Por regla general, sea cual sea el supuesto, los documentos que habrá que entregar son una fotocopia del DNI del titular del plan de pensiones, el modelo 145 del IRPF, que es el modelo de retenciones sobre rendimientos del trabajo y que normalmente lo proporcionan en la misma gestora, y el formulario de rescate cumplimentado. Adicionalmente, y según el tipo de contingencia por el que se solicite acceder al plan de pensiones, podrían ser necesario otros documentos. Y es exactamente en este punto donde comienza la verdadera odisea.

Veamos algunos ejemplos de esta documentación adicional que se puede pedir al tenedor del plan de pensiones para retirar el capital.

En el caso de un parado de larga duración, entre los documentos extra que las gestoras suelen pedir destacan una copia de la vida laboral, un documento que acredite la baja de actividad o declaraciones de la renta, un certificado del régimen por el que había cotizado que demuestre su situación de desempleo en el caso de que se haya cotizado por regímenes diferentes al de la Seguridad Social o el certificado de baja censal de la actividad en el caso de autónomos. Todo ello, además del hecho de estar inscrito como demandante de empleo en el INEM. Incluso, algunas entidades exigen la prestación anticipada por despido objetivo o colectivo.

En caso de fallecimiento, se pueden pedir, entre otros, el certificado de defunción, el testamento o un documento de últimas voluntades.

Si es por enfermedad grave, se puede pedir el informe médico en el que se debe acreditar que la enfermedad le incapacita para realizar su trabajo habitual durante un tiempo mínimo de 3 meses.

Analizando la situación, si te estás planteando invertir a largo plazo, pero necesitas más libertad y flexibilidad a la hora de disponer de tu dinero, quizás los planes de pensiones no son el instrumento que mejor se adapta a ti y necesitas buscar otras alternativas y productos más ágiles. Por ejemplo, los planes de jubilación, que, aunque pueda resultarte igual que el plan de pensiones, en realidad no lo son. Y es que los planes de jubilación son seguros de vida con un fuerte componente de ahorro que sí permiten la cancelación o el rescate parcial sin penalización.

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