Jueza ordena al Senado nombrar comisionados

Manuel Espino

CIUDAD DE MÉXICO, mayo 3 (EL UNIVERSAL).- Celina Angélica Quintero Rico, juez Décimo Séptimo de Distrito en Materia Administrativa, ordenó a la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Senado nombrar al comisionado del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) que ocupará el lugar que dejó vacante Francisco Javier Acuña Llamas, en marzo de este año.

La jueza concedió la suspensión provisional al Consejo Consultivo del Inai y al Consejo Nacional de Litigio Estratégico contra la omisión de la Jucopo de emitir el acuerdo que pone a consideración del pleno de la Cámara Alta la candidatura para ocupar el cargo de comisionada/o del Inai a partir del 1 de abril de 2023.

La medida cautelar es para el efecto de que la Jucopo, con base en el dictamen de las comisiones de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana y de Justicia, acuerde el nombramiento que debe someter al pleno para su aprobación.

Además, la juzgadora dio un plazo de 48 horas para que la Junta de Coordinación Política, encabezada por el morenista Ricardo Monreal, acredite, de manera efectiva y sin evasivas, que dio cumplimiento a la suspensión definitiva que también le otorgó al Consejo Nacional de Litigio Estratégico, en la que se le ordenó nombrar a los otros dos comisionados del Inai.

"Apercibida que en caso de ser omisa, se le impondrá una multa equivalente a 50 unidades de medida y actualización (UMA), la cual podría aumentar gradualmente hasta llegar a mil unidades de medida y actualización, con base en lo establecido en los artículos 237, fracción I y 259 de la Ley de Amparo".

La jueza lanzó el apercibimiento, debido a que el 3 de marzo de este año, la Junta de Coordinación Política manifestó la imposibilidad de dar cumplimiento a la medida cautelar al argumentar que está vigente la suspensión provisional del 29 de marzo, concedida por el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa.

No obstante, la jueza Quintero Rico desestimó el argumento al señalar que la suspensión definitiva se emitió el 3 de marzo y notificada el día 7 del mismo mes, es decir, previo a que el Juzgado Octavo conociera de la demanda de amparo.

"Sin que pase inadvertido que mediante resolución interlocutoria de 25 de abril de 2023, el juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México resolvió en definitiva el incidente de suspensión relativo al juicio de amparo 524/2023, de su índice, promovido por [testado], empero, es menester reiterar que la resolución dictada en el incidente en que se actúa fue emitida el 3 de marzo de 2023, y notificada el 7 del mismo mes y año, esto es, previo a que el juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, conociera de la demanda de amparo promovida [testado], por lo que queda expedito su derecho para plantear el impedimento ante el homólogo federal citado", señaló.

Al respecto, el Consejo Nacional de Litigio Estratégico señaló que de no atender las suspensiones otorgadas, el Senado no sólo violará la Constitución, sino un mandato judicial.