Llegan primeros amparos contra ley antitabaco

Manuel Espino

CIUDAD DE MÉXICO, enero 19 (EL UNIVERSAL).- Los primeros amparos contra las nuevas reglas para el consumo y venta de cigarros en el país empezaron a llegar a los juzgados administrativos, y una de las empresas quejosas de las medidas en vigor desde el domingo pasado sufrió un revés.

El Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México negó la suspensión provisional a la empresa Habano 2000, S. A. de C.V., en el juicio de amparo que interpuso en contra del Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco, publicado por el presidente Andrés Manuel López Obrador en diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

A través de su representante legal, María Eugenia Jaso Jáuregui, Habano 2000 recurrió a la protección de la justicia para evitar aplicar la nueva norma y poder continuar con la publicidad, promoción y patrocinio de cigarros, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de comunicación y difusión, como la exhibición.

Sin embargo, el titular del juzgado, Ulises Oswaldo Rivera González, determinó improcedente conceder la medida cautelar para los efectos solicitados, ya que se contravendrían disposiciones de orden público e interés social, además del daño que puede ocasionar al público el consumo de productos de tabaco.

El juzgador se inclinó por privilegiar la conservación del Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco, atribuido al subsecretario de Salud, Hugo López-Gatell, ya que tiene el fin de reducir el consumo de tabaco, la exposición al humo y emisiones en la población; procurando proteger a la sociedad de los factores de riesgo en la salud.

"Eliminar o suspender esas medidas de control podría afectar el interés de la sociedad, ya que es de interés colectivo la expedición de ordenamientos legislativos que tengan como objeto la prevención y disminución de las consecuencias derivadas del consumo y de la exposición al humo de tabaco en cualquiera de sus formas, que eviten la propagación de cualquier peligro en la salud", indicó Rivera González.

Admitió que si bien existen diversos criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acerca de la inconstitucionalidad de las normas que establecen prohibiciones absolutas para el consumo de productos como la marihuana o el tabaco, en este caso las normas impugnadas no imponen una restricción total para la venta y consumo de tabaco, sino sólo una restricción a su publicidad.

"De modo que las personas que tengan ya ese hábito y decidan seguir consumiendo esos productos asumiendo los riesgos que para la salud generan, siguen en posibilidad de hacerlo, y en todo caso la restricción de publicidad que se reclama estaría dirigida a evitar la aparición de nuevos consumidores [especialmente niños y jóvenes]", expuso en sus argumentos.

De esta manera, el juez Ulises Oswaldo Rivera González programó para el 26 de enero la audiencia en la que resolverá si otorga o no la suspensión definitiva a la empresa Habano 2000.

Por su parte, nueva Wal Mart de México, S. de R.L. de C.V., también se amparó contra las reglas para el consumo de tabaco y solicitó al Juzgado Decimoséptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México suspenderlas por inconstitucionales.

La transnacional se queja específicamente de la prohibición de exhibir y colocar productos del tabaco en estantes, mostradores y exhibidores, entre otros, al interior de los establecimientos y puntos de venta, que permitan al consumidor observar directamente dichos productos y, en su caso, tomarlos directamente.