Ley Victoria sancionará a quienes no brinden seguridad social a mujeres embarazadas

El Observatorio de Violencia Social y de Género en Aguascalientes (OVSGA) ha presentado la Ley Victoria, una iniciativa que busca tipificar la violencia obstétrica en el Código Penal para sancionar a quienes la practiquen, incluyendo a patrones o jefes que no brinden seguridad social a mujeres embarazadas.

En una rueda de prensa, el OVSGA dio a conocer su propuesta para tipificar este tipo de violencia. La Ley Victoria, motivada por el caso de Samantha Fierro, contempla la inclusión del tipo penal “Violencia Obstétrica” con quince nuevas fracciones al Artículo 133-B del Código Penal del Estado, estableciendo penas de tres a seis años de prisión y multas de hasta trescientos días de salario.

Luis Andrés Dena, miembro del Observatorio, explicó que la propuesta se construyó a partir de códigos penales ya establecidos y que, además de incluir los supuestos ya conformados, contempla nuevos escenarios para sancionar a quienes practiquen este tipo de violencia, sin ser necesariamente personal de salud.

“Tipificar las conductas de todas aquellas personas que, teniendo bajo su custodia o cuidado a una mujer o persona gestante, y que no necesariamente son médicos, también puedan ser responsables por una conducta indebida frente a emergencias obstétricas o en cualquier otro momento del embarazo que requiera de algún cuidado especial”, detalló Dena.

Algunos de los supuestos más destacados incluidos en las quince nuevas fracciones son:

  • Cuando se acose o se presione psicológica, ofensiva o físicamente a la mujer o persona gestante, con el fin de inhibir la libre decisión de su maternidad.

  • Cuando se niegue o se omita la afiliación a la Seguridad Social de una mujer o persona gestante o con intenciones de gestar y que preste servicios en forma personal y subordinada a un patrón.

  • Cuando se niegue o se impida la lactancia en sus centros de trabajo, centros comunitarios, espacios públicos y educativos.

  • Cuando cualquier persona impida, obstruya o disuada a una mujer o persona gestante, en estado de minoridad o de discapacidad, bajo su patria potestad, custodia o tutela de hacer libre y pleno ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos consagrados en la ley.

Mariana Ávila Montejano, presidenta del Observatorio, enfatizó la responsabilidad del trabajo legislativo con la realidad social y la deuda histórica legislativa del Congreso en armonizar las leyes en materia de derechos humanos.

“El trabajo legislativo tiene una responsabilidad con la realidad social, y esa realidad social tiene que surgir no de un trabajo de escritorio. Ellos tienen la responsabilidad de acercarse a la ciudadanía, de hacer análisis de contexto y de conocer cuáles son las realidades que están viviendo en su estado”, señaló.

La Ley Victoria subraya la importancia de los derechos reproductivos. Desde la organización, se espera que la Cámara de Diputados actúe con diligencia y compromiso para proteger y promover los derechos humanos en Aguascalientes.

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