Michoacán no legalizó el aborto hasta los nueve meses, lo despenalizó hasta las 12 semanas

El Congreso de Michoacán no legalizó el aborto hasta los nueve meses de gestación, contrario a lo que afirman entradas en redes sociales compartidas cientos de veces desde el 14 de octubre de 2024. En realidad, la reforma solo contempla la despenalización hasta las 12 semanas de embarazo. Expertas explicaron a la AFP que despenalizar no es lo mismo que legalizar. Mientras lo primero supone que el aborto deje de ser considerado un delito, sin necesariamente garantizar el acceso al servicio, lo segundo implica aprobar las normativas y recursos que aseguren que sea un proceso accesible y seguro.

“Oigan en Michoacán legalizaron el aborto hasta los 9 meses. Como si nada. Es la nueva agenda de la muerte de Morena, sus aliados y otros no tan aliados que buscan hacerse notar. Como si no hubiera suficiente sangre derramada en este México”, afirman publicaciones en Facebook y X.

<span>Captura de pantalla de una entrada en X hecha el 28 de octubre de 2024</span>
Captura de pantalla de una entrada en X hecha el 28 de octubre de 2024

Tras despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación, Michoacán (oeste) se convirtió en el décimo quinto estado mexicano, de un total de 32, que han adoptado legislaciones semejantes en el país.

Con 27 votos a favor y seis en contra, el Congreso estatal acogió una sentencia de la Suprema Corte que en 2021 declaró inconstitucionales las leyes que criminalizan el aborto, vigentes en los códigos penales de varios estados de este país federado.

El fallo de la Suprema Corte ha llevado a los estados a homologar sus legislaciones, mientras en otros se han suprimido los artículos que lo sancionan. Sin embargo, en algunos de los 15 estados que han adoptado leyes similares sigue habiendo obstáculos, pues los sistemas de salud no ofrecen el servicio, según oenegés.

La reforma en Michoacán

Una búsqueda en Google de las palabras clave “reforma”, “aborto” y “Michoacán” llevó a un comunicado, publicado el 11 de octubre pasado en el sitio oficial del gobierno local, en el que se informa que la medida “despenaliza el aborto en la entidad” hasta las 12 semanas.

Contactada por AFP Factual el 23 de octubre de 2024, la oficina de Comunicación del Congreso de Michoacán dijo que lo señalado en las publicaciones virales es falso y que la normativa aprobada solo despenaliza el aborto hasta la doceava semana de gestación.

Según una de las publicaciones virales, la supuesta legalización del aborto hasta los nueve meses estaría establecida en el artículo 146 de la reforma al Código Penal local. Sin embargo, según la enmienda publicada en el Periódico Oficial de Michoacán, dicho apartado únicamente enlista las causales específicas por las que “no será punible la interrupción del embarazo”, sin importar el periodo gestacional en el que se realice.

Las causales enlistadas son: violación; razones médicas; accidente o conducta imprudencial; que el embarazo sea producto de un procedimiento de fecundación asistida sin consentimiento de la persona gestante; que la persona embarazada esté en una situación económica precaria, o que esta haya solicitado abortar antes de las 12 semanas de gestación y este se le haya sido negado o retrasado.

Fuera de esas causales, el artículo 142 de la reforma señala que quien lleve a cabo un aborto, ya sea la persona gestante o personal de salud, “posterior a las doce semanas de gestación con consentimiento de la mujer o persona gestante, se le impondrán de seis meses a un año de trabajo a favor de la comunidad”. Antes de la reforma, el artículo establecía que “a quien hiciere abortar a una mujer con consentimiento previo de ésta”, en cualquier momento del embarazo, se le impondrían de seis meses a dos años de prisión.

Diferencia entre despenalizar y legalizar

Consultadas por AFP Factual en octubre de 2024, académicas, abogadas y activistas coincidieron en que la reforma aprobada en Michoacán no legaliza el aborto en la entidad hasta los nueve meses de gestación.

“La despenalización y la legalización son conceptos que van entramados entre sí, pero no son lo mismo”, señaló Frania Colmenero, abogada y gerente de Desarrollo Estratégico del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).

La especialista explicó que “la despenalización implica quitarle a un acto su carácter o aspecto penal, es decir, suprimir la característica punible que tiene una conducta contemplada en el código penal. Implica posibilitar que las personas gestantes puedan llevarlo a cabo sin ser criminalizadas”.

Un documento sobre términos jurídicos, publicado en 2023 por el GIRE, define que la despenalización puede ser total cuando se elimina por completo del código penal el delito de aborto; o parcial, cuando se establece que no será delito abortar bajo ciertas causales y/o plazos. Este último es el caso de Michoacán.

Sin embargo, incluso si la despenalización es total, eso “no significa que pueda realizarse la provisión de servicios de aborto porque, aunque una conducta quede exenta de pena, hay otros mecanismos que lo obstaculizan, como controles estatales, normas sociales, medidas administrativas o regulaciones sanitarias”, señala Frania Colmenero.

En Michoacán, el aborto “sigue siendo considerado un delito en el Código Penal, pero ahora no tiene una sanción penal durante las primeras 12 semanas de gestación. Es decir, está despenalizado, siempre y cuando se realice con consentimiento dentro de ese periodo o se cumplan las causales estipuladas por la ley”, señaló Fernanda Díaz de León, abogada y subdirectora de Incidencia de Ipas Latinoamérica y el Caribe (Ipas LAC), organización sin fines de lucro que trabaja para ampliar el acceso al aborto seguro y legal.

“El que se despenalice el aborto en un estado no necesariamente garantiza el acceso al servicio. No es que se pueda ir a un hospital, solicitarlo y que se lleve a cabo. Para ello es necesario que el gobierno no solo lo despenalice, sino que lo legalice”, explicó Brenda Gutiérrez, oficial de Comunicación e Incidencia del Fondo MARIA, organización que brinda apoyo financiero, logístico y psicológico a personas que deciden interrumpir su embarazo.

“Legalizar el aborto significaría establecer en normas sanitarias, lineamientos y manuales de operación, los procedimientos necesarios para que se pueda brindar ese servicio”, dijo Fernanda Díaz de León.

Legalizar el aborto implica “crear todas las condiciones necesarias (infraestructura, gestión, presupuesto, personal, capacitación, comunicación) para garantizar que sea un proceso accesible, disponible y de calidad para todas las personas que lo requieran”, señaló Frania Colmenero.

Según explica GIRE, “al igual que la despenalización, la legalización puede ser parcial o total, e implica la inclusión de las prestaciones asociadas con la realización de este procedimiento en el sistema de salud, así como otras decisiones que involucran al sector judicial y al sector de protección social”.

AFP Factual ha verificado otros contenidos con desinformación respecto a las normativas sobre el aborto en distintos países (1, 2, 3).

Referencias

  • Comunicado del gobierno de Michoacán sobre la despenalización del aborto

  • Despenalización del aborto publicada en el Periódico Oficial de Michoacán

  • Código Penal de Michoacán previo a la despenalización del aborto

  • Perfil de Francia Colmenero

  • Documento de GIRE sobre términos jurídicos

  • Perfil de Brenda Gutiérrez

  • Perfil de Fernanda Díaz de León

31 de octubre de 2024 Cambia enlace de Facebook en el segundo párrafo.