La Justicia ordenó investigar la muerte del obispo Ponce de León como un asesinato de la dictadura militar

La Justicia declaró la nulidad de la causa por la que se había declarado que el obispo Carlos Horacio Ponce de León, titular de la diócesis de San Nicolás en 1977, había muerto en un accidente automovilístico en julio de ese año. Así, la Cámara Federal de Rosario ordenó reabrir el caso para investigarlo como un asesinato cometido por agentes de inteligencia de la dictadura militar, luego de que el dignatario religioso denunciara en el Vaticano las violaciones a los derechos humanos que se cometían en la Argentina.

Fueron determinantes para declarar la sentencia como cosa juzgada írrita y reabrir el caso una reconstrucción realizada por computadora del accidente ocurrido el 11 de julio de 1977, que permitió estabblecer la mecánica del atentado, los análisis forenses que determinaron que las heridas del obispo no eran las que se habían declarado en un principio, ni tampoco las lesiones de los supuestos conductores con los que había chocado. Ahora se sospecha que todo era falso.

La catedral de San Nicolás de los Arroyos sufrió un grave incendio en 2017
La catedral de San Nicolás de los Arroyos sufrió un grave incendio en 2017

La decisión de declarar nula la causa por el accidente de tránsito fue de los jueces de la Cámara Federald e Rosario Guillermo Toledo y Fernando Barbará, quienes hicieron lugar al recurso del fiscal federal de San Nicolás Matías Di Lello.

El caso presenta aspectos similares al del obispo de La Rioja Enrique Angelelli, asesinado en agosto de 1976 en un accidente fraguado -según determinó la Justicia- y que ahora fue declarado mártir y beato por el papa Francisco. Los jefes militares Luis Fernando Estrella y Luciano Benjamín Menéndez fueron condenados a prisión perpetua por el asesinato y Jorge Rafael Videla, Juan Carlos Romero y Albano Harguindeguy murieron antes del juicio.

La resolución de la Cámara Federal de Rosario implica la reapertura de la investigación por la muerte de Ponce de León, para avanzar sobre los autores del atentado. Así, el efecto de “cosa juzgada” de toda sentencia firme, que la convierte en inatacable e inmutable, cede ante el riesgo de que el Estado pueda incumplir con su deber de investigar las violaciones a los derechos humanos.

La sentencia ahora anulada había sido atacada hace tres años por el fiscal Di Lello. La investigación empezó en 2005 y demostró que Ponce de León fue asesinado en un atentado planificado por diferentes órganos represivos, como consecuencia de las denuncias que el prelado había realizado en el Vaticano sobre violaciones a los derechos humanos en la Argentina.

El fiscal pidió en febrero de 2020 la nulidad por cosa juzgada írrita, pero el juez federal subrogante
de Rosario, Marcelo Bailaque, rechazó la pretensión al entender que no había elementos. Di Lello cuestionó la sentencia dictada en 1978, en la que se había condenado a un conductor por !imprudencia” a seis meses de prisión, como responsable de un “accidente”, que le había costado la vida al obispo Ponce de León.

El obispo viajaba junto con Víctor Oscar Martínez en un Renault 4 por la ruta 9 y, en el kilómetro 212, fueron embestidos por una camioneta Ford F-100. Se dijo entonces que la camioneta se cruzó de carril. El arzobispo falleció, mientras que su acompañante resultó gravemente herido. El juez de ese entonces Oberdán Andrín, condenó al conductor de la camioneta a seis meses de prisión en suspenso y lo inhabilitó para conducir automotores por cinco años.

Pero el fiscal encontró elementos nuevos que prueban que fue un atentado y los camaristas dijeron que la condena de 1978 “pudo haber sido o significado el resultado de una investigación opacada de vicios o irregularidades que la descalifican como tal”. Por eso anularon el fallo.

Los camaristas consideraron que el Obispo Ponce de León estaba siendo víctima de seguimientos, operaciones de inteligencia y amenazas “por parte de los órganos represivos” de la dictadura militar. Dijeron que esas operaciones y amenazas que estaban directamente vinculadas a las defensas realizadas por Ponce de León de las personas perseguidas o desaparecidas por cuestiones políticas, gremiales, sociales y religiosas, como detalló el fiscal Di Lello. Por eso, dijeron que, al menos, esa evidencia hace sospechar que el la muerte de monseñor Ponce de León “pudo estar pergeñado por las autoridades militares del Área Militar 132″. Se trata de un área que incluía el distrito de San Nicolás y cuya conducción estaba a cargo del Batallón de Ingenieros de Combate 101, de esa ciudad.

Tras enumerar testimonios y documentos, entre ellos legajos de inteligencia de fuerzas de seguridad, los camaristas destacaron el peritaje realizado por el ingeniero y licenciado en accidentología y prevención vial, Jorge Geretto. Con el programa PC-Crash elaboró un informe en el que concluyó que no hubo un choque sino que la camioneta fue atravesada al paso del Renault 4 del obispo.

Los camaristas dijeron que la reconstrucción informática realizada 46 años después de la muerte del obispo y el resultado de ese estudio es “sólido y categórico” y “pone en duda seriamente” los hechos que se habían considerado acreditados.

Ese peritaje estableció que no hubo un choque entre la F-100 y el auto que conducía Ponce de León, sino que la camioneta se encontraba detenida y cruzada en forma transversal sobre la ruta, al momento de ser chocada, y que tampoco estab tripulada, “pues el chofer y el acompañante de la Ford F-100 hubieran tenido mayores o iguales lesiones a las que sufrió Ponce de León”.

Otro de los peritajes analizados por los camaristas fue el examen antropológico, realizado en 2009 sobre el cuerpo del obispo, que demostró la ausencia de “fractura y hundimiento de cráneo” que había sido descripta en la autopsia realizada en 1977, “lo que constituye otro elemento de sospecha que respaldaría la hipótesis de asesinato y que, por ello, se habría pretendido alterar, modificar y ocultar la información de las causas reales del deceso de Ponce de León”, consideraron.

Di lello y el fiscal Adolfo Villate enumeraron, al menos, ocho irregularidades en la causa de 1978, que llevaron a declarar nula la sentencia del accidente y hablar de un atentado:

- No se había practicado un examen médico externo del cadáver del obispo por parte del médico de Policía o perito médico forense, como para desaconsejar la autopsia.

- No se agregó el certificado con las causas de la muerte, sino un supuesto “testimonio” de la historia clínica de la Clínica San Nicolás.

- Entregaron la camioneta y efectos sin acreditar la propiedad.

- No hubo pericia accidentológica policial, ni de perito ingeniero mecánico del Poder Judicial que estableciera la mecánica del siniestro.

- No se practicaron diligencias para establecer si la ausencia de huellas de frenadas de la camioneta en el asfalto se debió a motivos naturales, casuales o intencionales.

- No se buscaron testigos.

- Un informe policial de 1978 consignó que Ponce de León presentaba coma profundo con fractura y hundimiento de cráneo, mientras que otro informe de 2009 determinó que la zona craneal “se encontraba indemne y sin lesiones óseas”.

Por el contrario, los testimonios recogidos ahora revelaron que -al menos desde 1975-, monseñor Ponce de León era víctima de constantes amenazas y seguimientos por parte de las autoridades militares y de seguridad, en forma anónima, por cartas o telefónicamente, por sus gestiones en defensa de los detenidos políticos. Por ejemplo, un anónimo decía “terminamos con Angelelli, se acabó Brasca, ahora le toca a usted”.

Además desaparecieron los archivos del obispo “en los cuales reservaba la documentación vinculada a personas detenidas, perseguidas o desaparecidas durante el gobierno militar”. Estas circunstancias de amenazas previas nunca fueron investigadas.